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Satisfacion al Notable 3. del P.We, 374 Refpondo le 2.que adhac , concedido que dicha Reglafes del Serafico Padre, como yo lo defiendo ¿ con todo <llo, ni teria ablurdo torpe, ni necctari.,que ello le expicllalle en la Regla ¿Como ¡e probo fep. amu. 233: alias , fuera tambien ab- furdo torpe el no exprellarlo lo lemejante enda Ke- gl de el glorioto San Agultin , Milien la Regia de el Tercero Orden » que acomodó el Sumo Pontifice Leon 10. 1 los Terceros, y Terceras Regulares , ab wo (4D. nm 235.) 236. : Ha Relpondo lo 3.que lo demás contenta de en dicho num. 34. queda delvanecido en los iu» gares d que pertenece Como le puede ver alli, que no hemos de inculcar acada pallo vna mefma Cola, porque el Padre [Fruxillo quiera cometer clle vicios INSTANCIA XIV. ñ 1. ; i od en lo que le conoce con evidencia quá voluntariamente dió el Padre Torrecilla la explicas cion referida d las palabras citadas de la Regla, csen la relpucita tan defcabellada , que did la dificultad que ¿He propone d íi milino 3 pues en el lugar cita» do pregunta quiehlon cltos Miniltros , O quien los avia de dipurar: Y relponde » QUE js el Papa Sixto JV.lo dixo en vna Bula, en la qual cometid(dize)e(= ía facultad A los Generales , y Provinciales de los F rayles Menores. Deluerte , que la Regla (e hizo el año 134 11+y legun ella relpuelta,fue necellario aguaf dir á que el Papa Sixto Quarto , elaño de 1471. sucfle eledto , y dielle la Bula que alega , en la qual «eclaralle aquelle punto, poniendo en execuicionlo ordenado pot la Kegla,aviendo pafado docientos y cinquenta años, que corrieron de(de aque! en que le ordeno la Regla , hata elte en que le dió la dicha Bula que cita.Y no me dize el Padre Torrecilla quié eran los Diputados para dar el Habiro , 0 quien los dipurava en elle dilatado tiempo de docientos y cin- quenta ¿ñoñi 178 Refpondo lo primero , quiitaatmana vine en onvercán domaaaicilo Deir puideialoano . Padre mio, en dicho lÚgar en que hago dicha pre gunta(que es en el traól.2 dif. re fol. y5.nom.$y.hablo de prelente fubiunétivo, y no de preterito. Mis palabras fon: Quien fean ellos Mi nillres , y quién los deba diput ar do dixo Sixto IMC. Digame aorá V, P. (es lo melo preguntar quien fean elos Miniftros , y quien los deba deputar de prelente , que preguntar quien los avia de diputar de prererito4 Diri V. P. que fi , pues lo reputa por vna melma cola , leyendome la dicha pregunta que hago de prefente, como de preterl:o arqueros. A E e A 379 Re(ípondo lo lo lezundo , que para que fe entienda mes Claramente en dl fentido en que ha bie, y lo (util de lasentendedes as de dichu Padre Dize lo dezimoquatto, en el am. 35. del. 487 Tcuxillo,es mensíter faber el Íntento A que yo traba goviicha pregunta,y dichaspolabras, que no €s á la liquidacion del punto gp que eftamos , find ¿our tan diyerío , que lolo Maire Truxillo pudiera des xar de advertirlo pregunto, pues en dicha Dificul= tad,8 losGúatdianes puedá dar el Habito de la Ter» ¡cera Orden > Y aviendo refpondido negativamente, lo pruebo. Lo primero, Porque el revibir a dichos Terceros ,lo cofneticron Sixto 1V. y Julio 1. á fo. os los Generales, Provintiales, y fos Vicarios; y lo Mimo digo, determirsron otros Ponufices , que allá cito: prutbolo delpaes lo fegundo, de la Regla, en Cuyo E. 2. [e concede ella facuiráad d los Miniítros Diputados para el recibimiento de los rales: é ina iediatamente pregunto, 0 por mejor dezir ¿digo Gu Peritos: Qin feat eflos MiniflrosDipu ádos yy qui os deba degutar , do dixo Sixto IV. en fa Bula y dende tromete lo dicho Alos Gentrales, y Miniltros Provineia- les) defiterte, Padre aio ¿Que ló que yo alli pretert. do , es probat , que hotoque elfo á los Guardianes, pues no tiench privilegio para lo dicho , que lo$ privilegios folo concedeh dicha autoridad d los Gea nerales ; y Provinciales, Y en la prueba quarta, fe declara mas lo dicho; probendo á paridad del primer Habito , que ello meímo eslo que prerendid nueftro Serafico Padre en la Regla citada de los dichos Tetceros; y que alsi por niguná manera toca elló á los Guardianes en el Orden delos Menotes : con que li yo alli no venti. lo la dificulcad en que eftaimos , de (i los Terceros Seculares pueden dar el Habito , dno, hi li elfo fe lo cometió , d no la Regla , ni trato de la liqui- d¿cióh de dichós palabras , Confideradás en (i, 9 en,orden d eíta dificultad + finó lolo en orden al intento que allí ventilo , de í [rienen ptivile. glo , O no para lo dicho los Guardianes ; y par: pro» bar que noj digo , que los Diputados para elo por la Santidad de Sixto Quatto,fon folos losGenctales, y Provinciales , y no los Padres Guardianes : ligue. le » Pe la refpuef'á que yo alli di, es fovy del SA: queallicontrovierto , y pot configaiente, delcibe!lado , folo dd Dear á ota en Drpnda tehdzderas del Padre Truxillo, con que entiende las dificultades , y :efolucilones muy al rebes delo que ellas (5h, 4 l 380 — Enquanto á lo que dize el P. Truxillo; Luo the diz € el Padre Ttrrecilla guien eran los Diputa- dos para dar el Habico, 0 guien los dipurava en efe die latario 11empo de docientos y c4:quienta años. Reto. lo 3. que liel Padre Truxillo no me avia preguntado lo aicho , bi yo ventilé alli ella dificultad , qué ma- ravilla nb lo dizele* Ademas, que En la dile quar- ta, dí baltanremented Etender para quien tenga medianas inteligencias, que ello toca ¡defi , el de. parar q los ProWinciales($ por configuiente ¿los Gt. nerales) y nh á los Guatdianes ( qué eltos le excligo yen en aquél 4 /olos los Provinésalés ¿qué pohigo alli) y cito memo le indicava tambien badantemente en le que dexava dicho en el fit del num. 8. 38. Reípondolo 4. que lino lo dixe allf tan

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