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Confulta Primerá. ted enténder , que en fu fentir la Coníftitu- cion de PioV. 4 que refponde del mefmo modo,que al cap.2. de conce]. Prabend. habla folo de Eclefiaíticos Benencios,o Encomien das efpirituales. 66 , Lo imifo parece fentir Cabedo, de Patronatu Regio, Cap. 15. pues defendiendo deíde el numero quinze, que los Reyes pue- den concedér dichas expeétativas, fundado, en que dichas Encomiendas fon cofas profas nas, y que no tienen cola comun con 1as el- pirituales, ni fon Beneficios Ecleialticos y por configuiente , que no fe comprehenden en la prohibicion de las expeótativas de qué fe trara en el cap.2 .de Prebendis, im 6 ¡delpues de dicho cap. 15.Cn el fin del haze mencion de dicho Motu proprio de Pio V; y no pot ello reuoca dicha opinion , ni muda de fun= damento:ergojóc:. * E y cd 67 Atsi lo entieñde támbien Lacrció Cheribino en el Refumen marginal al $. s. de dichtia Bula; ibi : Rewocarto faculraram Mis lisiarám concedendi expectarimas , O referya- siones ad Beneficiá. Siciite luego 5 que las ex= peétaridas,que alli (e prohiben fon ¡as expec: tativas A las preceptoriasBeneticiales, o en materia de Beneficios: ergo, 60: | 6s Efto mctimo fe colige baltantemen te de lá méíma Conttitucion de Pio V. pues en el $. 5.én que reuoca los Privilegios para conceder dichas expeétarivas lo haze con las palabras figuiéntes: Reuocamus, Y abolez mus oninid/T qúecumque priuilegra, faculrares, ticensias O indalta, Mag: Jtris ¿7 ConVentibws, alij[que perfonis, 7 locis Militiatúm, TF hofpi ralium...conce/]a..«concedemds expebtariuas ve. fervaciones', 7 alias grasias pradentinas ad prioraras; peceprorids,hofpiruba, O alia Benez ficia 7 officha (O'c.donde fedebe notar aquel uy alia Benefitia, PF Officia en que fe dá bat- tantemente á entender; que tambien los an recedentes fon Oficiosio Beneficios:porque aquel alía es relativo ; y le refiereá los que quedin mencioriados arriba ; y afsidenora baltantemientes quelas preceptorias de que habla,y los demiis que dexa nombrados, fon rambien Beneficios, Oficios Y alía Benef:- cia , 17 Officia ,1O qual lolo les Compete , y puede competir á las Ericomieridas elpiris tuales, Peto ño á las temporales, y profanas de que difpuramos,comio queda probado en todo el fipuélto fegundo. 60 Elto mefino [e confirma del $. 6. €n que reuoca dichas expectariuas > Vniones , y (uprefienes » por las palabras (¡zuientes : AC eriamomnes y T' fingwlas expebtatimas » refer. Yationies, O alias gratras proventinas; fpecias les.(7' generales, necnon Vmiones y a MExIOnEs) (7 incorporatiónes perpetuas > Y e fuprefiones, applicariones 5 appropriariones 5 227 alias difpofiriones huifmodi Beneficio:um, TC. donde fe ha de notaraquel expectativas; y aquel huiafmod: Benefieiorm , en que indica baftantemente,que habla de las expeítatitas elpirituales,o Clericales, pero no de las me- re temporales, y profanas , ¡quales fon lás de ñueltro calo, que llamamos militares : er- go, Xc, A 70 Confirmafe lo dicho por razon : pora que auiendo,como ay ¿dos fuertes, O difez rencias de Encomiendas, lá qual diferencia nace, dé que la Encomienda fúele darfe ral vez conadminiltracion elpiritual , á la qual eltán anexos los frútos temporales , de que pone muchos exemplos Suarez , infra cirán= do 5 y otras vezes luelé daríe por fólo minif terió temporal , O por titulo mere lego , la qual (e halla en las Encomiendas Militares: de las quáles,i las primeras llaman los Thieo lozos efpirituales,ó Clericales;y á las fegun- das Militares,(y Cabédo lás lláma profanas, y teniporáles,Vbs fupra) como fe puede ver en Suarez, tom.1 de Relig.lib.3 .de fimonia,cup. 27 24m. 1 infine,T' num.2.etiam Circa finem, y en Baíeo,tom.2 verb. Simónid ,húm.4.) $. Auiéndo pues dictía diferencia de Encomié- das, y fiendo diclia pronivición firiéti iuris, ino ñosliallamos precilados;i entender la de las expeftatiuas remporáles, profanás,O Mi- lizares; quando podenios lin inconveniente entenderia confornie al derecho,de folás las elpirituales , 0 Clericáles ; y mas quando la mefima Conftituciori nos dá tarito funda-= mento pira entenderlo afsi:ergo,8c. 71 Y aísi tengo por fallo lo que dize cierto Doétor,nempe,que coníte claramenté delá dicha Conftitucion de Pio V: que las dichás Ericomieridas (e comprehendari en fu proliibicion; en aquellas palabras de el $. 5. que citá el dicho: concedendi expectatimas,re- fervariones , O” alias gratids e ad Priórdtws, preceptorids, hofpitalia , T aliá Be- neficidT' Officia Milirarium, O" hofpitalium rediEtóram,T'c. en las quales palabras (pro= figue) debaxo del nombre de preceptorias,(8 entienden las Encomieéndas de las Ordenes Militares de élte Reyno,comio lo dize Febo, tóm.1.decif.85.5.17: 72 . Porq no folo no confta claramente lo que pretende,de las iobredichas palabras, (1- no que antes bien (e infiere de ellas, que had bla de lás Enconiiendas cípirituales, que lon Beneficios , y Oficios, O fe reducen a ellos; conio lo conocerá el que atentamente cón- fiderareaquel , U* alia Benieficid , O Officia, pueltodefpues de las dicas preceptorias: y lo que dize ex Phiebo; queen aqueilas pala- brasdebaxo del nombrede preceprorias , e entiénden las Encomiendas de las Ordenes Militares : Diflinguo 5 le entienden las Encos rien.
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