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138 parer,y á paridad de las Gíe Gigué á lasdichas; Sed y ojira intentionis fus/Je 7 effe,3 tibien lon : palubras de preterino, y prefente,y tienen toda íu verdad lin [avi dedos limites dela vida de dicho Pontifice,o lin quefea neceflario para que le verifiquen tranicender los terminos de dicha yida, mide las. concelsiones. de clio, como de luyo parece claro; y. como pur otra parte lean odioías , y anviariuas de la5.Con» felsiories hechas (fegun;Lumbier de a1€s, uc antes las debamos reltringir á las. contel- dones, hechas en virtud de la Bula concedi- da por Vrbano, que ampliarlas á todas las hechas en virrud de las Bulas de los antécel» forés, pues en precillar d reiterar tantas con» fefsiones, como ferián las hechas por cípacio de treinta años , no púededexar de-confide» saríe yn inconveniente grauifsimo,y vna in- quietud notable en las conciencias de tan» Po millares de períonas Religiolas : ergo, a 89. Refponderán lo fegundo; que fe debe atender masá la razon de laley., queal die cho de la lev , ex leg, Cum pater +$.Dulcifsis mis, [de legar..2. leg. Regula: $. Licer s ff. de ¡ur. O fact. 1gn.leg. Nomen , ff. de legar, 3 .leg.Miles prohibentur, Y leg Milites agrum, file re milit, leg. Adigere, $. Quémvis sf. de wr. Patron, y que la razon dilponede el dix cho,y no el dicho de la razón , como. lo tiene Deciano, conf. 41. m4mer, 1138. 4d med, libr. 1, Vincent. Fular, de fubftir.que/t.o73. numcr. $. y featiende mas». que las palabras, Tiraquelo,1n leg.Si Yngudm , Verb, Libertis, mumcer, 47. Cod. de revocar, donar. y todo di- cho de la ley,0 difpoficion , fe regula por la razon que fc dá para la dicha ley , O difpofi= cion , ex d. leg. Cum pater,$.Delcifsimis:; fed fic eft, que la razon que da Y rbano VIIL. par ra dezir que la Bula. loci minime habwife, neque habere , nec ¿llis Villa smrodo Juffragari po» 141 /Je, neque pofJe,es por aucr fido, y fer ea fu intencion ; Sed noftre intentioms file «> ef/e,Tc,crgo, Se. OBjECION, VI. so Y íi opuleres. lo fexto, el Procura. dor General de la Orden pide reuocacion to» dos los años de Ja Bula.de el metmo año: er. goce. Refponderán , que ele argumento antes es en fanor de elte modo de defender, que en contra fuya; porque Íi.en virmd de la conftitución Vrbana, no vale ya la Bula á los Regulares, como quiere la.comun fentencia contraria, que tiene por. improbable efta ter. era lentencia, que (e vá defendiendo; á qué hn , O porque caufa fe adelantan con tanto cuydado algunas Religiones para ficar Cona rra Bula, delpusd: la pudiicacion de ly Coss Tratado.2. de Pemtencia. zada, y la notifican.con tantorizorá fus fuba diros los Prelados de ellas, no obítante la dis cha conítitucion de Vrbano * Sino les valen ya losindultos, y priniliegios de la Bula,3 G 1c encaminan las limitaciones , y cigores de la contra Buia? Luego las diligencias delos Procuradores Generales eftan dando d ena tender,y es vn argumento tacitos de que la Bula vale todavia a los Regulares,cuyos Pres lados no obtienen la contra Bula ;. y las cone celsiones Pontiíicias de Jas contra Bulas,nof eltán diziendo lo melino, y €s Ya AZUMIENA to no leuc a fauor de cita tercera lentenciayy de elte modo de defenderla. OBj¡ECION VIL 91. Y (1 opulieres finalmente:parala obs fervancia Religiola , es Conveniente , que los Prelados relerven, algunos calos ; jes fic eft, que Gila Bula valicile á Los KReligiotos, para clegir el Confeflor que quilieren , que les abíuelva de los. refervados , no valdria cola la refervacion hecha por los Prelados, ni feria de cfeáto alguno ,anues bien los fuba ditos le burlarian de los Prelados. ,. y fé dela trairia la diíciplinaRegular,lo qual es incon. veniente grauiísimo:ergo,Sc, 92, Relponderán: que el biencomun de la Iglefia debe (er preferido al particular de las Religiones , ex cap.Murariones , 7. quelh, 1.cap. Bone, de poftula:.Prela:, leg. Sancimus Cod. de Sacrofanct. Ecclef, le Munera, $ Jem Ji. de iuuner.«T* honor. leg. Vnic. $.Final. Cod; de caúucis tollend. y de otras, y la comun de Doctores ; y como el bien que (e ligue dela Cruzada, lea comuná toda la lgleña , pues espor ladefenía de la Fe Carholica contra lus enemigos; de a1 es, que por caula de ela bien comun, quita la refervacion el Sumo Péntifice ;con quetoman la Bula muchas perlonas,que alias nola tomaran. 93 . Podrán confirmar lo dicho ; porque tambien esconveniente, que aya calos res fervadospara los Clerigos , y feglares ¿y abi vemos fe relervan de faíto algunos en todos los Obiípados ; y con todo ceño , porel bica comun, quita el Samo Pontífice cla refera vacion por la Bula , para excitarles 4 que la temen,dango por ella fa limofa en bencñia cio dela Ec, y para extipacion de los enga migos de elia: luegolomeímo fe po» drá dezir de los Reliziolos; ergo,Gc. (7) (8) (0) DE

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