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4 los fegnaces del Padre Truxillo. 68 Relpóndo, qué dichas Patentes fon fu. ofiricias ,como Íe dixo arriba en eta yal, y. ¿clde el num,28.halta el 3 1idonde fe probd con «Jacohartada; y mas latamente tontra Truxillo, grift, 1,4if.2. Uclde cimamor.$ 181 halta cl 5325 DiCHO DEZIMO. 49 Dize lo dezimo dicho Padre Cornejo. Elte derecho privativo, vnito, con clanfula irri= rante, y excluliva de otro qualquiera que no fea el Vifitador General de la Tercera Orden, fue el que traipalso San Pio V, al General de Ja Ob. á / dh a í 1 » f . jervancia , dandole titulo de Comifiario Gene 181, y Vilitador A poltolico de dicha Otden, y extinguiendo el Obicio de VifitadorGeneralan- tiguo, y Íolos aquellos a quien el General de la ervancia huviere dado lu auroridad,pueden ylar del tal de recho; Ny Refpondo, que por dicha Bulade Pio Quínto le bolvió a fugetar el Orden Tercero, no folo al General, fino tambien a los Provins ciales del Orden de:losMenores de la Oblerván< cia,de la miíma manera que lo avian hecho otros diverlos Pontificesptedecellores a la Santidad de Pio Vi y qué alli no huvo el tralpalo que le dize del dicho derecho privativo 3 mí alli Le le dió al General de la Obfervanciá titulo de Co. millario Genérál ; fi de Viflitador Apottolico de dicha Orden, ni tales títulos,ni claufulas , ni palab as ay enla dicha Bula, como tc puede vet en ellazcon que yo no álcáfico, como el P.Cot- nejo le fupohe dichos titulosá la dicha Bula. (V erdad es, que primero le dio cflos titulos el Padre Truxillo; hum.73.pag:33. peroo Pio V: en la dicha Bula.)V ealo el que guitare en el Bu- lario de Rodrigue z, Búla 36:06 dichoPontifice, paz mibi 970. y v6 afeio dicho fupra » gusft.t. dificule. 2.4 numer. 554 ad 559: UT 4 humeró 510, ad $13. y en otras partes contra Trus /lo. DICHO ONZE. »1 Dizélo vndezimo dicho Padre Cot nejo; No ¡gnoro la pretenfion que tienend efte derecho los Reverendos Padres Capuchinos; pero veo [us Alegatos debiles, y de ningun Vá- lor mieñtras (0 'moñitraren alguna Bula elpe- cial, que tengá leg itimamente obtenida para elle efeéto. Las que eitan de Vrbano Oftayo , Cle- mente Sé ptimoa, y Paulo Tercero, ta das conipi- ran en vna verdad, que confefiamos RI y es, que lon yerdaderos,y legiumosi p es a nores, y que como tales gozán de pooR OS S vilegios ,indúltos , y gracias concedidas 9 14 Religion dé log Menores 5 perocl dar, Y poder dar Habitos de lá Tercera Orden, no a priv ile- gio dedicha Orden , fiño derecho elpecial , y privativo del General dé la Oblervancia , en 609 quanto Vifitador Apillolico de la Orden Tere ecra, ' RESPVESTAS. 72 Reflpondo lo primero , qué los Capiña chinos, tienes ¿no folamente vna bula, lino dos elpetiales; quales lon la de Clemente Nono y q la de Clemente X. tantas vezes referidas en eta obra, con que cella eleargumento.;. y: la ong trovéría, 73. Refpondo lo fegundo,.que para todo lo que alta aquí ha alegado el Padre Cornejo, nó on necellartas mas Bulas,que las q el mifmño Pas dre refiore de Vrbano Octavo; Clemente Sépti- m0,y Paulo HH, lo qual pruebo con el fylopilmo figuiente; 74 Los Frayles Obfervantes pueden dar el Habito de la Tercera Ordena los: Seculares : por ler Eraylés Menores, Nofotros los Capuchi. ¿ f Ñ NOS. lomos Frayles Menores , y gozamos tOs y es F A e dos los privilegios luyos; luego. tambien delte de dar ej Habito á los Seculares. 26 j 7 Efta confequencia es legitima en bués na Logicás La menor , la confiefía. llanamente el Padre Cornejo, porque en ella verdad confpi- fan las dichas tres Bulas: y la mayor la patroti- nan ,y eftablecen el derecho Natural manififto: Las concefsionePontifias expreffas, Jas declá- taciones de Jos Sumos Pontifices , las decifios hes Rorales,y la razon natural, como todo cól. ta abundantemente delta obra, /mo, por la mayor, eftin el derecho de Cof tumbre, el derecho de Comunicacion , el lentir del Gencral, y Provinciales de los Reynosde Caltilla,y Leon,de lá Orden de la Obfervancia, Portel, Diaz, Lentufca, y quántos Autores han elcrito de la Obferváncia hafta 40ra ( pues 1 Jo menos conceden eltos vitimos derechos á los Menores;-y no pueden negar el natural, y ique vno, ú otro ayan negado el Pofitivo 4 la Regu- lar Obfervancia) lo miímo fuponen comuntnen. te,no'folo los Doítores lino tambienlos Sumós Pontifices, fegun Lezana, tom. 2. Cap. 14. numa? 8. pag.466.Sylveira, en lus Opulculos , refolur. 38. queft.3 pagin363./mozcho es, hofolo Jo que ha practicado la Obfervancia , fino tambien lo que ha pretendido ñemipre,lo qué ha pleyteaá do con todas fus fuercas contra los TercerosRe- gulates, y lo queha exccutoriado por la Rota. 76 Todo efto es lo que alegan los Cápué chinos , por la mayor(que es la que folo niega el PadreCornejo)y efto es loque yo dexo abun< dantemente probado en toda eltá obra; Y lo que alega el Padre Cornejo Conrra la dicha mayots ho es cofa alguna buena , ni mala 3 pues no tr36 fundaíñento alguno contra ella, y li niega dicha mayor, es folo por la áutoridad del Padré Tru- ñ xillo, (aunque fin nombrárle ) O posque efte s Oir aconfeja a los Padres Oblervantes que lo hagan aísí, AA AA o Ñ
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