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Confulta 9.Propoficion 14.y 15.de Alexandro. de Soto, Nauarro,Henriquez,Suarez , Corio+ Jano, y Trullench , Leandr. vb; fupra, queft. e7.contra Lugo, Tancro, Egidio ,y Palao, Yide ¡llos, CONCLVSION IV. 6 Dico mas: que las penitencias i- prudentes (qual feria ea) ninguno eftá obli- gado d acceprarlas(á lo menos in form ) Cor mo lo dize luan Sanchez, im felectis,drfp.18. num.15.y difp.14.num. 20.Y lo avrán de tC- ner todos aquellos Doctores , que adhwc del pues del Tridentino,jjuzgan ablolutamente, qué el penitenre no eftá obligado á acceptar la penitencia , quefe le impone ! Afsilo tie ñen Gregorio Ruiz, Raphacl de Cefar, Na- úatro, Iribarne, y Pitigiano : y lotienen por probable, Soro,Cerola,luan de la Cruz Vis Ilalobos,Fabro,Phataonio,y Vega, á los qua- les cita Diana part.2 trácb.1 $ . refol.5 2.) part. 3 tract .4.refol.s 1. aunque el tiene, y bien,lo contrarió. , s * Dixe entre parentelis : 4 lo menos in tos rm; porque muchos Authores (4 mas de los citados en el $.antecedente)lleuan, que pue. de fer ablielto el penirente, aunque No. ac- cepte mas que vna Salve ¿y remita la demás 1arisfaccion para la otra vida ; porque folo te ha dé near la ablolucion al que no quiere ad mitir penitencia alguna : Aísi lo tienen Re- givialdo, Homobono, Hoftienfes Abad y Mola tefñojapud Dianam, pa?T.2 tract, 15 ref.s2.0m fine, loqual el, ni apracba, ni reprucba. Lo miliño tiene con Rodríguez, Lublino,y Hor= tiz, Leandro del Sacramento, vb; fupra, quejt, y loraifnio riene Remigio, tralt.s .Cap.s. 17. 54m. 1. infin.fol. 345- de la quarta cdis EioOn,1NO 1653. PROPOSICION QVINZE de Alexandro. $7 $ $ ADvI1ERTO, empero : que el peni- rente debe cumplir por fi milmo la peniten- cía, y no por otro 3,porque lo contrario eltá condenado por Alexandro Septimo en el numero quinze,donde condena la figuiente propolició:Penitens proprid autheritate fubjts- suero alimno fibi poteft , qu loco ¡llius poniten- riam adimplea: condenada. a , o Peroen la dicha.condenacion no que- da comprehendida la [Entencia de Santo Fhomás, Suarez, y comuvilsina, 4p40 Lean- drum, tom 1 traét.s.difp. 90. que dize,que el penitente puede cumplir la penitencia por o:o,con licencia del Confeflor: Imo,baítará, «aue la lisencia del Confeltor fea tacita, inter- verariua,y Virtual,como lo tiene com Santo DD "Tlromás, San Antonino, Cayetano , y Otros 179 muchos, Ybi fupra, quej?. 91. y la razon Y nucítro intento £s; porque ya el tal penitena te no hazc con autoridad propria la tal fubís titucion (que es lo que dezia la propolicion condenada, que es de Altidorente, lib.4.tra< état.6. queft.3 .)finocon autoridad , y licen: cia del Coufeilor. | ro * Debe empero entenderíe elta fentena ciasde Santo Thiomás,Leandro,y comun, de folá la penitencia fatisfadtoria por-los pecas dos paíffados ; pero no de la medicinal para euitar los futuros , como lo adviérte dicho Leandro. : 11 Tampoco queda comprehendida en dicha condenacion, la lentencia de Portel, Villalobos,Celeftino,Leandro dél Sacramen to,y Diina,que los cita, y figue probabiliter; part.2.tradt.1s.refol.53 párr.3 .tract.y. refol: 53 part.5 £vabt.4 refol.73 y part.o.trabt.o. ren fol.53 .los quales dizen , que puedo el peniz tente con propria aútoridad,conmutaríe á (i proprio la penitencia impaelta por el Con- fellor,en coía igual,ó mejor, á paridad de el voto,y por otros fundamentos , que fe vué. den ver en Leandro, tom. 1.traÉb. 5. difp. 9; queft.1o2. y larazon á nuettro inteñto es:pot que aquí el penitente no fubltitayeotro,que cumpla la penitencia por el,que eslo condes nado en dicha propolicion quinze. PROPOSICION CATORZE de Alexandro. 11 ADVIERTO finalmente : que el que voluntariamente haze nula la confefsiós no fatisface al precepto de la Iglerfia:porque lo contrario eftá condenado por Aleéxandro Septimo en el 24m. 14: donde cóndenala fi. figuiente propolicion : Qar confefsionem facie Voluntarió nullam, fatisfacir precepto Ecclefies condenada. 13 Peroenla dicha condenacion no fs Comprehende la fentencia comun, apud Lean dr.difp. 3.queft. 54. que dize fe farisfice al precepto dela Iglefíapor la confeísion infor. me. Alsi lo tiene Lumbier fobre dicha pro+ poficion, tom, 2.2:4m.735.P42.633 .y la ras zon'es clara : porque la confefsioón informe es valida,como fiponiemos puede dáríe:lue- go no es voluntariamente nula, y por confis guiente muy diuería de la que la propofi- cion condenadz juzgaua baltar para cumn- plir con dicho precepto. 14 In, tampoco queda comprehendi- da en dicha condenacion la fentencia de Azor,y otros,que cita Leandr. tom. 1 .trac?.s. difp.3.queft. $5. y El la tiene por probable (aunque dize, que la contraria lo es mucho mas ) la qual dize: que (atisíace al precepto de la Iglelia, el qué (e conficfla E e

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