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'Confistta Catorze. 83 CONSVLTA.. XIV. con ella, por algnnas fofpechas que ruwo de fu hónejtidad »y la dicha muger temiendo la in- dignacion del marido: y'el peligro que, fegun”crejo; corria fu Vida; fe falio de: fu e , 9 pd Apo miedo eftuuo oculta alganos años; hafla que robo el padre de dicha muger”, por lo qual e refolvio de pomer pleyto de diworcio a fu márido , y poñerle demanda de Jus bienes”, que el tenia cn abri racibmicdado marido legitimo [9)0: figuiofe el pleyto de el dimorcio y) fue fentenciado en fauor de la muger, dexandola libre del Vinculo del matrimonio,en quanto ala cohábitacion , y de los demas Vinculos que tienen conexión com ella: Defpues de lo qual el marid> para mayór quierud de [% conciencia, y dejtofo de fúbien ejpiritual , quiere oráenarfe de Ordenes Sacros ,0 entrarfe en Re- V N A muecr cafada tuño Yi gran difgnfto con" [uomárido 0 por mejor! dezir y el le tuno ligron. / rrarfe en Religion, y profef]ar'en ella * í ESPONDO 16 primero, que dicho marido antes de reci birOrdenes Sacros, O pró- feflat en alguna Religioh, tiene oblización de requerir, y amoneltar tres Vezes, en dife- rentes ocafiones;, á fumuger;para que coha- bité conel 9 1e de licencia para recibir los dichos Orden-s Sacros,o entrarte , y profes lar en alguna Religion: afsiloriene con Sán- to Tiiomás,San Buenaventura, el Abulen- fe,luan de Friburgo , Alberico , y otros mí chos; Thomáis Sanchez , de mátrimon. lib. 10; difp. 10.19.13 :y Leandr. 1Y4€t ,9.de matrimon. difpur. 26. queft.3 1: con lá comun de Doctos rs, 2 ' Y fe prueba ; lo vrio, porque afsi cónfe tá del cap. Gaudémús, de converf. coniugatork;y lo otro, potque como el “inocentes renga de- recho para obligaralculpido Yi lareconcilia- cion , nécefiriamente fe fig, queel cúlpa- do téiga obligacion decontultiral inocente acerca de la núracion del éltado, y pedirle licencia para elfo, porque no fe le perjudi- queen el derecho acquitito qué tiene: ergo, aC. 3 "Añado, que fiel tal'calpido entrafie en Rélision fin la tal licencia, o fin los tales requiritrientos y que podria renocárle dicha inuzer,adhuc, delpues de 11 profelsion,como bi¿h dicho Eeandro,cón la Comun ; y la ra= zotres,porque ro vale la profefión contra el derecho del cofiforte inocente*ergo,Stc: 4 ''Refpondo to fegundosque auiendo he: cir dicho marido dicho-requirimiento , y amoneftacion las dichas tres vezes enóca- fons; diferentes,en formx autentica; y de manera, que cóntte de ella por fe, y teftimo- nio de Notario publico Apoftólico : li la diz cH+ mugenni quificre cohibitarcont el”, ni darte licenciadé ordenarfe, o fer Religiofo, podrá el dicho ordenaríe fin élta,o entrar, y culpado o fi en cafó que no la quiera dar y podra el dic Preguntafe pues, fiel tal tiene obligación,o pará lo Ynojo para lo otro, de alqañciir licencia de fu muger, fupuejlo, que' porlas -[enrencias dadas cn fauor fe repñta ella o Ji 10 or imocénte , y el por marido recibir fam ella Ordenes Sacros0 en.- profelliren Religion: Añilo tiene con el Abulenfe,luan Andreas, Hoftiente; Anchár raho,Anton:cl Cardenal, Aftenfe, y Véras criz,Sancnez, Vbi fupra húm.1t6. * '$ "Y le pruebas lo vno, porque afsi conf ta del dicho capit. Guudemus, dé converfione coniygatorum, fegari la inteligencia de Hof: tiente',¿bí. núm. 3.Lian Andreas ,DUMECIZ, Ant.bafin.Ancharracios%4n;.2 . El Cifdenal, »num.Wnicqueft.1: y Attente) id Sum. 3 ,part. LS E A art. 3:inmfín. aunque dich) “San. ciiez con Panormitano dá orra inteligencia al fobrédicho texto, Vide ¡llu: 6 Lootro; porque aunque él calado ino ceite tiene derecho de reilocir afsi al culpa: do bolviéndo a -cóhabitar con él; y por coí- figuicnte;que queriendo retocarle,y cohabi- tar con el,no puede el calado culpádo recibir OrdenesSacros,ó entrar, y profefir en Re. ligion,como queda dicho en la primera cor elulión; Porque no pucde pritar al inocente del derecho que tiencd reuocarle alsi: pero. fr él triifmo calado iñocente, no quiere coha= bitar com el culpido;ni tampoco quiere darle licecitidefpues de los tres dichos requirimiz- tos,y amoneltaciones, en tal calo le debe te. ner,y juzgar por irrazonable la tal voluntad del inocente , y que'excedelos límites de lá reíta razón en lo dicho; y 2651 podzá (in fu li: cericia el culpado' recibir los" Sactos Orde- nes,o entrar,y profeflar en Religion, pues én tal cafo no fe podrá dezir dich muzér +a- tiómabiliter imvirá: ergo, Bic. - 7 Lo' otro; porque en tal calo , no que- tiendo, de(pues de las dichas dbioneltacio- ñes,elcilado inocente cobabirar con el cul. pado,es vííto , que renuncia el derecho que tenia á la cohabitacion ¿fed fic eff, que re- hunciado el derecho que tenía á la cofíabi- tacion,no le tíene para tener lízado, y como atado,1l calado culpado ; pues effo fuera re- du-

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