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. ¿AAA RD A III 1.AAXMXMNAA3A 14134 3 3141411313322 21332323232329 224 - - As Ea E 455 ouaft. 1. Difienlt. 2. Scocion 9. E y Reli dos: Esa fr ef, prelume falío ,fegun Tiraquelo sa leg.Si-0n quero, in princ. nun. 40. Cs derevocand..dona:. Malcitd. de probarion.conclaf. 700. 10103 5») conclaf 4 3%4. mum. 4. Menochio, conf. 1» maña. 258. £l Cardenal Tuíco, i1t. Wo conclof. 1OL.MáM+ 3410, Ll" y 12o donde dize: 7 que lo que np esverofirnil, fo nod inverofimile efi imago faliraris. Y al confario , lo verofimil fe reputa” por verdadero, fegun el mefmo Tulco list. V.conclof.162.y Cepha- lo conf.27. mum. 22.165. 2. porque la verofimilitud tiene cognacion con la naturaleza > legun mantica de conieót. ulrim. voluntar. lib. 3. 112. 1.9. numer.3. Sud. decij: 83. mum. 18. y feticne por ley , fegun Graveta conf: 6 L. 148. 9.Menochio conf. 113.147. 1 3.y otros muchos; Luego no folo no es clariísimo, ni verdadero, fino antesfallo , el dezir , que el Se- raíico Parriarca quando hizo la Regla de elte Orden procuralle difgoner en el yn govierno femejante, antes 1 los orros Ordenes , que al luyo. Eito de be dezir el PadreTruxillo,( pretende lacar confequen- cia A fa intento; pues fi quiere dezir quele difpulo muy conforme al govierno de lu Orden de los Me- nores, fe le concede tado defde luegos pero la con- fequencia que de al puede falir fera contra el, pues en el Orden de los Menores por virtnd de la Regla, y diípolicion del Serafico Padre toca el recibir al Habito , no alos Prelados Locales , fino d losPre- lados Superiores: efto es, ¿los Provinciales , y Ge- neral: ergo, Úc» 140. Lotercero, le puedeconfirmar lo di- cho con la do(trina de Navarro, el qual en cl 5.5. confil. 15c. de hereticis, confál. 18. dife , que vna ta critora dudofa debe explicarle, y probarte por otra elcricura clara. Cita para efto áBartulo, Seyola, y Alexandco, y citaalgunos Textos de las leyes Civi. les: vno de los quales refiero , que €s la ley Hiredes palan, $ Si quid, ff. de tefiament. fub fin. en la qual fe dize lo que le (¡gue : Incerpretarionem verborwn, gos in relamentis reperiunzur obfcura , fieró poJeex vicimis foripruris,ex verbis enim prolatis in una /6r1p- pura furaicur interpretacio , quid fenferie quis in alía. Y cita tambien para elto dSan Aguítin,y á otrosen los num: ros antecedentes. Lucgo quardo lo dil= puelto en la Regla dei Orden Tercero por el Secati- co Padre en orden al govierno de elte Orden, y á dar lus Habitos de él, eftuviclle obíenro ( que imi vés eftá muy claro 4 mi intéto,como fe probó arri» ba delde el mum. 127hafla cl 136.)(c deberia expli car , e interpretar por las palabras claras, pueltas por el meímo. Serafico Padre en la Regla de íu Orden , en orden á dicho govierno, y recepcion adicho Habito, pergo: Sed fic eft, que el Serafico Pa- dre en dicha Regla cómete lo dicho , no.2 los Pre- lados Locales , fino á los Provinciales, que fon Prelados Superiores á los dichos 3 pués dize expref- famente en el fegundo capitulo de dicha Regla : Si algunos quilieren tomar efla vida, y uinieren a nuefiros Frayles y embientos a 'fus Minillros Provineiales34 los guales [olamente, y no A0tros y Je conceda licencia de recibir Erayles: ergo, Sc. TA! Y aísi =:1 Padre Truxillo, trare Y.P, R. de bulcar otro medio para h azer denonfiiación enla fubicda mare: la:porg (id ele llama clarísimo yo le tengo por claljísia amente inveribicall , y por cótiguitie falícsen el sérico ce QS ucdelacar a guaa contequencia(tal,qual) ¿iavor luyo: y en ellentido que, cs vor mil, y por contiguicr te vendadero , lale la confequencia a mi favor, y no al luyo, como hice AS » CiIarnisimo, mos vilo; y etio li que le puede llamar 142 Dixe sal, qual: porque at:.que Gil» fimos que la tal tecepejon rocalle d los Prelados Locales, y por conbiguiente ¿ que ro puc icllen los PreladosSupericres aun ititla por li folos ; podrian con todo ello hazerlo con la mayor parte del Con vento ¿0 Comunidad, como lo.ticne con Navarro, y Rodrigez d quienes cita,y (gue Sanchez inSgtm y Lot 2. Liho 5 + CAD» 41 10M, 74 la razón es: por. que toda la porcltid inmediata del Piclado, eta eminememente en €] Piclado Sopciior. Luego po- dria elte no menos que el Abad, 0 Pielado Local, recibir al Habito,y Profefion, no loJo fino junto con la Comunidad. ' Imo, podria mandar.al inmediato Preledo ex infla caufa , y en caío elpecial , que no admiciclle á la Profeísion á alguno, hn confaltarlo primero con el ; poniendo decreto jeritente coh el tal mandaro; deluerte , que fuelle irrita la Prefelsion que fe hi- zielle en otra forma; como lo prueba lotamente di» cho Sanchez en dicho numero. Luego adhwc conce. dido que rocafle ello en la Orden de los Menores ,d en la Orden inftituida por San Francilco,á lo s Pres lados Locales, no podría dicho Truxillo lacar de ai confequencia demonftrativa , ni clara ( ¿mo, ni veta dadera) para que adbuc en tal caío no padicile el Via Íitador del Orden Tercero admitir al Hábito junto con la Comunidad, fiendo , como €s , y lo confielfa el Padre Truxillo , como Prelado Superior para ellos; ergo, Sc. INSTANCIA. U 143 Dize lo tercero, en el nur. 10.p4g. 14. Elle es otro punto,en el qual tropieza cl Padre Torrecillaz perque fuponiendo , como fupone, que los Padres Capuchinos tienen derecho para dar el Habito 4 los Terceros Seculares , propone vna di. ficalrtad ¿que esla primera de el errar. 2. fol. 354 as. 1 enla qua! pregunta, fi los Guardianes podrán dar el dicho Habiro 1 A lo qual reíponde , que noz y €s ella conciuizorycierta 5 y verdadera : de la qual dare yolarazon legitima abaxo, num. 93. pero ao:a alimento ¿entre muchas que para probarla amontona el Padre Torrecilíá , vna esa paritare ra- tionis ,enel fol. 36.pa2. 1. num. 10. Jigiendos Los Guardianes no tienen facultad para dar el Ha» bito dela Religion 3 los que vieaca ¿ ella; lriego ni el del Orden Tercero? Y cita. 4 Portcl,relp. 1 «cal. 16. nur. 9. que dize, que en vn Convento delaRes ligion del Tercero Orden , el Miniftro Conventual recibia 4 los. que yenian d pedis el Habico,, en lo quo!,

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