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€ A 13134 A 3 e AAA (AAA AM E a " " o ” e ” Y Y, E Y * 1 *, a dl EN » y , ; Al 1 A lo - A 5 ad W ss Sos p y y q f 4 E 452 Duef. 1, Dificult, 2, Sección 9. Padre Miranda , tambien Prayle Menor . io dircé. Prelat. quelt, 36 art. 7. figuiendo al Coleétor,di- 20; Admoncre liber cx Prvvidegiorum Coligétore , nop reperiri aliquod Breve feu Bullam concefJam nobis Mi- noribus circá ¡fam mareriam, vs pofsimus recipere ali quos Eratres, vel Sonores, qui dicuntur Terriarij , five de Panirentia. Elcrivió cite Autor el añode 1616. y tampoco en ellos tiempos tan Modernos fe fabia de alguna Bula , que les dielle elle derecho depues que eferivió el ColeGor 5 y (la huviera no le ocul. tara á dos ran diligentes Eflcritores , Ñiendo en cola que esíu Religion ran interellada á elle derecho, RESPVESTAS, 112 Reípondo lo primero,venerando la entoridad de dichos Autores , aunque no ayan vito el Archivo del Padre Truxillo : y no obítante ella, exhibo las Bulas por donde digo conítár de aquef- fe derechos y hi el Padre Truxillo tiene algo que alegar contra dichas Bulas, O para que [lean [ubrep- ticias , Ó para que no contengan lo que yo digo, produzgalo enmedio,y fe le refpondera, porque no es confequencia demonítrativa; Miranda , y el Co- dellor fienten , queno ay Privilegio para lo cicho; lusgo mo le ay: dicho Truxillo, pretende hazer demonítra- cion de la verdad contra mi, como lo dixo'en el fin del numero 7.Luego mal medio elige para demoní- tración , cono qualquier Logiquiíta conacera y (i- no es que dicho Padre aya aprendido en las Coroni- cas den lu Archivo , que lale demonflracion de femejantes premillas, F13 Refpondo lo fegundo, que el meÍmo Miranda, vb fupra, arric. 6. conclu/. 1. afrma,que r.muchos Decretos, y Conftituciones Pontificias eltá determinado , que los Terceros , y Terceras Regulares lean governados, y eftén en todo lugetos d los Frayles Menores, y la primera Confliracion que trae para lo dicho, es la Bula de Nicolao Quar- to queyo cico “para miintento , lus palabras (on: Loquendo de Eratribus , (5 Aonialibus Terciarijs no- friOrdinis , folemniter profe/sis, 5 Relizinfis multo- rum Summorum Pontificura Decreris , arque Conflizm- rionibus Sratuenm ell, ve per nos Adinores Eratres 7u= bernentur, nob5/que in omnibus 5 per omnia [ubijeian- tur. , Hac conelufio conftar primo ex fua Regula , obs Nicolaus 17. fLacuit arque decrévir quod praditts Era- eres Terciarij y fub quo nominegomprebendun tur modo Seculares , 7 Relsziofi y qaemvis (norele elto ) illo tempore tantum e/Jene Seculares , procurent afjwmere Vilitatores, Y R eformatores de Ordine Eratrum M4i- morum, 7 quibus hoc fecerint, fanitam fuam dedir be- nedidionem. Habernr in monumentis Or divis, prim: imprefsionis fola 33 - (Y refertur in Compendio , verb» Terriarkj Erarres, (5 Sorores ,5. 3.5 4. Sublumo aora : Sed fic ell. , que dicha Bula de Nicolao Quar- to , habla can los Terceros Seculares;,comolo pro- bé abundantemente en mi libro de la Fercera Or- den eralió1 .dif.12. delde el nam.1609.y lo conficTa el mcímo Miranda, 24i/upra, donde eftá anotado. Imo, con lolos los Tercero ces no avia Terceros Religioflos: Inego lt dicho Miranda dize , que por dicha Bula te fugeran los Terceros á la Orden de los Minorces, dz omo ibus, Í per omnia, y que los Frayles Menores los deban go- yernar ; figuele , qué eflole deba entender ( de la doúrina del miímo ) de los Teiceros Seculares con quien habla dicha Bula ¿ y aísi lo probé yo contra el cudicho logar , aunque porno eftár en eíta forma no lo entendio el Padre Truxiilo. 114 Prueba imas ía concluñon dicho Mi. randá de otra Bula de Sixto Quarto, y delas de Ju- lio Segundo : Sed fic ef? , que eltas hablan tambien de los Terceros Seculares,como feprobd arriba fobre dichas Bulas: Lucgo de ellas, y de la doóina de diclio Miranda fale mi conclufion. 115 Y que la Bula de Sixto Quarto de- termine, que los Prelados de la Oricu ae los Me. nores, puedan dar el Habito , y recibira los que quieren agregarle al Orden Tercero , y que puedan deputar Vilitador para dichos Terceres de que ha- bla, no es materia de duda , pues confta cxprefla= mente ello, y otras autoridades de los numeros 4« y 5. de dicha Bula: Sed /5c efl., que dicha Bula has bla con los Terceros Seculares , como lo probe fus prá Jec. 7. defde el num. 46. hafta el nuez. 53. ylo tiene el Padre Bordon, cuya autoridad p cfará mas con dicho Padre Truxillo, que la de Miranda, y el Coleétor (aunque yo liempre venero eltas , como es razon ). por no aver eltos vilto fu Archivo, y pOr» que d mine remite ¿ dicho doctifsimo Bordon pa» ta que no yerre, mum. 2 par. S. ergo, Ec. 116 Tmo, que didcha Bula de Sixro Quars to hable con los Terseros Seculares ,1 mas de So» barco ,que es de la Tercera Orden Secular, y dicho Bordon, que es General del Orden Tercero Regus lar: lo tienen el General de la Orden de los Menos res dela Oblervancia , y todos los Provinciales de las Provincias de los Reynos de Caftilla, y Leon de dieha Oblervancia , como coníta de la Bula de Pan» lo Tercero puelta arriba, ec. 8. mam. 61, y6z.lo miímo tienen Portél, Diaz, y Lentuíca, citados;/a% pray en clla dif. 2./2c.7.num.46. 117 frem,lotiene la Sagrada Rota , decif. 3. fub Merlio. num. 1 5.porlas figuientes palabras: Pontificiaeriam Confliturione: virent pro Afinoribus circa hane receprionem: avoniam (Gipfh Minores ex Buín la Sixri IV. gue ell da Compend. Bullar.. Ordinis Se Franciféi, fol. 91. concef. 201.5 eh relara per Mis randam, in Mdansal. Prelar. Roo. quel, 35.4rt.6, E tradic eriam Laurent. Porcel. de dub. Regul.verb. Tertiari, num. 1 0.pofunt corricere, punire , 0 vili= y os Seculsres, pues enton< sar Terriarios Secularess ligue exceffus aliquis ex po= fiulez, eriara privare Habira. Luego 4 la autoridad del Coleétor , y de Miranda , baftantemente fe fan tisface con la autoridad de la Rora; y con la deran- tOS,y tan graves Doétores ,cnmo dizenlo contra» rio: y alsi Padre mio, trate V.P. R ¿de bulcar otros argumentos eon que hazer Jomonftracion: porque efte, ya le vá que no la haze, Ade-

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