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Satisfacion alNotablo 1. del P. Ue. gozar de los Privilegios concedidos por la Sede Apoltolica 4 dicha Orden,y que adelante fe havie(= len de conceder, de que afsimiímoles hazia dignos dicho Sumo Ponrifice á los que recibicllen ; y cum». plisíTen con reverencia dicho faludable confejo,que delcáva vehementemente le pufielfs en execucion? O porque no fe ditd que lo hazian, porque nin- guno de los dichos queria ler inmcaufa . que (e ima. pidiclle penec en execucion dicho faludable conte jo, por no exponerfe a que los Ordinarios les come pelieller á no impedirlo, como lo quiere, y manda dichoSumo Pontífice ; Impedientes vero yquominus premios ad impleatar confiliam, que ab huias impe= dimento deli(bane per locoram Ordixarios compe/ci von limas, € mandamus? 105. Lo fegundo, porque pregunto tam bien: Qué hazia al cafo para lo dicho,cttdr ya alla- nada la dada que dize por la Santidad de Juan XXUILA cafo independente de laBula de dichoJuan XXUIL y antes deella, noles concedia la Reglas como dize dicho Truxillo , (del. Papa. Nicolao Quarto, de quo ab/lrabo pro nunc) que pudicllen ele= gir Vibradores de qualquiera Religion aprobadai Pues fi la Regla les concedia que pudiellen - elegir de qualquiera Religion aprobada ; pregunto aoras O el Padre Truxillo tiene por Religion aprobada 4 la Orden de los Menores, d no? Si la tiene por Res ligion aprobada : luego no era menelter (e allanalle dicha duda por la Sanidad de Juan XXI Lpará que los dichos pudicilen fer elegidosen Vilitadores, le» gun la Regla: es confequencia precia, y aqui le co- nocerá, d mas de lo dicho fobre dicha Bula , qua mal entiende dicho Padre Truxillo en lo: que con= Ííítia dicha duda, y quienes eran los promotores de ella; pues no eran, ni podian [er los Frayles Meno- res, Mi los Terceros, como en fu lugar fe dixo; (ino losemulos de la Orden Tercera en la Cuidad de Ferrara, como alli (e dixo, y le infiere con eviden- cia ; pues no podia aver elcrupulo razonable de la contrario ( fino de la emulacion) en orden á la Or- den delos Menores , no le aviendo para las demás Religiones 5 puesla de los Menores es verdadera Religion aprobada, no menos que las demás:ergo, Xc. 106 Y (i el Padre Truxillo quiere negar, que dicha Religion(ea Religion aprobada, 3 que lo fuelle éngonces, ferá terrible el empeño en que le metas pero no quiere perfuadirme ¿tal cofa. 107 Lo tercero,porque fi dicha Religion de los Menores es Religion aprobada, como lo es, feria á calo de peor condicion que las demás Reli- giones, pot tener , además de la aprobacion como las otras, vna Bendicion Apoltolica para que deba fer preferidad lasdemás ,en orden á dicho punto de elegir los Vilitadores de cila? La Regla,dize ge- neralmente , y (in excepcion , que puedan dichos Terceros elegir Vifitador-de vna Religion aproba= da:efto riene laR eligió de losMenóres,como las de- mis, y demds de ello tiene vna Bendicion Pontificia de laSátidad deNicolao 1V.y cócelion dePriyilegios 45" Apoftolicos para quien eligiere Vilirador de los di chos Frayles Menores : y además de tudo cllo, diéta elto larazon mraral, y la equidad,cómo arma di- cho Sumo Pontifice + preganto , pues, dora : es por elto de peor condicion que' las demás Religiones, que fea necelfaria la Bulz de cl Papa Jun XXI pas raque quite el elccapulo, y allanc la' dificultad, de que pueden fer. elegidos en Vifitadores los Religioz fos de la Orden de los Menores , como lo pueden ferlos delas demás Religiones aprobadas * gran defcabellamiento “parece , dar dicha inteligencia 4 dichas dudas, y a dicha Birlas ergo, Sec, 108 Y lo quarto, porque aunque los tales Terceros hizieflen dicha eleccion de los Frayles Menores lolo por devocion ; con todo elo vna vez hecha, ya erau' verdaderos Superiores de los tales Terceros, y como tales podian recibir al Hibito , y defpojar d aquellos , cuyos excaflos lo méreciólen fegun la Regla:5 ni eftaria ya en libertad de dichos Terceros, dexat el Vilitador de la Orden de losMes hores , y tomar otro de orra Religion aprobadas Lo vno , porque hecha la eleccion vna vez, no pue= de ya retratable, ex cap. Quodfernel, de regul. iur. in 6. ex L. quod in baredem, $. Eligere ff. de tribur.al?. y de otras, 109: Lo'otro:; porque el que elige vna via, éo3pfo', enuncia las otras , entre las quales antes te- nia eleccion, exd.Poft diem>7. ff de lego commif: 1.Si mulier,5 » Fin. ff. quod mer.cauf. facie esiám,capo Cum omnes, circa finem de conflicurion. Farinac. in Praxi crimin, part.6.queft. 175. num. 119. Elio yan Graclan, diftcpe. EForen/. toma 4.cap. 1 52.num, 12. y copiolamente Anton. Gabr. comm. concluf lib. 2. conclu. 2. per totam, tie. de actionib: 110 Y as : porque á efto haze aque- lla Regla tan recibida en ambos Derechos: quod /e- mel placubt amplias difplicere non poreft, l. Pomponivs, [) de negor. geft.cap. Quod femel. cit. $. Semelcauf. mflic. quibns excauf: manúmir. non lieersSurd. conf- 18. num. 2.351. nom, 41. Tufch. tom. 6. lite. Q, concluf. 48. Sanchez, de Matrim.difp. 6. num, 9+loane Maria Novar.Queft. Forení.lib.1.Q. 68. hum. 10. y Otros muchos: ergo,óCs INSTANCIA UL TL Dize lo tercero, en él num. 13. pag. 12, Es tan cierta eftg verdad, que el Coleétor de los Privilegios con fer tan intereflado en elle derecho(f lo huyicra por fer Frayle Menor )la confesó, y de» x9 advertida en lu Compendio , verb» Tertiarij, $. Ex pradiótis 5 donde dixo, que los Frayles Menores no tjenen derecho alguno por ninguna Bula Apo(l- tolica, mi por otro algun Privilegio para dar cl Ha= bito á los Terceros Seculares , ni fer lus Vilitado- res. Y concluye : Si daretur aligua Bula, repuranda efJet tamguam Jubrepricia , efcrivió el Coleétor el año de 1525. y con aver paffado tantos años dede Nicolao Quarto ; dixo, que no fabia de Privilegio alguno por el qual huviede adquirido derecho. Y cl Padre
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