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2. E a e má - e > > us + EN A a A de mn E ao re nd Sa: En ps z pa ” poa HE ze Pa: A E > E e E ox A ”-. AAA EA e E A e $94 y por configuiente,que le agr adam mas los pley- tos ( que ay genios tanbors afcolos ¿ que fe co- men las manos tras ellos ) pues fepas, fino lo Í4- be, que los pleytos (on agotes duriísimos de los hombres, perniciolos la Republica ( y mas 3la Religiofa) por las inquietudes que caufan,y que por efía caufa convienen ambos Derechos , en ue deben obviarfe quanto le: pueda, capa fineli- sibus, de dolo, Y -contimacia Jleg.terminato, C.de fru- Eib.ó licium expenfo Y Por ello tambien canta No Madre la Iglefiá todos los dias á la hora de fex- ta; Extingue flammas lirium. Y eh orra parte: Dis folve biris vincula airinge pacói federas ze Y digame tambien por vida fuya dicho Padre Truxillo, tan bien. les haido con femejantes pleytos a algunos (ugetos de (u mefmo Habito,0 tan bien han falido de ellos quando las han mo- vido,que tanto le agradan? Pues fepa,fi no lo fa- be,que enáguantos pleytos han movido algunos de lu profefsion fobre los Terceros Seculares, nunca han confeguido lo que pretendiansy para que lo vea , quiero hazerle vn breve relumen de los que teñigo noticia defde que fe inftivuyo lu Sagrada Religion y es como fe figues PLEFTOS DE ALGUNOS PADRES Terceros fobreel derecho dé dar el Eabitos 177 Eluñode 152 ¡fue inftituido, y apros bado por Leon Dezimo el Religiofifsimo Ter= cero Orden de Regulares, fegun la Sagrada Ro- ta , en la decihioñ tercera, mumer. Y 1. Y en la dez cifion primera, mumers 2. lasquales Rotas fe elz tenderán 4! fin de elte Libro. 178 Elaño 1526. Jes concedió el Papá Clemente Septimo la Bula,que empicsa: Ad vbe- res fruébni, que es la que cita d cada palo el Pas dre Truxillo ¿ y en ella el privilegio que fe contiene en aquellas palabras : Er ip/e /olus, Ó son alins., dre. Veanfe dichas :claufulas enteras, arriba en lá guefl. 1. dif. 2. num. 442.) 443. pag: 479-y la tal Bula fe hallará en el Bulario de Bor.» don, Bula 212. pag.397: y en el Bulario de Ro. driguez, Bula 5. de dicho Sumo Ponrtifice, pag. 63. E e Con pretexto de la dicha Bula,y clau- fulas , el Vifitador General del Tercero Order (que lo era entonces el Reverendifsimo Padre Fray Antonio de Tablada) prelumiendo que le debájurifdicion privativa, con excluñon de to dos los demis (aunque fuelfen 4dónó los Frayles Menores del Primero Orden dé San Erancifco ) por aquel ip/? folus , Í ron alivi , y ue a el folo privativanicrite le tocava el govierno del Order Tercero pretendió perturba 3 10h Frayles Me- nores de la Obferváncia; y fejadto de ello mu- «chas vezes, v queJes avia de impedir , y pertur- bar) la poffefsion, y derechos en que fe hallavan de governar fus Terceros;por lo quál el Rmo.P. General , y los Provinciales de lus Reynos de Quaftion y. Sati fut. Infant, +3. Leon, y Caltilla,de la Orden de la Obfervaneia, acudieron por el debido remedio da Santidad de Paulo IH1.el qual en la Buia, Ue cmpuro ¡Eo pon nebis,cxpedida en Roma en 14.de bey Ma brede 1537. €en los num. 4. y $. declaro nu 14 verifimil,que la intencion de Clemente Vd) lyue viefle fido: perjudicar en tofa algunalos derea chosde los Frayles Menores, y que alsi debian entenderfé las dichas letras, de mudo que no tha -gendraflen perjuizio alguno 4 los derechosde los dichos Frayles Menores, Veafe la di de Paulo II, eftendida arriba, 9uefl. 1 pst 8inum.6 1.y veafe lo dicho fobre ella 4 pum. le halta 508. de dicha queñion, y dificultad, y 28 otras múchas partes. R 180 Dicha Bula de Clemente V 11.44 vberre fritins, revocó delpues emeramente eh lo e te á dicho punto , laSantidad de Pio V, pof la Bula, que empieza : Eaefl Officij soflri, expedida en 15. de julio, elaño de 1568, privando per» peruamente á la Religion de los Padre Tora de poder tener Miniítro , Vicario , d Vifitado General de dicho Tercero Orden , porlo m 1 que le portaron ch dicho minifterio eri daño de fu Religion el tierápo que le tuvieron , como fe exprefla en la dicha Bulá, -la qual le hallará en Bordon , Bula 233. pag. 500. y en el Bulario de Rodriguez, Bula 36 «de dicko Pio Pr pag. vribi 970 y veale la claufula principal delá dicha Bula y lo que fobre ella (e dize arriba en lá guaft. 1 dif. 2.num.507, y delde el mm.510.4d 51 3 y desde clnum.556.ad 559. y en la gueft.2. dif. $. delde el». pa. 51 oy en otras partes delta obra; 184 Veanfe tambien Otras ue ali los Padres Terceros (y de que En £ pues para divetflos pleytos) del Rmo, P.Ff j po del Hjerró, General de la Obfervancia del uo de 16 p2, confirmadas por la Santidad de Paulo V.cl año 1613.y lo que fobre ellas fe dize, faprá q. 1<dif.z «delde elh.s29.hafta el $40:y én 14 MT diia elm:1 10.hrafta el 4 16 de 182 Elañode 1628. pul Padres Penitentes de lá Corta 0. 2 los Capuchinos (obre el derecho de dar di nos Habitos: y el Enñinentifsimo Cardeña! de Ln E ra,dió fentencia i favor de los Capuchinos E 13. de Agolto de 162 9.acerca de lo qual le. : lo dicho arriba,quel?.2.dif.2 muih ro 4 183 Elañode 1620. los : : Regulares de nueftro Padre PR Ciudad de Lisboa,pufieron pleyto 414 Saerad Y, ps Religion de los PP. Carmelitas 4] * 0s, lobre que no podian dar Habitos de Torcen ros Carmelitaños,ni inftituir Orden Tercero de Monte Carmelo : pulieron dicho pleyto 4 Í Moftrifsimo feñor Colector Apoltotico pe ; go T ramiallo 5 y aviendo los Juezes leña 10%, examinado profundifsimamente la Ha la, y viítos los alegatos por vna , y otra sae, Ís pronuncia fentencia Apoftolica en juyalo cos

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