BCCPAM000508-1-08000000000000

lo PARECER DEL AVITOR. 6 Soy de fentir (conformandome con los pareceros de Joslapientilsimos Macitras» que quedan referidos, que en la fupolicion, ue le haze en la efpecie de €l caío, eslicito todo lo que la pregunta contiene; Al como: Te es liciro a dicho l'edro el impedir el, mali- ciolo,y coftofo impedimepro,que prudente. mente teme le pon gan paraimpe dirlodicho calamiento,que en concie ncia.es licitosy (es guro fegun fe fupone y y; el Ordinacio pedra fuplirle todas las rresamoneltaciones p r(0- la dicha folpecha de maliciolo. impedimen- to,cómo lo expre(3o el Tridentino enda Sef- fon. 24.cAp. 1, de mutrimon; y ello lo. podrá hazer con olo, conccimiento extrajudicial, ¿emo fe colige del melo Concilio en el lu- gar citado, que dexa dicha remifsion de las denunciacionesá la prudencia, y -juyzio de dicho Ordinarioyibi : Nif Ordinariws spfe, ex pedire Indicamertt y Ve pradicte denuntiatipnes res trantur ; quod ¡lliws, prudepi a”, ES mglicio Santta Synodms, relinguit: CrgayXC.! 7 . Anñado,que li cl Ordina rio , hecha. la aneriguacion hallare, que.eñ la. realidad, ay dicha foípecha de maliciolo impedimento, nofolo podrá. fino que eltara obligado, fope- na de pecado, difpenfar en dichas, ¿monels taciones : Jo vno, porque liempre que ende. recho fe ofsigna caufa para diípenar, » pucita la tal caufa, etá obligado á. dilpentar gl Pre- lado ; porque en tal caío el derecho inftruye al inferior 4 quiencomete la difpenl icion, O poteftad para diípeníar , como deba vlar.de ella; fed ficeft que el Tridentino en dicha Sel]. 24. Cap.1: de Matrimon. tratando de la, difpenfacion que ha de hazer elOrdinario en las amonelítaciones, lolo expre(50 la cauíla de quando ay probable fcfpecha de malicioto impedimento, inltruyendole , que fi hyuiere la tal probable fofpecha,diípenfe: luego auic- do la tal probable fofpecha , y conítandole de elloalOrdinario,cftará obligado á difpenáar, y pecará cn no hazerlo. $ Lootro; porque par ello el Obifpo ef- t obligado A dilpeníar conel Clerigo ,. para que no reíida por razon del eltudio , ex capie, Cum eo, de clect, mum.6. porque en dicho tcx+ Tratado 15 de Matrimiono. to expreflamente fe alsigna eflta por cauña ra diípenfar,como bien con Archidiach.De. ciosFranco;y hían Andreas lotiencSanchez, voi infra; fed ficeft,queel Tridentino en el lugar cicado: expiela por cauía paras di (ar, la probable fo(pecha de malicialo dmpe- dimentaz Sigo. dC... yidil ing e ad 9 Y. lootro;porqueconyiene al bi n; blico, y junramente al particulara: LA diros interellados , el que no ls. impidandos matrimonios maliciolafMente,.con fuera, d fraudes; fed fic eft,queel Prelado y porizon de lu oficio, está obligado á mirar porelbien publico , y por el particular de: dasolubditos, como es certiísimo., y en que, convienen to. dos: ergo, ce. Y. afsi rieneú. cha lentencia Thomás. Sanchez, con muchos que elta,y la gue, libr. 2.de macrimon.difp. 40, RT "y lo meímo han de tenes por fuerga DIOS Ima chos,que cita ibidem, nu». 2 . y lo mifinotis. nen, Suarez, Salas, y O1Os:que y examen de la jurifdicion delos Ear, 1 quejt.o. ett. dif: 6.pag, 1 V cate toga elia,que es, muy delic0 mo TP ¡10 ; Añado lo fegundo; que fianiendoen la realidad probable fotpecha de. dicha malla clolo impedimento que ( teme, y, (pone,Y gonitandole de-c/laal Ordinario, injaltamea te negalle la difpenía , que £e: le pide en las 3monclticiones;que en tal caío podrian có. Each dichos pretendientes, fin dichasamo neltaciones,en lentencia de Hugo Angelo, ; Tabiena, Sil veftre,y Veracruz 3 1os'quales Cita Sanchez, de matrimon. lib.3 di «AO, 25. y lo mitmo en lentencia de pa Luis Lopez,Pedro de Ledefima,BartolomédeLe= defina, Henriquez, Manuel Rodriguez; Nas uarro,y el nacímo Sanchez, que los cita, y lie gue, ibidem, 04.26.27 3:29. y la razon que dá es ; porque como dicha difpentfacionita defidalcomo queda probado ferlo ) y fenies gue injuítamente, viene df Í t1 le concediclie:erso,Sc, Je 0 ¿11 Pero esde advertir : que paa que £e diga,que fe niega injultamente , esecelas 10,que fe niegue fin legitima caufa, lo qual no fe ha de prelumir del Prelado, fido es que coníte de ello, Sic fentio,(alyo meliori judis cio,Xc. ; CONSVLTA XI G ERTO hombre cafado ha muchos años,que por Va mal exigit debitum ad [eminandum intra Yas pudoris, T [1 eficio fe halla impofsibilizado,dne- Jic feminar extra. Preguntafe pues. o primero; fi a la muger fe le podra efcw/far de mps, imbhoc quod redat debitum rals mari- to exigemti: y lo fegundo, fi cajo queno fe la pueda efcufar wencible, fi fe la podrá dexar en fu buena fe? e Culpa , y ella padecie/Je ignorancia in Ref-

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz