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Confulta Sexta, sado confervar todos los derechos,bienes, y acciones de fu Pupilo, ex 1.4 tutoribws fe de adminifiras .cutor Y li algo [e perdicre por cul= pa fuyasque el Derecho llama lara, no lolo pe- ca mortalmente, lino que eftá obligadoa rel» tituir,como lo tienen todos los Doétores, ex tl, 2.C. ferutor,r el curator, dl A ruroribms, ff. de ad» mins ftrar. tutor. l. 1wtor5, C. de negor.gcji. y de otras ; ¡mo le eltá prohibido al 1 utor , queni por (i,ni por interpuelta períona pucda com- prar bienesalgunosde fu, Pupilo, lo pena de que la tal venta fea nula , y que deba reliiaur á la Camara el quatro ranto dejo que valía la cola, ex l.1 09 5 de authoricamiord.23 1it.LL. lib.5s .Recop.y de otras. Y por otra,notiene poder alguno del Pu- pile (pues no es capaz de darlo en aquejla edad)para que pueda dilponer de lus bienes,á fi arbiurio, en limolnas,u obras pias; y mucho menos para quelas honras , Y Y tilidades , que relaltaren de dicha difpolicion ; fe las aplique á orrosquitandofelas al melimo Pupilo; pero en nutítro calo , Sempronio tiene poder de l iciopara poder difponer- del, remanente de fus vienes en obras pias,como le pareciere, lin limitar el arbitrio 4 queaya de fer enbencíi- cio de fus dendos( a lo menos no quifoque todo fucíte a beneficio de lus deudos ) como conita de ¡as.claufuias referidas en Cl 2. mun, Y aísi es parente la diíparidad del “Turor 4 nucítro cafo. 37. - Imo ¿juzgo queel Tutor en ninguna manera pudo gartar Ja hazienda de fu Pupilo en fabricar la Lg eñasalras, pudiera contumirie toda la hazienda , en limofnas;, o femesintes obras pias,contta el juramento que eltá obli. gado á hazer delante del luez., que coníerva» rá, y defender á la períona y bienes de fin Pu= pilo,como es conitante. en Derecho comun, y Real.Y el Turor,quedifipa los bienes del Pus pilo,debe for remouido del Oficio y COMO Lof= pecholo,s.Su(pectus.imfluc,de fufpetiss rwtoribus, vel. coracoribms. 265 OBj¡ECION + VI. 38. PvDIERASE oponer lo fexto; ( con la pecunia de vn foldado fia faberlo.£l, ni en ly nombre, funda(l: otro vna Igleíia,nopor ef. lo adquiriria el Parronato de ella ; luego, no porque Senipronio con pecunia del teftador, tinfaberlo elte (pues no lo dexo ordenado) fundall< vna Capellania , adquiriri el Patro» nato della: crgo,Ke, RESPVESTA L «RESPONDO Jo primero ;.que: ete argu: mento(ti tauiclis fuerga) no le eftariabien á Coriolano,que es el opoíttor , y goza vna de las Capellanias fundadas por Sempronio en la mecfma forma que la luya : porque en el cafo del argumento,queda la Igleíia, libre , y no fe adquiereel Derecho de Patronato , ni, para el foldado,cuya era lapecunia, ni para.£):que fas brico la Igiefia con ella : mo para el foldado; porque e: confentimiento: del Obifpo'no fue en ordená el ni para el que la fabrico, porque la fraude,y el dolo; no deben patrocinar ¿:al» guno:acerca de loqualrfe vea Sy lveltro, verb: lus Patronatus,7.1 20m, 2poftmediguepras - bailo dichodel Derecho Canonicosy peluel= ve,que en ral cafo queda la lgleía libre»: RESPVESTA -1L 39 RESPONDO loTegundo negando la paridad :- porqué en mueftro 'calo ,Sempronio fundo dichas Capellanias:de la hazienda de Ticio,en nombre de efte, y con poder (t1yo, que fe le dió:contoda amplitud para que pu- dice difponer de dicha hazienda en quale(= quier obras pias, finlimitarle.el arbitrio y como mejor le parecieffe y en lo qual no huuo fiau- de,ni dolo algunosfino legitima autoridad del dueño de la hazienda, y afsi es patente la diíparidad:Sic fentio Salvo 1m omaúibus; Tc, CONSVLTA. VI. N.TONIO Ejtudiante de pocos añosh,y Beneficiados por fu poca- falud,y en efpecial por faz queza de vifta,e xperimenta trabajoem el rezo, y :[1s Padres temzn le haga confiderable daño em parte tán delicada, y ran dificil de remediar comola vi fla, que tan preciofa es a nue ftramarura= lexa Pero queriendo afJegarar jus conciencias. han confulrado;4. perfona de mucha ciencia enla medici= ma. y de conciencia muy ajujtada en Jus refpueftas , y acciones. ( quees el Dotor rel el qual depues de auer examinado dicho achaque, ha re/po do,que el rezarelOficio Disino, arm prefcindrendo del srabas io, y ocupacion del eftudio,le es confiderablemente dañofo ' "Preguntale, pues, dora 4 los Teologos, fi puede dicho Beneficiado retener licitamente el Beneficioy des xar el rezo,hora quiera eftudiar,hora noí Antes de refponder ála dificultad, es meneftor-iazer als gunas lupoliciones. z sv.
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