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AAA ACA A aa PASAN A RA di ARMAR o sm a A 7 ad AA E A mn -. 440 | (ón vilin elegidos, n9 odia caer debaxo de du- 0 AL een le L dararonable el que lo pudiefien Cer en las partes % f-4 por Ino- dondé eta ordenado. que lo fue y l nes le concedía alsi>en dicha cencio Quarto, P s lo "ble efcrupulo ra- Buja,conlo.qual no era compat cional., É “25 * Tmo, le compadece muy bigo con lo que dize la Bula, el, que fucffen Vilitadores en- contes de dichos Terceros adbue enla údad y Diocefñde Ferrara: y que la duda po: le origl- -fTe, ni por los Terceros, pt por tos dichos FrayJes y pues Do AY, Por donde ellos pud effen tener la menor razon, mi funda-. meñio de elcengulo, aviendo la dicha Bula de Inocencio, y la “Bendicion Apoftolica , con el ¿bhiéjo Jaludable de Nicolao Quarro(añín quan- do no fucTe precepto, ni equivaliefle 1el , comó equivalia) (ino quizás nacia dicha duda , 9 por ojos dezir, opolicion de-alguños Emulos dela Orden Tercera, y de dichos Erayles Menores, que li: vando m Mel que ejtos goverñallen, y de- fendicfen 1 dichos Terceros en dicba Ciudad, y Diocefi, pulieron duda, y movieron controver- fia, filo dicho les.era lícito, alegando quizás pa» ra e To(i lo que fe puedo colegir de la mifma Bu. la)que ha Bula de Inocencio » era Tolo para las partes de Lombardia donde quizas eftava enton- ces vuelto en execucion (in coúrtroverlta alguna) pero no para la Ciudad de Ferrara, ni fu Diocea fi: y algi para quitar eftos o CES que capías van los tales Emula ¿son fos d1 fas, acudieron YE Religiolos Vda Santidad de Juan XXUl. quelo declarafle, 9 que declaral- fe, que la Bula de Inocencio Quarto ,no fe rer- minaya, ni limitavaa fola la Lombardia , fino que por virtud della fe podia hazer lo milmo en Ferrara(como quizás eltava puelto en praótica; pues de la Bula no confta lo contrario , Y €£ Muy verifimil todo aquelte difcurfo)que es lo queen Cubltancia declara, 9 concede dicho Sumo Pon- tifice,ibi: Pigore lirterarum Innocentij fupradicts li. bere, (0 licita pofsint' authorit ate Apotolica tenore prifentium indulgemús » Ñ 36 Con elto tambien [e entenderá la caufa, por la qual dicho Sumo Pontifice , n2 dixo, que podian los dichos Frayles Menores de naÑe, pi controvertie Brel 1D ficult 2. Seccion $. Ferrara [er rales Vilitadóres , porqué pata férlo tenian el privilegio de Nicolao Quarto, fino por- au- afsi lo avia determinado Inocencio Quartos Visore Innocent). [nf raaits Nempe y porque el fundamento en que quizás elrrivavan losEmu Os, era, en ú dicha bula de Inocencio,erafolo paa la Lombardia,y que exceptio frmabar Regulur n= gonrariun: Jima, el miímo Bordon , fobre dicha bula, y delpues della , aunque indica lo miímo que el Padre Truxillo, es-cum formidine part:s opolitx; y con cierta reltriccion, dize,pues,ibi: Non stamen nomina? amplius Bul/am Nicolas, [ed Jo. dum Innocertij.quia forfam ex vi verberumnen cegir, cum fol confu/at , ea vero Innocenssj cogie 7 fubija cie Terriarios Minoribms donde fe ha de notar aquel forjam,y ex vi verborum y en que for mida el dezir que fea mero confejo,adbuc ex vé verbarumt Inego atenta la explicacion delmilmoSumoPát- fice,que'hizo de lu méte vebeménter cspimas yy las demás demoftraciones, que quedan referidas ar- r:ba de bendicion Apoftolica, comunicacion de oracias, y mandato, no puede tener duda dicha materia, ni dicho Bordon fe atreve á ponerlas pues folo la ciñe, vlimiita A los terminos,ex vi ver» borum, conviene d faber, de la primera Bula, y eTo aun con recelo, y formido forfam:pero nueí. tro Truxillo, lin eos reparos, ni circunloquios; etoes, lin el menor formido , ni reltriccion aleuná, echá por medio, atropella con elcrapu- Jos , y refuelve que es mero confejo , y que quedaron libres para admiririe, 9 no : pero da quedayan libres, pregunto (4 mas delo encontra alegado arriba ) por qué le defconfolavan tanto los Terseros, quepublicavan , que iguiendo con efe aditamento efta Regla, no le podian (alvar? Como lo afsienta dicho Truxillo,mm:8 .pag. 10. v que lo conrradixeron obitinadamente ? Si era Tolo confejo, y les dexava libres para no admi. tirle, con ño admitirle eltava t do ajuítado,yÍe podrian falvar: paraqué, pues, tanta in quictud ,y reliftencia tanta? No le conoce lo contradidu= rio, 0 inconfequente de la doétrina de dicho Padre; puesen la mifma contradiccion , y def. confuelo que alega de los dichos. arguye la no libertad conque quedayan para no adm jtirle ¿ero go,%c- SECCION VL 37 Bula V1.del Papa Mart Y del año 1417. «La Santidad de Martino V.por medio de lordan, Obifpo Albanenfe , fmgero al General de los Menores, y djms Miniltros , todos los Terceros , y Terceras, de qualquier grado , y condicion que fean, por la Bula , que empieraz Licét inter cartera; y es la figuiense. r Licétinter cetera Regularis Obfervantiz ¡ugum fine quo non véra , led fiña cenfetur efle Relivio precipuuntexiftát: 8: propterea ablonum fit, 8 abíurdum ,quod quis Habitu fe Religiolum O E q g foris exhibeat, 8% lupi rapacis more regulariter y ivere , regularemque difciplinam fufcipere omnind contendar. Sané pro parte diGorum Filiorum Antonij de Mafía, Generalis , de fingulorum Provincia- lium Miniltrorum, V niverforumque Pratrum Ordinis Minorum petitio nobis nuper exhibita contine- bar:
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