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174 CONCLVSION VIIL ss D160. lo o%1auo:quedicho precep- to. de confeliarle quem primain obliga al que delpies de aucile conteilado,le acuerda del- pues, de algun pecado olvidado en la cons felsion;y por no tener copia del onteflorsdi- ze Mifa lin contellarle de nucuo: Atsi.o tie= nen ajguros , que cita Diana , CONILA CLOS; part.s tract 3.refol.26. imfin. Y lo mitmotie- ne Leanár.con Lugo , dos jupr.quaft.s2.y la razon es ; porque aunque el tal le confulso poco antes,con todo ello, legun la mente de el Sagrado Con:ciuio , dixo Mifla fin confel- fasfespues el Concilio la preula confefsion que pide antes de dezir Milla, esla cónfel= lion de todos;os pecados , de que tiene con- ciencia;y la lentencia contraria eltá manda= da borrar porla Inquificion de Elpaña deel libro. de Pedro Cornejo, como lo dize dicho Dian. p.s.t1.14.1ef.5. Y defte Leandr. citado: 56 Lomefmodcbe deziifle del Sacerdo. te,que con jufta cauía OMILIO d labiendas en la confefsion algun pecado : y lo mifmo: del que reniendo calos relervados, y no pudicn. do recorrer al Superior , fe confeso con el inferior,el qual le abfolvio dircátamente de los norefervados,y de losrelervados tolo in dirctamente,como bien con Lugo,Leandr, y Diana citados : pues porla razon alegada arriba,juzgo,que tambien en eftos dos calos, queda obligado el Sacerdote á confeflaríe quam primum,dichos pecados relervados có el Superior,y el otro que callo con jafta cau- fa ,bufcando Confellor quam ¡primám y Con quien (im peligro, alguno pueda confeliaríe dél¿Lo contrario en ellosdos calostiene por probable dicho Leandro, pues lolo lleralo dicho como mas probable. $7 Hala aora aucmostratado de fi con tienen precepto dichas palabras del Trid.y d quienes obligue dicho precepto : en las con- clufiones figuientes «trataremos del quando obligue fia cumplimiento, few., quod dem efi, como fe deba entenderaquel quam primmm, CONCLVSION IX. $8. D1GOlo 9:que por aquel q44m pri= muns,no le debe,nipuede entendes, 4 lu tic- po,efto es que folo obligue dicho précepto ante aliam celebrationens, O como dezia la fon tencia del legundo fupuelto:Chm prisma t1e= yuim celebrauerint:cfta conclulion es ya indu» bitable,y fe prueba: lo vno,porq el Concilio manda dich1 confetsion indepemdenter de to- doorro lacrificioso comunion. sa. Loorro:porque fi el ral Sacerdote no huanislt de celebrar Oo comulgar en todo el Trátado 2.:de Penttencia. año,hafta que obligafle el precepto de cuña plir con la Iglefia,le fizuiera , que háíta ens rohcesno cbligalle elite precepto del T ridena tino,lo qual va le ve que es abturdo. 60 Lo otro:porque como dichosSacerdo. te por la conciencia de pecado mortal, tchga oblizacion por derecho Diuiho de confellara [cantes de otra celebracion, 0 comunion; le (iguiria, que eftando eh la fobredicha intelis gencia, y expoficion,no obralle cefa el dicho precepto del Tridentino, y por coufigui¿htez que tuefle totalnichte fuperfluo, y de ningun efcíto,lo qual no puede dezirfz, 61 Y finalmente, lo otro:porque lo coh. trario eftá conderado porAlex.VÍLen la pra poticion del ».11.como vimosarriba,».3 3. Y alsino le puede ya defender,evícñar, O ptats ticaren tianera alguna la fentencia del lea gundo fupucito, fupr.nmm.3 1.c: go, Kc. CONCLVSION X. 61 DiGolo1o. que por aquelláspalás bras del Concil Quim primum confireatur,na le há de entender,que el Sacerdote efté oblia gadoá confellaríe luego al punto que fe acas ba la Mia,aunque tenga comodidad de has zetlo in caular neta,como quierel cand.del S$.sacra.con luan Sanch.V 22q:Suar.y otros que cita, Vbi fup.9.53.y lo miímo nouifsimé Lumbiecr,rom.2.14mM.60$. pag.561. 63 Y la razon por nucítra conclufiony+ contra dichos DD.es :porqúe dicha inteligés cia parece demaliadamente eftrecha , y rigus rola:y mas quando (egunDerecho,las penas» y preceptos penales,dcben antes fuavizarics que cxalperaric,ex tap Piena.de panit. dift.k y. cs comun de los DD.ergo, dc. OBjECION. 64 DIRAS: aquel quam primum, debe limirarfe 4 Jo que cabe en dichas palabras; fed ficefhqueen dichas palabras cabe,e! que elte ob:igado4 confellaríe luego que acaba de dezir Millasfi tiene entorces comodidad fin cauía£ nota,0á lo fumo el memo dia, fñ en el pudiefle : porque tomarte mastiempo, no verifica el confeflarie quantó añres pueta, que esla fuerca del juar primum:ergo ; BC. 65 Reíp.que aquel quam primum, úoes mas limitado,nide interpreracion mas «ftres cha,que las: paiabras, flarim,confeflim, in conria nentiyimox,¡illico,y lcmejantes; fed. fic eft,G dis chas diccionesiienen en derecho mucio mas benignainterpreracion,¿ las que dichos DD: dán al quam primum:lnego debiendofe intera pretarbenignamente las leyes penales, ex és 2.de reg ¡mr.leg.In his, ff.de cond.«7 demonfi.l. 3. Jf.de fufpeét.eiar y de otras,mo ay por dunde nos hallemos precilados a [eguir la inveligés cia tan cítrecha,y riguroladg dichos DD, 66 La

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