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A EIA Am as PA MAA A A ESSS : O A A A sE > As o... eS cra 4 ) 4 ¿A 4 . d be 3 interrmmpido la verdadera linsa delu Orden; Sed ficet, que el Pontifice Vrbano OXtavo nie- e de A ga, que aya interrumpido dicha linea en e! m* L ego afir- mo fentido en qué ellos lo añrmavan:lu ma; que en ellos fe continua fin interrampción la verdiMera lin:a de el Ordenque San Eran- cifeo fundozy por configuiente, que lon de el Ordenque fundo'San Francilco , Y fundados or él, pe : 105 Confirmale loquinto, y elpecificale mas lo dicho: Si algunoconcediere,que pe Ca- puchinosfolo psrrenecen 1 la linea de SanFran- ciíco en el fentido en quelos que condena Vr- bano Oíftavo nolo negavan , ni podian negar, ferj forgofo el que lo niegue en el donan que ellos lo negavan: y afsi que elte fugero dla mifma condenacion: Profigo:Quelos Capuchi- nos pertenezcan ¡ Ja dinea verdadera , Y nunca interrampidayde SanPrancifco, fe puedezhren- der Lo primero , que pertenezcan "d ella, no como formalmente contenidos en ella , ino 0. mo orisinalmente Íalidos de dicha linea, pero -Sormalmenre fuera della, y dando: principio a otra linea. Lo fecundo, que pertenezcan 4 ella, como formalmente contenidos en ella; Sed fic ? els ayre dos que Vrbano SiÉtavo condena,no ne- ogavan, ni rendian negar , queen el PA tido pervenecio!len los Capuchinos 4 la verda - dora linca de San: Erancifco : y afei en lolo elle Sentido lo concedian, y enel (egundo lo 'ne- gayan: luego el que (olo conccdiere, que Aa puchinos pertenezcan i la línea de San Parc co, no como formalmente contenidos ensello, lino como originariamente micidos della,y for. malmente fuera della ,folo lo concederá en el lentido en quelo concedian, v no podian negar aquellos 4 quienes V rbano Vil. condena. 106 Defuerte , que: para elcaparfe de la condenacion de Vrbano Octavo, algomas debe conceder qualquieraá los Capuchinos , se lo que aquellos negavan, y porque fueron conde- nados; Sed fic et, que el aver nacido los Capu- chinos de la Obfervancia , aquellos no podían n-garl ».ProfellarlaReglaSerafica,tampoco lo de podian negar3yen concederles laObfervancia de la Kegla,ninguna gracia les hazian. Xelta,pues,q aquellos por tanto interrumpian la linea de San Erancilco en los Capuchinos, porque los conf- tirulan en Orden diftinto del que San Braniclco fundo, negando aver fido infticuidos por el, y fueron condenados por Vrbano Odtavo: Luego caerá debaxo de la mifma condenacion qual- quiera que en el miíma fentido interramo"ere la linea verdadera de San Erancilco,pues le: ne- ari fer delOrder inftituido por el Serafico Paz scada MR oe acalo fe dixefe, que a queltos en el difcarfo queh: rian,nempz: Los Capurtirs? ao Bñevidar por San Fesncióco, 0000 ¡on del <5raen que inflituys San En 11 cifeo ¿fino del que 15 ticuyo Er. . a y Queftion: 5 dificult.2 fed. 2, Mateo de Bafo: Luego no fon de la verdadera, y rurca iterrumnpida binca de San Francifóo. No erravan en él anteedente , fino e la confequencia , y conchufion que el Póntifice condena, ln que pop ello fea vifto condenar el antecedente aun vi fuaimente. ro8 Encoñtra de efto efti: Lo primero, que aquella confsquencia es buena, como confla de lo dicho;y por configuiente,que el antecen- te , afsi como eftablece la concluñon, alsi fe «opone, y deltruye la determinacion de Vrbano Oftavo, contradicroria A dicha conciulion ¿y « afsi el que afirmare dicho antecedente, para ir configuiente, no podrá conceder,que los Capua chinos [can de la verdadera, y núnca interrum= pida linea de San Francifco, como formalmente cótenidos en élla,tino foo como originados de ella, y en lentido, en que como dico es, nolo negavan ni podían negar los condenados por Vrbano VHl.ergo,X%c. 109 — Lofegundo, porque como conftade lo dicho: Vrbano Octavo para probar lu Decre- to contrario d la conclufion que aquellos infes rian, toma antecedente oputfto al que ellos to. mavan; conviene a faber, que el principio, oriz gen , € inftitucion de los Capuchinos, fé debia contar, no de Fr.mateo de Bafo , lino de Sán Franciíco,y de la inftitucion primera de lu Re. gla 5 y de a1infiere al contrario de lo que los otrús inferian ,que los Capuchinos fon de la verdadera,8c.ergo,8c . 110 Todolo dicha confirmalo delcafo de Vique, en que el Padre Leétor de los Oblervar- tes, aviendo afirmado, que los Capuchinos fe apar- taron de fu verdáde»a Madre la Relivion Eranci/eana (queno parece pudo dezir, nientender otracos fa,que el qué los Capuchinos dexaron el Orden fundado por San Francifco , yg que no fueroh inftituidos por San Francitco) con titulo de exz plicacioñ, reformó fu dicho , diziendo : Que como los Capuchinos lalieron inmediatamente de la Obfervancia ( afsi cómo los Obfervantes falierof de los Conventuales)y luego por con= fervarfe en ellos en cl rigor de layida que em. pezarohytomo fe apartarón del govierno de dicha Obfervancia por Decietos de los Poncifi- ces (de la miíma fuerte que los Obfervantes fe apartaron del govierno de las Conventuales po r guardar el rigor dela fuya)por effo avia dicho que fe apastaron de la verdadera Madre la Relj. gion Prancifcana , mas no entendió, quelos PP.Capuchinos ayan dexado la verdadera Ma- dre la Religion Erancifcaña , como queno fean Hijos verdaderos, y legitimos fuvos, antes los tiene por tales, vit Y elta reformacion de lu dicho hizo dicho Leétor por quexa de, agravió , que Tos Capuchinos dieron al Señor Obifpo , como 2 Juez Coniffario en dicha caufa “por la Sede: Apottolica , coníinticado en' ello Padres tan” era

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