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Satisfacion al Notable 3. del P. tc, INSTANCIA VH. 298 Dize lo feptimo en el melmo mum. 30.PAf. 19. Y pregunta itimediatamente ( mempe, Perrecilla ) quienícan eltos Comiflarios Dipata» dos, y quien los. ha de diputar 4 A que refponde, que ya Sixto Quarto lo dixo en vna Bala, en la qual cometió ella facultad á los Generales, y Provincia» les de los Frayles Menores: porque es ( dize ) eltilo enlas demás K eligiones que dén el Habito á lus T.rceros., no los Prelados Conventuales , ino los Generales, d Provinciales , como fe vé (dize) en 1, del Carmen, en la qual , fegun Lezana quett. Regul. tom. 1. part2+ Cap. 14.04m.8,y L1.4y vá Privilegio de Nicolao Quinto, para que dén el Has bio A fus Terceros el General, ó el Pcovincial,y no los Priores Locales. RESPVESTAS. 299 Relpondo , lo primero , ue Yo en dicho lugar no digo Comif/arios,(1no Minútros?por- que yo á eltos liempre les doy elte nombre , que es el que les dida Regla, y no el de Comillarios que les adapra el Pedre Truxillo , y me Jo atribuye á mi, que tiene efta habilidad, entre otras, 300 Refpondo, lo legundo ,que tampoco digo yo en dicho lugar ( como me arribuye el Pan dee Truxillo,levantandolo de fa cabega) que es eftis lo en las demás Religiones que denel Fiabito a lus Terceros , no Los Prelados Conventuales , fino los Generales, d Provinciales; d ( no mueltreme el Padre Truxillo donde digo yo que aya el ral. eltilo? 301 Relpondo, lo tercero, que tambien «sfalío el dar á entender , como Jo da , que traigo yo como por prueba de la concelsion ,0 privilegio de Sixto Quarto el tal eftilo de las demás Religio- nes; pues aunque yo dixera, que avia el tal etilo, nunca me pallaca por el penfami: nio el traerle co- mo por prueba de la exiftencia del A ae pues ni el eltilo es argumento de la existencia de! privilegio , ni el privilegio lo es tampoco del etilo; pues pueden daríe muy biens ad in vicem , el vho ún el vtro , como esindubita= ble : y quelo traiga de modo qué parezca proba de aquello , paterde lus palabras, ibi: Á que re/fpon- de, que ya Sixto Quarto lo dixo en una Bula , en la qual comerio eja faculead a los Generales , y Provin= siales de los Erayles Menores 5 porque es (dize) efiilo, dc. Repateíe en aquella caulal , porque > defpues de lo antecedente , y le conocará tiene vilos de pros banca, Padre mio, no baíta que V. P, me leyante el cal etilo , fimo tambien que quiera arribuirmele para vna frivola confequencial 302 Relponda , lo quartó , que tambien es falfo el que yo alegue el privilegio del Carmen, que cita Lezana en comprobacion del eftilo ; que 477 fuera confequencia ten frivole como la palfadas pues ppede aver puvilegio hn que aya eltilo, y Ón que elle reducido 4 praxi, como es notorio ; y por ello preguntan lps Moraliftas que tratan de priyile= glos: Verum privilegiuen amittatur per vn Yfimjatin tes palla rodo tan al contrario > Que defpues de aye alegado yo el dicho privilegio que trae Lezana ( aunque no al intento que dize el Padre Trurillo fino al que fe puede vér allien el pum. 4.) añado lo que le figue : Aunque no sé que conftumbre sergan en eflo. Miren que traza de alegar yo dicho privile- glo paro probar el etilo 5 y veale tambien es effo *dezir , que ay eltilo enJas demás Religiones * Year feenclirar,2. dif. 1. tam, 4-35. que es donde el dicho mecita , y fe hallarán patentes rodas les dichas impofturas, que me levanta? 303 Y que dicho Truxillo de 2 entender á que traigo dicho privilegio del Carmen para pro» bar dicho eltilo, paret del modo con que ¡a ML nempc, ibi: Porque es (dize) efile en las demás Ken listones, (e. como fe ve en la del Carmen, Gre, 304 INSTACIA. VII 305 Dizelooétayo , enel num. 31. pagi 15. Pero quien con atencion leyere aquefto , verd quan violento, y apartado de el camino ordinario, y llano( por confeguir lo que anfiofamente pteten- de) proeede el Padre Torrecilla ; porque la expli- cacion que dá ¿las palabras de la Regla,es tan tor» cida; quehafta oy otro ninguno la adivind. Y todos los que la explican les din vniformemente el fenrio do legitimo , y llano, diziendo, que lo que nos ena feñah es, que los Miniítros Deputados para dar el Habito, efto es, los Minifirosde efte Orden , ¿los quales toca ella facultad de dar el Habito, y lon pa- ra cítolos diputados , y feñalados por cfta Regla, Íin que otro alguno pueda intrometeríe en eflo,por- que el hazerlo toca folamente 3 165 que eflán dipu- tadosfegun Derecho , que fon los Miniltros , po= drán recibir á los que vinieren al Orden, Reípondo, lo primero, qué para conféguir yo mí intento no avia menefter dicha explicacion ,cos mo €n Otras partes dexo aprobado. 306 Refpondo , lo legundo ; que li efta torcida la explicacion que yo he dado ,fera bien la endereze el Padre Troxilloz pero ha de (er proban- do lo que dixere , porque dézir , y no probar , es como fi no dixera:Nom enjon fufficic dicere,fed opper- set probare. De Otra fuerte qualquiera podr] impag- nar quantos Áutores aya en el Orbe; pues con dezíc . eta
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