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Elucid.<cion al Breve de Clem. XX. a á .* . oe O! Dan 6 ls y ” + Ñ En de prrov 1 6.cap. Sy Lomas 16.5%. deregu!.8 .Chancelisr,$ .7.procmiclocunz. 127.129 A bDurino de iure A ari tom. 1. a l 2.10, qm t.Ó, mun. 62. Lerana de Semma , ter danfala nar. ka Tufcho li t, Í , , 20: 1lal , eg. Art Pra Sor, £ «detere inrand. y otros muchos, Luego atruna cola tebeo obrar aque abras : Cum omuides ¡7 fifguiis dm fer prura contentós , y aquellas contenidasen.a tura: Et sibúus aílenus gauder. confuevirant. Luego por iicha confire mación Íc f s derechos de que hafta ¿ora(ide(t haíta la dita de dicho Brevejhan acof. tumbrado gozar los Capuchinos , alias eltariah fupcrluas a gunas de las referidas palabras,y ef tarian puetias alli impertinentemente; lo qual no puede dezirfe 216 Y lotercero,porque efta claulula:Om- mia, Ju ona ELITE fue rca de individua , y clpe= cial expre! iunz juego tiene fuerca de fuyo para que en la d (poficic a vengan f:mal tadas las coa las, y fejuzauen fimgulariter compreh: ndidas: Inego la diéha claufuja comprehende totalmen= te, fin limitacion alguna de parte de la matería intrinfeca ,todas las colas contenidas en la tal difoolicion,como bien el doéto Padre Er, Luis deja Concepcion, en lu examen, d poreftate Reguls com. 3.lib.1 .erab?.2.declanfulis, clamf» 25. pago mibó 44- Y la razon quedi es: Quia de ratieno maseria elos per fe loguendo efi vt wir prasermsjun cenfeA » eur. Y lo mifmo tiene ja rmbls;el mo menos doétd Lezana in Sum. .verb.Ciam/sla num. 69. pues dize, que la claufula fuper vtmmes 05 [ón simportat /pe: eificarionem [pecialem, at fromues 1. 5n2d:03240 rompa narentur: y cita A Tuchio por cíte fentir, Proligo3Sed fic eft,que vna de las colas que fe cohtienen en la eferiturá que fe confirma por nacítro Breye,cums omnibus, fingulis, es, que los Capuchinos den el dicho Hábito, y que le dén fegun los dereehos de que han acoíftumbrado gozar hafta aquel tiempo 3 y eftos derechos lon los alegados en toda aquelta queltion , y los que alegaron en el pleyto con los Padres Terecros R egulares los Capuchiños , como coníta del'di- cho pleyto,y lo refiere el Padre Fr. Ama leo de Bayona, Procurador Deputado por la Keligion de los Capuchinos para feguir dicho pleyto, en el Quadernillo Latino,en que refiere todo lo fu- cedido en el; y lo mifmo refiere el Quaderniilo imprello en lengua Francefa ; aprobado por la Sorbona en 13.de Noviembre de 1675.0 im- presfo en Paris con la autoridad de la Reinie : y que elta claufula fccondars dura , comprehenda tambien la coftumbre, y eftátutos , lo tienen Pr, Luis delaConcepcion,tom. 3.libs1 .tradt.2.clamf 19.Menchac. q.frequent.cap.3. numa Jn Ber: nard.Grevé ad prat,Camer.Imoerial.lib,t. concluf. 36. mumer. 2. Cr- go, $e. CA Conful: Town. A: $55 CONCLYVSION- 1v, ! 217 Digolo quarto,quela Santidad deCle, mente Dezimo por el fobredicho decreto decias ra,que los Capuchinos ( y lo-miímo de drs Terceros) puedendár e: Habito., y admitit á la Tercera Orden de San Era ctilco 4 las pera lonas Seculares de entrambos fese :v que dicho breve es declarativo de dicho derecho. «Li Cu 1 , $ Pas 218 — Prucbafe efta conclulion : | porque el Sumo Pont Soc en dicho ¿rey e no foa lo confirma el que los Capuchin spucdan dar el dicho Habito de la Terecia O: len,fegun los den rechós que han acoltumbrado'vo7ar halta aora; Íino que tambien lo aprucba, ibi: dur sorttate Apis Jiolica tenore pra/entinm cor firinamas, Sed fic et, que la dicha torobac vale, y es lo miímo que declar dezir,es vn Apoftolico teltimonis ¿ con que lé declara la facutad de los dichos prra lo dicho? aísi como la aprobacion de la ( ) prímeroy 7 approbamasa 1, HUENa y, equi. ¡ciom,9 por mejor ciencia, e ido. neidad en materia de ciencia para confellar, no es otra cofa que yna declaracion de lo dicho , y eílo fucna,y ñgnifica la palabra aprobacion, como lo tiene la comun de Theologos,que la difine af. 11: Aprobario ell aurbeniicum ceflimentum, que aliomit Sucerdos babilis, 7 ¿doncus ad excivienda s confe/sios nes aeclaratur, Afsi la difine Caítra Palao tom, 4 érait.23.difp, unio. punél. 17. s $.L. mum. 1.Y dize, quelo meímo tiene conta comun fentencia dé los Doétnres y Suarez Coninch , Sc.) 110 Lo fegundo, porque aísi lo confefaron losPadres Terceros 4 favar de los Capuchinos, d quienes dvianmovido pley to Sobre dicho: de- techo,y feguidole por muchos años;y lo mefmo confeffaron tos Capuchinos 2 favor de los dis chos Padros Te.coros; Sed ficeft, que la confefa lion que el a%or haze 1 fivor de la parte ¿ontra quien ¡itiga;y la que haze qualquiera contra 1i,es jor decla. ra el derecho dela ta! parte 4 enya favor le haze, ex caps Per rat, de prob.cap.Si canrio,de fide in iru ¿ ¿Com 1e,C. de prob./ Teneraliter,[ de von nuse. pe- Vazquez ) Layman; Y Otros, que cita: crgo dimiler, la mejor probiga de todas, y. la que me cmd Cunt a mátre ,C.de rei vixdié.Rora Kom.apud Farinac.decif.436.00m.2 tom. 1.pare ra Menos chio conf.21.num.14.8 de interdióte remed. £, recup. pofleff, A num, 217, Tuftho litr, €; cona clul.645. Sylv.conf.62.nuní. 1 .«Amion.Monach. decif. Bonon.3 1, num.8. $ decif. 35: um, 25. Maícard.de probation.concluf, 1 126. 1um.4. y, otros muchos :ergo,$e, 210 La confequeneía es baena : la menor coníta de los decretos , y del cómunifs! =05 fens tir de losDodores: y la mayor fe pracba. ¿mu chas maneras.Lo primer porque el averfe ¿ont venido las partes en que afsi los Capuchinos , como lo PadresTerceros pueden der elédabico de la Tercer O r- Asa den 7 ys E a yá METAS DRY Pp de
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