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Objeciones contra los Menores. $39 ao fe debe entender de otro modo ,ni juzgar que comprehende tra cola, fino la excepcion le fas Bizzochas , contenidas en el Decreto de « C elaño de mil feifcientos y diez y leis , y pedia da por el Memorial de el año de 1653. pues el eto, y naturaleza de los correlativos , es; aque el vnono le extienda mas que cl otro ¿ Le- hatars crónm limitatar ) T deliringitar ad ¿lud tan= vis gued in Relata coniimetar + 0 non amp des y como lo tiene Jofeph de Sefse de Aragon, de= ciñon 125. numer.4). y decilion 187. numets rro. y comuumentie los Doétores , apud Bar. bofam ,diót. a01 rum.s.y le infiere de la ley Si prior $ fotut.mar má Ademas, que de los correlativos, le debe hazer, y haze vo mifmojuyzio , y vna doctri- na mifma ¿y lo d [pue ¿to en vno le trae, y de- be traer 2! otro.ex lez. final C.de indicta vid». tol lend. 1. in. ff. de acceprolo leg. 1. Cod, de empre). lor. 11. leg. Siquis:fervo , Cod. de furt. dig. 1. Coa. de trenfadt. y de otras. Sanchez , de matrimon; libr. 1.4 (put. $4.DUM, 1.Y lib.6.difp. 19.num; 1o.Everardo.intopic. Jegál. loco 1 correlativisy y la comun deDoétores ¿ fegun dicho Barbofa j ; IM axromatc 6 Li 140 Luego de primo ad vlrimam ,dado;y no concedido, que dicnos Decretos , y Breve, fean validos ( de que pofica) lolo exceptuan a los Capuchinos de ta direccion de las mugered Terceras , atie le llaman Bizzochas , elpecili- cadas en el Decreto exceptivo de el año de mil foifcientos v diez y felis; pero no de los hombres , ni de las otras Terceras Seculares; de las quales no fe trata en dicho Decreto,par las razones alegadas., ideft, porque los Padres Penitentes ¿ folo pidieron en lu Memoríal con. firmacion de la excepcion de el año de mil fejf- elentos y dicz y Ícis, y potque lo: demás rel= eriptospolleriores , fon correjativos 3 ette De-= creto , y 4 elle Memorial ; luego no deben els tenderíe 4 mias de lo que fe c ntiene en los dichos, fino reftringirfe, y limitarle a la EXCcp» cion á que le refiereni ergo,$c. RESPVESTA Il. 141 Refpondo lo fegundo , que dichos Decretos ¿ y Breve, fon fubrepticios , y ab= repticios , y por configuiente nulos : Elta rel- puefta no fe puede probar mejor , que manifeí= tando los vicios de fubrepcion , Y obrepcion; que intervinieton en la impetracion de dichos refcriptos,para lo qual es mencílter hazer antes algunas fupoficioness ; 142 Supongo lo primero , que la obs repcion fe defcribe afsiz Obreprio fis per narratio nem falg , ant per plexam ñarrarionem veri y idelt, es aquella que fe comete por narración de la fallo , g por equivoca narración de Jo verda. dero , y la lubrepcion alsi :-Smbreprio fis per beticensiat verá 5 ¡dcft,, es aquella que le con mee porámp chon de la verdods Afsi lo ties he cOn la comun de ys Canoniltas , Ea:boía, im Colieót. im 1. Dicrer. as rejeripois , sirul. 3. capo Super sirerás 20. namer A. GUNGUE OLTOS C:ZeDy que lan fynonomos d chos rembies ;: y de igual eficacia para viciar losrelcriptos4 por lo qual lón de fentir , que le dizen ind+ferentes mente obrepticios , OÍpbrept cios , hicmpre que le imp tran malemente , osa lea por nariación de io fallo, ora por callar la verdad que fe debia explicar. Aísí lo tiene con Decio, Réa bufo ,Menochio , y otros muchos. Sanchez, de matrimcnio , libri $. diíput.s 21. nume- 10 2, 143 — Supongolo fegundo , que elaño de mil feiícientos y cinguenta y tres ; por par= te de les. Padres Pe itentes fe prefentó vn Memorial a la Sagrada Congregación de el Cencilio Tiidentino , porel qual le obtuvies ron dichos Decretos, y Breve, referidos en MObjeccion ,el qual Memorial fue del tenor figuienté: MEMORIAL: Eminesri/simi, Ó* Reverendi/simi Domini. 144 Olim die 20. Decembris anni 1616. ad inflantiam EF. Parientinm Terti Orainis Sano ¿li Eranciici emanavie Decrernin ab hac Sartia Con- Bregarione bis reriminis ; Snperioribus Keguíari. bus fufhcienti faculzare ad id ¿$. Sede Apofto. lica luffultis (exceptis Capuccinis) licere mu- lieresad huiuímodi Hab'tum recipere ¿ atque ad ipfos eas veftiendi Officium pertinere : Pes rien guia contra tenorem praecióli Decreri son folum teripiune Capnccini ad dibinm Eabicum , fed an- rborirate cuiv/darn EpiJceps fren, asilos Eratres Tertij Ordinis , ve ad buimfmodi Habitusn recipiant, impedir preteridunt , in Gaília , prsfertim in Pron Uincia Normanja. ldeo pro boño patis , ditligue De- cretó executione , Ó adremovinda [canñala inde procedenria Fr. Romanus Conflantienfis , añéti Tego ij Ordinis in Cutie Romana Procvraror veliraj rogar fupplicirer Eminertias vi confrmationem reguifiram pradiéii Decreri concedere dignertur, OC. 145 Efto fupuelto , folo refla probar ler obrepticios,y fubreGticios dichos Decretos y Breve , obtenidos en virtud de dicho Memo: rial ,lo qual ya hago, manifeltando los yi. cios de obrepcion, y fubrepcion,que intervinieron en la nar- rativya del, RKOXO VI- | | | |
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