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Al Notable s.del Padre Truxillo. 9 Relpondo,pues,que los Padres Capu- chinos tienen para dar dicho Habito , no vna, lino muchas Bulas , quales lon la de Inotencio Quarto: Vota devororum: la deNicolao Quarto: Super Montem. Otra de Nicoláo Quarto : Vnigez migas, La de Bonifacio Oétavo: Devorionis vefiras La de Juan XX111. Cum de privilegijs. La de Mars tino Quinto: Licer inter catera.La ae Sixto Quare 10: Romani Pontifices; las quales quedati eltendia das/upra,queft.s .dific.2 . delde el nm. 2. pues por virtud de la-de Clemente Septimo: Religionis2e- los, fan tan proprias de los Capuchinos todas las dichas Bulas , como fi i ellos fe huvielle he- cho de primera inftancia la concelsion 3 por lo qual fe puede dezir dicha concefsion multipli= eacion numerica de vn-miímo privilegio, como coníta de lo dicho,fup.quelt:2. dif.2. en la prue= ba de la menor,por toda ella, defde el num. 47. y elpecialmente delde el mum. 32. Veaníe tam- bien en dichadificultad fegunda otrás muchas Bulas, por las quales tienen derecho los Capúz chinos para dar el dicho Hábito; veafe,digo,to- da la dicha dificultad, w fe conocerá fer fallo lo que dicho Padre Truxillo dize en dicho sume A . e pol Y además de elfo tienen auroridad los Capuchinos para dar dichoHabito por otros muchos titulos; que fon, por el Derecho Natu- sal ¿por el derecho de comunicacion , y porel derecho de conftumbre, como todo confta cori evidencia delo dicho,y alegado en dicha quelt, 2. por toda ella, INSTANCIA 1V. 11 Dizelo quarto enel mm. 76. fol.34. Pero fi queremos faber que es lo que contienen dichas Bulas (conviene 4 [aber : Religionis zelus, y Exponi nobisjrelponde el Pádre Totrecilla, tract, 1ediiicult.3.num.8 1. y 82. que ámbas 4 dos contienen vna general comunicacion de todos los privilegios de los Padres Obfetvantes, hecha por elfos dos Pontifices A los Padres Capuchi- pos; porque en ella comunicacion funda todo el derecho que voluntariamente presende introdú= gir, diziendo, que fu Religion lo tiene para das dicho Habito ¿Jos Seculáres, y eftrivando eri vna propoficion falía, que no tiene fundamanto pretende eltablecer efte difcurlo: LasFrayles Me- nores rienen privilegio de la Sede Apofolica(cíta es lá propolicion falla) concedido por Nicolao Quarto , 5 por otros Pontifices, para dar el Fabito A los Secula- res; dos Capachinos for verdaderos Frayles Ménores, Segun las Bulas de Clemente Seprimo , y Paulo A ro: luego gozan tambien delle de poder dar el se io 4 las Seculares. Todo lo qual infinua fer aísi en el trat,1. dificultad 1. mumer. 2. y numer. 43. y 47. y portoda la dificultad 7. de el miímo tra= do. 3 12 Proligue en el mum+77+Más el defec. P 571 to defte difcurfo ya queda defcubierto en el Nos table primero, en elqual dixe, que Nicola6 ¡V. no dió tal privilegio á los Frayles: Menores ,ni lo tienen de otro hingun Pontifices ni ay Bula a/guna que lo conceda 3 los Cápuehinos;pues las dos que ños propone el Padre Tor recilla, no fon de ningun valor para ello; porque li fon toncen didas para que gozen, y participen de todos los privilegios de los Frayles Menotes, no teniendo eltos privilegio para dar dicho Habito ,tomolo han de corítunicar? ; 13 — Refpondolo primero, que dicho Páz dre Truxillo no prueba, ni ha probado cn todo lu tratado , que dicha mayor (lea fa'(a Hi lo po- drá probar, porque es falísísimo que lo fea,y que mon Jufficie dicere, fed oportet prabare:y que lo ton- trariotengo yo evidentemente probado en la queltion primera, dificultad fegunda, por toda ella : y en quantoál, defecto que dize dexa def. cubierto en todo el Notable primiero , remito al euriofo LeZGor a que vea lo alegado contra dia cho Notable, en dicha dific.2. defdeel hum. $ halta el 19; y deíde-el numer.21. háfáel 25. | defdeel num.3o,halta el 36. inclufiva : y delde el num.g2.haíta el 124.y conocera quien es el defetuolo, y el que pretende voluntariamente: verd alsimifmo las imipolturas que haze dicho Truxillo 4 las Bulas,y la finicltra inteligencia de ellas,y vera claramente , y con evidencia quien convence. 14. *Refpondo lofegundo,que todó el dia cho difcurío que tefiere el Padre Truxillo , el táevidentemente probado, fuprá , queltion fe- gunda , dificultad fegunda”, delde el numero treinta halta el fefenta y tres , como fe puede veralli. INSTANCIA V, 1$ Dize lo quirito eñel milmo mum.773 fol.34.pag.z. Y que fuera. de dichas Bulas no aya otra alguna que les conceda elle derecho, es clarifsimo, porque para obtenerla era necella. rio informar al Pontifice que la huvieTe de con- ceder, del privilegio, que (aun antes que fe infti.. tuyeffe la Familia de los Capuchinos) tenia pará dar dicho Habito 4 los Seculares¿el Vilitador General delte Orden Tercero, por lá Bula cita- da en el num. 54. (que es La de Clemente V11.que em- piega: Ad uberes fructas)y de que oy goza el Re- verendifsimo General de la Obfervaricia ¿ por» que no haziendo dichió informe , fetia futepti- cio el privilegio quefe alcáncafle en la Bula qué fuponemos 5 y hecho , no feria facil, que nid- gun Pontifice la concediefle conftándole de lo dicho. Y dado que alguno quifie/fe 2x motu pro- prio,Ó es plenieadine poreftatis, hazer elte favor 1 los Padres Capuchinos, el Padre Tótrecilá tú- viera noticia dello, y nos citará, y propufierala tal Bula (1 la huvicra , para eltablecer lo que tan anfio, Pu,
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