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Po 252 ; Pa , Vazquez; Y ótros , que citan los di- chos. , j 37 Lomiímotiene Lumbier, topa, 2.991. 764. p4g. 644- donde dize lo que [e figue: 2 'Añadio Bufembau (y es cierto entre todos) Ya qué tambien es fimonía de iure humano, dar », precio al interceffos inmediato , porque in- terceda con el Parron del Benebcio. Dixe 2 brecio,porque darle vna limoína para lalgle- »> fia, O.para vna obra pia, no €s (imomonía, como diximos arriba,4 24m.66 9..pag.603 .) Dixe tambien, porgae interceda: pues fino [e > le dielfe por la intercelsion , fino por otras 3> circunftancias extriníecas ¿0 trabajo diítin. to de la melina interceísion, que el pone en > obfequio del pretendiente, no feria [imonia; », como fi para hazer la intercefsion con mas eficacia, fuele de aquiá Valencia , adonde 2 eta el Patron , á pediríclo. Lo mifmo feria, 9 al parecer,fi al interceflor debicile el Patron grandes obligaciones eftimablesá precio,de fuerte , que el pudieíle efperar alguna gran > dadina temporal, la qual elperanca le delva. 3, neciefe con aquella intercefsion : por pare- cerleal Patron, que con hazerle aquel gul- ” to, le aula agradecido fus fervicios (debe >> fuponerfe , que el Patron mo lo haxg par recom- ly, penja de ellos , alias cometeria el tal Patron fi- monia , fegun la condenación de la propoficion 9 45.) En elle cafo el intercefíor no recibe el »> precio por la intercefsion , fino por aquello temporal que ha perdido , galtando lu fanor. 2 Tambien dize Bufembau,que es fimonia de s> derecho humano,(1 lin autoridad del Ordi- y, Mario fe dá en la permuta de los Beneficios algun precio para igualar. Perono , li con 5 ella, Hafta aqui en diciio numero dicho Lumbier,mienos lo que vá entre parentelis, y ayado.. : $ Advierten empeto Suarez,y Palao, cí» tados,que (í con dicho color [tc lleuare mas de lo juíto,¿def?, mas de lo que merece el trabajo dcir,y venir,O el lucroceflante , O daño emcr- ente: que en tal caío el tal don excelsiuo ferá imonia. Mas Rodriguez en fu Suma,tom.4.c4p.133. num.19. impugna lo dicho , mominat:m, Contra Suarez,diziendo,que adhwc , dicho exceflo no ferá fimonia,pues fe dá por dicho trabajo,o en recompenía dei daño , o de la ganancia que fe pierde, que fon cofas meramente temporales, Añade tamen,que ferá pecado de injuíticia el dicho exceffo(mortal,o venial, fegun el excef- fo del dinero que fe diere: ) porque en tal calo fe compra aquel trabajo en mas de lo que vale el juíto precio, Pero Diana, citado part .2 .rrad?.16.refolut, 3 0.juzga,que adhwc,dicuo pecado de inmíticia fe podrá euitar, G la demalia fe diere liberal- mente, y de gracia ¿defuierte , que en tal calo 9 - Tratado 4.de Beneficios. aya contrato dejufta compra 5 y donacion la bresy coficiuye,dizicndo:Norentur hec,quia fé dabunt multos fermpulos. $9 Delo dicho fe figue ,'que las preces no fon fuficientes para la timonia , aunque por elias íc de el Beneficio, u otra cola efpiritual; y elto hora í+ pida el Beneficio para í1 , hora para otro , como lo tiene con la comun fentencia Suarez,tom.1 sde Relig. libr.4. C4p.40. 14M, 2. Y lo prueba, y defiende eruditamente,como fiema pre,deíde el mm.3 .halta el 11 Vide ¡llunz, CONCLVSION: XVI: so DiGo lo 16. que en la condena cion de dichas propoficiones no queda com. prehendida la fentencia comun de todos log Dottorcs,que fin controvería alguna enfeñan por regla general,que es licito, y ageno de fi- monia dar , Orecibir alguna cofa temporal por el trabajo extriníeco, y accidental á las accion nes fagradas,el qual(moralmente hablando)no esnecelfario para hazer dichas acciones lacras, como;v.g.. lr dos leguas 4 dezir Mila,quando clto no eítá anexo al oficio,o Beneficio , efpes rar cada día vna hora, 0 otro tiempo para coles brar , encargaríe voluntariamentede dezir la Mila en tal parte, y á tal hora, prometer €x. traordinario eltudio para predicar,cantar al oro gano,y lemejantes. Lo vno,porque aísi le colige,ex cap. Sigma ficatum, de Prebendis , y alli la Gloffa: lo otro, porque todas las dichas cargas fon téporales , y, priuan al que las haze de otras. temporales Co. miodidades: y lo orro,porque dicho trabajo tés poral extriníeco es precio eftimable , por la miúfma razon de defctomodidad;y por otra par» te es feparable , y le puede diuidir de la mifima accion lagrada,O efpiritual,vt ex fe parer,como tambien cóíta quan diuerío fea lo que elta len. tencia dize,de lo que las propoficiones conde. nadas dezian:ergo,8tc.V eale Machad. tom. 1; lib,3 parz.3 .tract.s.doc.3.0.4.Diana, part. UIó tract.s .refol.3 4:5.Nota. Lumbier , tom. 2. 14m; 765 pag.645.y Caítro Pala0,tom.3 .trabt. vltino, difp.3 punct.11.n4m.. gr Tambien puede lleuat precio licitas mente,y fin labe de (imonia el Theologo, por refponder a los cafos de conciencia, fegun Dias na,con Suarez, Layman,y Filucio,á quienes cía ta,y figue,part.s .trabt.14. refol. 4. y lo mefmo tiene Lumbier, Vb: fupra: y lo miímo dize dí. cho Diana,con Maldero , Adriano, y Toledo, part.11 .refol.34.5.Ego pancis , de los Cantores que llcuan á las fñeítas para excitar á denocion los animos,contra V vigers,que dize de losdi. chos Muficos,que por cantar en las Iglefas los Oficios Diuinos,no pueden llenar cola rempos ral (in labe de fimonia, CON

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