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Sat:sf..cion al Notáble 3. delP. «e, Deputados para lo dicho los herederos del Serafica Parciosca, que le tuceden en el derecho de govt1nar dicho Orcen Tercero , y recibirá el, como le pro- bó en la primeradificuirad. 357 Y que «flo po fuelle necellario exp ellaro lo , conftarambien de lo dicho arriba, alsi como no esnccillario csprellar , que toquenlas ueciones del ajtunro i los herederos forgofos de ellas; porque ello lo estabiece, y fe lupune en Derecho, 4 Nibil alud , ff. de verb. fignificar Sánchez > jn pracept. De- cal. lib, 7.0. %. num. 4 1 miel que los hijos legiti- mos [can huredétos forgotos , d que los padres tean obligados á dexarlos por hesederos de (n8 acciones, y bienes , ex Anthant. vt cúm,$. alind quoque,collar.8. yen ¡2 ley 4. 151.7. part.7. maxime en lo favo- sable , y no perjudicial. Mafcat.deprobat:comcl.804s Srephas. Gratian.decs/. 122 «num. $ «yla tazON €S, por - que qued (ub intelligitwor a jure , €o ipío diciur €x- relfum,/. Licer Impirar ff. delegar. Ab. ¿Codereilamo midis. fed fic ejl,que el punto de que vamos hablan- do ,le citablece el Derecho Natural,Y lo fupone la natural razon , como contta de la dificultad prime- ra:luego po era nece farioexprellarlo mas: /mo, fue- ra fupes flva la tal exprefsion ; pues 0 ipfo y que fub intelligarur a dure , le cti ello exprello , y la fuper= Avidad te debe evitar,ex/. Tit cogendurn.$ Sabrr "15 f de procuras . 5cac.de Comerca $.7 Glof:3- 4n. 20. ergo , bc. 398 Enquanto á losfegundos, tambien diputó dueltro SeraficoPadre viviendo d Bartolomé Cuma- no, como contta de las Corenicas,y quizás á otros, aunque no nos confie de clloz puesno ay en ello re- pugnancia alguna s y parece necellario , fegun los muchos que fe recibian á la Otden , ¿los quales no podria liempre recibir por fi el Serafioo Padre,ni era precilado a remitirlos d Cumano 3 y aísi le puede,y aun parece debe prefumir que depntaria otros mu- chos , como, y quando le parecielle convenir;y para delpues de fu muerte quedo ello al arbirtio de fus lucellores pues diziendo nueltro Serafico Padre en la Kegla de dichos Terceros (que lupongo ler fuya ) que folo puedan recibir d la Orden los Minil- tros Diontados, y no diziendo quien los deba depu- tar, le debe entender que elfo lo deban hazer los que tienen jorifdicion Ordinaria para reciblipor G, 9 por otros i la Orden , quales fon (usfucelfores le- girimos , domo fe ha dicho. "¿89 Confirmale ello, potque como canfta del Derecho, lo que no efta difinido eu Derecho fe de- xa! arbirrio del Juez 4 9 del Ordinatio sex lez. ls f. de iure de liber. leg. In vendirione,f”. de bonis author. ind pofvid.cap.de camlis,$. t.De ofhicDelegar.obiDD. pluribas combrobant,los quales cita Juan Pedro Mo- nedo jm eras? de difirib.quotidian.parr. 3.quell. 108 mir. $.+ 7. donde prueba con Menochio, que lo di- cho no folo tiene lugar en el Derecho efcrito,, fino rar bien en la coftumbre á fe lama Derecho no el- erito $ fed lic et. ame nucitro Serafico Padre no de- «<A dioutados los dichos,nt quedó difinido enfu Re- gla quienes deban fer eftos;y ñ no,mueltrele donde? 483 Ni ello conita de la coftumbre, $ por Derecho ne eicriro, entes bien cita la coltumbrea2 putita favor ¿ pucó de ella conta , qre los Provinciales , y Generales de losMenores depataron por ras de 1te- cientos 209, y depufaríaora para dicho f.initterio los que les parece convenir 1ergo, Sc. INSTANCIA, Xvil, $90 Dize lo Dezimofexto en el mus». 37 pas 21. Pc10 li bienlo advertimos, hallarémos,qu cuodb el yerro de el Padre Torrecilla en la relpuctia refe- sida en<l 35 .nació de ferle de la inteligencia que did la Bula de Sixto Quarro,alli citada, pues Ífupo- ne,que habla ae los Seculares de elle Orden, no tiene doaísi, lino de los Regulares , como prello lo ves remos. Y ella inteligencia da aprendió ( como el lo confiella) de vn Licenciado Juan Rodriguez Subat- go, que el cita uucho y ligue vnas vezes, y Otras refda ta; y del qual dize ha etcrito no sé que libros acerca del Tercero Orden , eo lo qual lo tengo por hom. bre de animo aud:z,pues (e empeño a caminar á cien gaspor camino tan dificil, A elle Autor, como he dicho, figue mucho Torrecilla, y Clai Colcétor de los Privilegios. ¿De que fe deduce, que d tudos es menelter reducie dla verdad porque todosfe apat» tan della: en la inteligencia de la Bula de Sixto ¡Vo Y np feri poco afan intentar reducirlos 4 la 1azong porque cita enfeña quan dificil gs prerender con» certar vna procelsion de ciegos , como lo fon acer ca de la inteligencia de las Bulas de mi Tercero Or= den los tres referidos ¡aque ferá fan evidente lo ¿ di ré para delengañarlos , que mi yerdad la conocerán los ciegos- 391 Refpondolo primero, que la inteligen= cia que yo doy á dicha Bula de Sixto Quarto,la die- ron primero que yO, Portel, el Coleétor, Sobatcos y Lezana(4 lomenes en duda)donde le dirá abaxo: ire Bordon , Diaz y y Lentulca : donde fe citaron fupr enel mum.,45.¡wem el General de la Orden de los Menotes de la Oblervancia , ytodos los Pra= vinciales de las Provincias de los Reynos de Calli= lla. vw Leon de dicha Oblervancia : como confta de la Bula de Paulo Tercera , puefta arriba,/2c.8. mum. 61.y 62-[tem, la Sagrada Rota , citada arriba,murma 1 17.Luego vna de dos , 9 todos los dichos fon cie- os, y es menelter ceducirlos todos ¿la tazon en la inteligencia de dicha Bula, 5 folo el Padre Truxillo es el ciego, y el que como tal hablafuera de toda razon, y el que necesita de reducirle Y ella:y quan= do quiera quedarfe en lu perrinacia , es neceffario A lo menos que fe reduzga a hablar con decencia, A quiera por la que debe al Genera! de (n Orden Bor. don, y al Sacro Tribunal de la Rota, quando tio quiera tenerla ,como debe , y fuera razon , tefpec- to de los demás citados , tan dignos de ella por (us perfónas , graduaciones , y letras, 391 Mis:quando lolo lo huviera llevado , $ (upuefto el Sacro Tribunal de la Rota , me ha de confelíar el Padre Truxillo ( welis mollis ) 3 que la Sagrada
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