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260 Tratado 4. de Beneficios. CONSVLTA- Y. ICIO did poder pare que difpufrefJen del remanente de todos [ws bienes , haxjendo bicn po 7 RS SempremioVitelio, y C4J0,en el reflamento que otorgo con las clanfulas que [e refe rirán abaxo:en virtud de ellas Semprono, que quedo Vnico Teflamentario por aner defijtido los demás. fundo dos Capellansas5vna para Coriolanol pariente del teftador Ticro ) y Jus defcenaremtes delpues de fus dias:de lá orra el dicho Sempronio fe nombro a ft por Patrono, y a fus hijos. 1d Dudanfe, pwes,dos cojas: la primera,ft Sempronio,como TeJidmen: ario, pudo fundar vha Capella nia en eftraños con el remanente de la haxtenda de Ticio que le dió poder para di [poner del * Dudafe lo fegundo, fi Sempronio pudo nombrarfe a ft,y a fas hijos por Patrones: PONESE LA RAZON DE DVDAR. A razon de dudar en la primera pregunta , €s : porque Ticio en tu teltamento no manda fundar Ca- pellania,ni Patronazgo,niMayorazgosÍ(1no dif= tribuitjo en mandas, y limolnas entre tus deu- dos, y parientes , quelon en los terminos en que difcurren muchos Dottores , que 18 po- drán traer,para fandar , que el Comiilario no udo nombrar eltrano. " Y la de dudar en la fegunda es: porque afsi como ¡Patron no fe puede prefentar a (1 met- mo para algan Beneficio,afsi tampoco el Co- mitario podrá nombrarfe por Patron a fi mef= mo,pues milita vna melina razon cn vho, que enotrocalo , que es la diftincion que debe aner entre el dante, y recipiente, No obítan- te ello. 1 CONCLVSION 1. 2 Ala primera pregunta refpondo*qué dicho Sempionio pudo muy bien fundar diz cha Capellania en eltraños del teltador, como lo pudiera el melino teltador fi eltuuicta vi- vo: Prazbaf: eita conclufión : lo primero;por- que abi coníta de ¡a claufula del teltamento, en que fe dize; peda difbribwirlo en limofnás , y mandas 4 'fus dendos;y' parientes, 0en otra for- ma,como al dicho Teftamentario pareciere, yen otras obras, y mandas d hazer otros fufragiós:: y de la ciaaíula en que le da el: poder que pidiera tenerel mefmo seftador e viwo:: lxs qualés elaufulas titán manifeltando la mente de el teltador:y quando de efta haniefie alguna du- da, fe explica baltantemente: por: las referidas palabras, las quales fe ha de eltar quandono coníta claramentede la mente del teltador, como lo tiene lalia Clatoconla comun , lib, 3 5 Teftamentum,queft. 76.num. 4. y confta de la lev Labeo 7 .$.Tw vero, frde fupper . legal Sci. ye, Fde 1u: 7 curar dat:abhis, !. Cum lege, de reffam cap Sedulo 38 .difh. capre. Intelligentia, de. verb. figrificar.ca, Secundo requiris, de appellar, y de otros:crgo,óc. “3. Y lofegundosporque no faltan autori- dades,que refuelven,que el Patroná quien fé le dexo facuitad de nombrar Capeilan (in ex- preísion de que huuicHe de fer pariente,puede prefentar al eltraño : porque fe conídera el arbitrio libré,como fe podrá veren la verdad 24. que elcriuio Don Geronimo de Molina Guzman,que refiere rodas las autoridades, y refponde 4 las quefe ponderan por la parte contraria de Zeuállos, y Noguerola : y afsi pa. rece,que de la mefina lucrte , que fi Sempros nio huuieffe querido cobliumir el remanente en dcairle de Mifas,huuiera cumplido , y no pudieran replicar los parientes de el teltador, rampoco haziendo la fundacion de la Cape Hania fe le puede impugnar. Y ¿aunque es verdad, que en la clanfula' dize el teltador,que pueda difporerlo en mans das,y limofnas entre fus deudos : añade tama bien 0 enorra forma como á los dichos Teflamen= tarios les pareciere', con que no limito el arbis trio,antes bien parece que le extendió. 5. Ademáis,que aulendo Sempronio fun- dado dos Capelanias,y dado la vna a los pa- rientes del fundador,no fe le puede dezir,que no cumplio:porque la voluntad del fuadador no fue,que todo huuiefle de ceder en benefia cio de fus parientes,como coníta de las claue talas alegadas:y aísí elta primera duda, queda lin duda 4 fauor delo difpucito por Sempro= nio: y mas hallandofe exccutada la difpofi. cion,y aceptada , y en poffefsion de fu Patro+ náto,y Capellania Coriolano , que es el inte. relado , y elque pretende poner pleyto por parientede Picio,á dicho Sempronio + y aísi dixo muy bien vndoéto Turiftonfulto dé efta Corte, confultado fobre el punto, is fat; coña tingentia,que cíta primera dixda cía mas para tranligida,que para litigada : ergo , Sc. De lo dicho queda refpondido abundantemente la razon de:dudar. CONCLVSION IL 6 Enquantoa lx fegunda , reípondio dí- cho doítifsimo luriteonfulto, que Sempronio “riopado nombraríeA (1 por Patrono por la ra- zon de dudar pueíta arriba: pero que pudo nó- brar

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