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/ a $ co , 4 pag.6 4. e múm:9. Relpuelta quinta por toda ella , que fue a la lerra como fe figue. 139. Reípondo lo 5.que lo que yo digo acer- ca de la Conititucion Vrbana ( y lo milmo de la de Clemente VII. ) es , que adówe en aquellas clau- fulas en que dá, 0 quita jurildicion ; y que por coniiguiente vía en ellas de la Porettad Pontificia, es perlonal , y no real, y por coníiguiente , que elpira por la muerte del concedente. Elta relolu- cion tienen muchos Doétores:,. que yo citava en mitomo, num.17. y le prueba de las reglas , que comunmente alsignan los Doétores, para cono» cer quando las delegaciones Pontificias , ora lean en matrccia de jufticia , ora de gracia, elpiren por la muerte del concedente re integra , y de la melma Conttitucion Vrbana, 140 Probaturinguam; porque la poteltad de- legada en materia de jurifdicion ( y lo miímo es de la ablation de ella, ob paritatem rationis ) quan do el Papala haze en nombre de la perlona , y noen nombre de la dignidad , en tal cafo la tal gracia , 0 la ral poreítad delegada ,es perlonal, y elpira con la muerte del concedente re integra, CO» mo con todos los Doétafies lo riene Miranda tom, 2. quejt 43. articul.x. cómeluf.2. y Sanchez de Ma- trim,lib.S. difput. 28.num.30. 40.) 44 y CM OLLOS, dondeaquile remite: Sed fre ef?, que quando Vr- bano VIII. delega lu jurildicion a los Confellores, para que puedan abíolver 4 qualelquiera que to- man la Bula adhuc de los pecados relervados, y le laquita , 9 coharta tefpecto de los Regulares , en orden á ablolverlos de los relervados por lus Pre- lados ; 'habla-en+nombre de la perlona,y no en nombre de la dignidad ; luego la tal poteltad de- legada , y' ablacion, 9 cohartacion de ella, ferá períonal, y no real, y por configuiente elpirará con la méerte del dicho Vrbano , y lo miímo digo de Clemente VUI. 141 La menor en que puede eftár la dificul.. tad le prueba aísi. Lo primero, , porque quando la gracia , o delegacion [e haze , legun el placito, voluntad , 0 mente del concedente , fe tiene por hecha en nombre de la períona, y entonces le tiene por hecha en nombre de la dignidad , ú ofi» cio , quando fe concede ad beneplacitum Sedis Apo- Police , fon Romania Pontificis, como lo tienen di- chos Miranda, y Sanchez, con la comun, y lo dán por regla general, y cierta : Sed: fte ef? , que Cle- mente , y Vrbano VIH. expreflamente en lus Bu. las, hablan de fu placito , mente , € intencion,ibi: Jeduoltre intentionis fus/]e , Cr efJe , quod idem Era- Fres, 7 Moniales , quantum ad Sacramentum Peni- tentie , feu Confefsionis- adminiflrationem , Ordinariz difpofitioni fuorum Prelatornm , G* Sédi Apoftolice, d Jibi refervata , fubserti fiat , donde le deben notar aquellas claululas: Sed m0/tre intentionis fuif- Je, 9 efe ¿en que hablan dichos Pontifices , de lu placico, voluntad , mente , e intencion ( que todo -€s vno)lucgo dichosPonrifices hablan alli ennom- ¿bre de tus perfonas, y no en nombre de la digniz ¿3% Nuinero YX. $9 dad : luego fe exringuen con lu muerte;y larazon es, porque la voluntad , mente , e intencion de la perlona , perece con la muerte de ella. 142 Confírmatur : Si Vrbano VUL. huviera dicho ad beneplacitum no/frum , feu ad mentor no- Jiram , feu ad intentionem no/tram, feria la tal graciay y dilpoficion hecha nomine perfone y 27 non aomine dignitatis , como lo tiene por verdaderiísimo di- cho Sancheznum., 50. y lo prueba; porque aísi di- ze que coníta de la razon que (e da, in cap, Sigra- tiose , de referiptc in 6. 1bi: Per obitum , per quem ip= Jus beneplacitam omnino extinguitnr , y Cita por di- cho (entir ala Glolla ,á Franco, á Dominico, y 4 Covarrubias , que dize , que la fentencia opuelta esfalía : Sed fhc ef? ¿que eslomiímo dezit : 4d be= neplacitum nojtrum , fem ad intentiouem no/tram , en aculativo , que 1 dixelle en genitivo : Sed m0/fri placiti fuif]e y (7 effe , feu ¿fodnoftre intentionis fifa Jes0 effes porque el eltar en aculativo , governa= do de la propolicion 44, d eltáar en genitivo, por= que lo pide aísi la oracion , no varia la fubítancia, aunque varia el calo , como de fuyo es claro; Er- go,óc. ; 143 Pruebafe lo legundo: porque quando el dilponente , O delegante exprella fimul en lu relcripto el nombre de la dignidad, y de la perto- sa , le entiende (er perlonal, y mo.real la ral dile policion , o delegacion, como hablando del dele- gado , lo tiene la comun fentencia de los Docto. res , y lo pruebart, ex cap. Mandato, ón fín. de pra» bend. in 6. cap. fe quis iafto , in principa: de. elebt.in 6, O ex leg. quoties , fo de vfufenita. Y hablando del delegante , d dilponente , lo tienen Franco, in cap. cum aliguibus, num.4.de refcript. in 6.y comunmen. te los Doétores, Y añade dicho Franco , que aísi fe fuele hazer cáda dia en las comisiones que [e dán a los Ordinarios : y aísi dize , que enel prin» cipio de las letras , luele poneríe en efta forma: Clemens Epifcopus , donde el nombre, proprio (e prepone al de la dignidad : y que delpuesfuele añadirle: Nobis fupplicari fecerunt,y En la comision aísi : Nos igitur huiu/mudi fuvplicationibus inclinati, O*e. Todas las quales palabras denotan, que la comilsion le haze en nombre de la perfona, por= que los pronombres Nos, (7 vos, proferidos fimpli- eiter,por la perlona conftiruida en dignidad en cas lo de duda , antes le refieren á la perlona, que a la dignidad , y lo miímo enfeñan , coligiendolo , ex cap. licterás , de referiptis, Ancharrano , Barbacio, Deciano , y Barboía , y lo miímo Abad , cap. Relan tum,nam.3 .de offhic.delegat.O* cap. licet vndigueznumn, 7. eod.tit. donde dize, que en calo de duda fe de. be prefumir , que antes quiío el Pontifice exprimir el nombre dela períona , que el de la dignidad. Dedondees ( dize el dicho ) que oy comunmen= te, el Pontífice premire el nombre proprio, di- ziendo : Martinus Epifcopas, y Covarrubias , praé?. queft. cap.14 num. 2. 40 fine, dize , que nunca le juzga hecha la delegacion en nombre de la digni- dad , para que no elpice con la muerte del dele gan-

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