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282 Tratados. delo fitia, ($ jure. CONSVLTA. 1h tes cafos. E N QVE para el geiierno de Yna perfena que trata en mercaduri ts fe pregóntan los frguitmo ¡ Loprimero:fi por razon de téner algun eferúpulo en no faber fi obra con jultificacion; o nosen los negocios;ó por algun accidénre de eltár efcarinentado de otras ocaliones én no auerle pagado con puntualidad , lleuafic algo mas ci orra ocafion , que fe le ofrecielle dar fiada la mercaduria, y en efta le pagalle luego, fi eftará obligado a reltituir? 3 Lofegundo:í por la duda conque ques da,de Gobra juftificadamente , Ono ,noacor- dandofe, cumple con hazer limofnas por via de reflinicion? . 3 Lo tetceto: fi por algun áccidente tus uiefle ocafion de comprat los generos mas baratos de lo que escorriente en la plaga ges neralmentespueda venderlos 4 lo miímo , que los demás Mercaderes, fin detrimento; ni per juyzio de lu conciencia? sa 4 Loquarto: iporrazon del rie(go , que que fuete aver porlóscontrauandos ; y Preg. imaticás en algunos generos que comprenden, podrá venderlos con masreputacion , que el- tando corriente el comercio , por el riefgo á que [e pone? 5 Loquinto:fi por razon del ricígo, y al. féraciones de moneda , que fucle auer,, y dijas cion en las pagas en lo que fe fa, fe podrá lle= uaf,y cargar en las mercadurias d lo que pue= de correlpondet : y fi por acciderite de auerfe atrafido alguna deuda, que fe dio por de con rado en los precios, y fe dilarafle 3 en otraoca- for que fe ofreciefié podrá cargar lo que pudo auet beneficiado en lo que le retardo el debito atralado (1 huuieffe ocafion? 6 Lofexto: fiporaccidente de falta de al gunos generosi0' pot ricigo de 1i fe prohiben,o: no , al tiempo de la Pregntatica fe hallafle con ellos , 0 los comprate con el riefgo que puede téver, los podri vender cotmó pudiere? 7 Lofeptimo:fi ¿niendo tenido dependen. cias con alguno que aya muetto,y fengá algun elcrupulo,de (1 1ei0 mas, 0 Menos, eftará obli-. gado á reítituir, ol complirá con dezirfelo de: Millas? | | $ ' Lo oétauo: fi éftando én duda, de fide= be, O nó, eltari.oblidado A darlo de fimolna 2 pobres;o 1 reftituir? E “99 Y lo nono+ li podrimandar en vida des Zi Millas por fu alma, y fieltas le aprouecha- rindefpues de difinto? E á RESPVESTA BREVE A: TODAS LAs dichas. CONCLVSION. 1. ; 10 “ALA primera pregunta:Refondo lo primero : que enquanioá lo que alliíe ena buclve,y confunde,acercá del eferupulo en no faber,fi obrá con jultiticacion,ó no, y fi por efi ta cauía deba reltituir ? que cito no fe difereña cia de lo que contienc la pregunta oétauasy al (1 alli refporideremos á todo. En quanto á ld demás : ] ir Relpondalo fegundo : 4 en dicho cala (A lo menos fi es A vna mitima pertona)no avrá obligacion 4 reftituir:lo vno,porque el excella de dicha venta le juitificobaltántemente la ra- 2on de incomodidad, peligro,y moleftias, que fe auia experintentado en lamala cobranca de las mercaderias antecedentes...” va Lo otro: porque por eflosriefvos que fuceden de ordinario, y por otros titulos (que diremos enla confuita tercera figuiente) es li. cito vender nias caroal fiado, que al contados lo otro,porque dicho gxcefio fe puede repurar Por julta compentacion de 145 molcítias , ein. conmodos , padecidos enla cobránca de lag otras 0ealidnes antecedentes: 13 Lootro:porque íi el tal excelo' ho Nez go á la metad mas, de lo que la coía valia; y. Si valia veihtesy le veñidió cú veinte y. nuene, han de lleuar lodichio,Baldo, luan Crota, Du. rando, Hurtado,y otros, que citá Machado: tom. 1.Lib,3 .part.4.tr.3. doc.4 2. 2.108 quáles dizény que vender la cola mas cará de lo que vále dentro de la metad del julto precio, ni peca el quelo haze;ni eltá obligado dre Miicion; fir, danfé enla ley In canfa,S Idem [Fide Minorib: y en la ley frem peor las quíales dis zen, que; Naturaliter licor comtrabeñtibas imviz cen fe circumdenire intra dimididmo ¡ uf prerio Lo qual tambien aprueba el derecho Cañoníe co, inc Cum cauju. O*c. Cum dilects, de empt. O Vendit.y la 1€y, Sihiares , 1. ff/ad SerarComfulro Trebel.dize,que tatitovale la: cofa en qumto fo puede vender; íi bien lo corttrario tego por mas probable. 14 Y.lborfo! pofqueenfentencia de Ni- uarro,Corrado, Medina, Pitigiano, Reyinaido, Molíri4,V alero Bónicina, Eicóbir; Tifaquelo, Menchaca, Faririació, Manrica, Hermofiila, y otros, que cita, y ligde Dianá. part. s0rraól. 14: refol.3 9.y pare3. tract. o sefol:1 14¿Quindo et? cor.

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