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ETE ES 23 wezes no. porque fea ablolutamentg necefla- rio , Íino para mayor leguridad ; de aqui forma el Pádre Olmo vn argumento 4d beminem CONn- tra mi, eo orden 4 las Conftituciones de Cle- mente VIM. Paulo Y. y Vrbano VIILy le latisfa- ceaclápay.6 13.4 mum.640.4d 643. "Ticulos,y Proemio de la Bula de la Cruzada? pagin. 582.4 num, 1204.4d » 206.¡uclufíve,y pagin:5 95. vam.1 503. El Proemio denota la cauía final? pagiv. 582. wum, 1aozaweante cambien los figuientes. Tres colas dize el Padre Olmo acerca del Proe- mio, bien dignas de eltrañeza ? 4 pagin.6 19.4 mum. 1611.4d 16172 Probanca. Probare oportet , dicere non fuficir ? pag,41. 1.10: De lo que no fe prueba , no hazen calo los Dere- chos., ni los Doétores; y la ral próbanca:; ha de fer de neceísidad concluyente, porque la dudo- la,e incierta no releva al probante ? pagín.123» um 6619 662.ppagin.3 10,M4m.44b. Non probar hoc elle , quod ab hoc contingit ab ellerpagin.123 uum.664y los das figuientes, La abundancia no daña, aun quando ella baítante- mente probado lo que le pretende , y 4 ningu- no le eftá prohibido víar de muchos remedios; y defentas? pag.369. 4 num. 895 ad 898. incl» pois. ) E Wide alia? verb: Ador; Tefligos , y Teffimonso auten= Rich 2" Probibicion,Pronombres , y Prome/Jas. Las prohibiciones penales ho le han de eltender á otros calos , fuera de los expreflados en ellas? -pagin.5 4- num.gS. Los Pronombres : Nobis: Nos : Nofire ¿ y otros; (on pesfonalilsimos2pag. 59. 4 vum.141.4d 149. y allí otras colas. ] Segun Franco,ton otros, los Pronoftibres : Nos,” pos , profetidos fimpliciter por la perfoha coníti- tuida en dignidad , en calo de duda antes le re- fjeren á la perfona, que a la dignidad, y lo coli. ge,ex cap- litreris, de relcriptis? pag.5 9. 1.143. Lo que el Padre Olmo dize acercá de dicho cap. Lirteris, y la refatacion? 4pag.182. 4 mum. 5 8,ad 67. Reflexion lobre las promedfl: as del Padre Olmo? pa- gin.440.4 num. 1 503.ad 1 509.y á donde alli mé remito: Propoficiones. Propoficioles Modales? vide, Modales. E Propoliciones Gondenadas ¿ vide, Bula de Inoceti- cio XIL.y Noboa , ) P42-$94- $. Otro Libro. ue lean fegun Dialeética Propoficiones ; Diretta: E indireéta:EfJeucial: Accidental: Formal: ¿ Identica? 4 E A A ió po E De efe Sexto Tomo. 679 paz. 644. en el titulo Secundam Dialecticam , pot todo el. Vide aliarverb.Verba; Efta Propolicion: Deus afJumpfit hominem,la mandó borrar de el Comentario de Luis Vives, el Sa premo Tribunal de la Santa Inquilicion , y el Tribunal de Toledo, en otra ocalion, mandó le puñielle á la margen clta nota : Cante lege? pagin, 654. 6.Por lo qual, vide Godoy. Elta Propolicion : Verkmff Adam.non peccaffet,Chria Jus incarnatus e/Jer : En locucion propria,y rigua rola,no es verdadera, (ino implicante?vide verb Fagnano, Alia remilsive? Peyrino? vide Mota Proprio: Perpes tuo? vide Dicciones; Portel? vide Bardo, Bula de lá Cruzada; y Bulas diverfas. Principios radicales vide Moral: ' R Razon , y Reformas Quando en muchos ay vná miíma razon para gó4 zar de algun privilegio, es precilo, que dle gos zen todos,ó ninguno: Imo,donde ay vna milmá razon le entiende aver la miíma difpolicion de mente del concedente , nololo extenfíve , Ino tambien comprebenfive? pagin.1 17.num.609. La razón es,y le dize el anima de la ley? pagiv. 506% num.6 56. y los dos liguientes. : A quien le vengá mas apropriado lo que dize el Padre Olmo, en orden a la reformacion de doc. tiva 24 pagio, 593.4 umm. 1291.44 1297. pot todo elte: Replas de Derecho , atras. Aquella regla dé Detecho : Generi. per Jpeciem dero4 gatur Le limita de muchas mancras?ivide Decretas les, cul Se nia Y aquella : Que en ca/o de duda es mejor la condicion de el que pofee yen féntencia probabilifsima (.(0 es verdadera en materia de juíticia ¿ pero do cl materia de Penitencia , y las demás ypudes?pad _ gin.45 Mum.3 9.) 40. : Como le entienda aquella tegla deMacerafa:Legemó non alezans aoudiendus non el? Ap42:252. 4 DAMEFA 665.44 672: : Aquellas reglas que enfeñan, Beminem probiberi plua ribus remedijs, Cr defenfionibus vti frtendans ad euná dem finem, y nullás plúribus? pag. 369. núm.8974 y 898. , Reglas que afsignan los Doftotes pata Cobocer quando las delegaciones Pontibcias, ora leari en materia de jufticia, ora de gíacia ; efpiren pot la imuette del concedente, re imbegra > a pag: 59.4 iim.139.4d 167. Vide alta? Verbi Abundancia, Axiomas,y Decretales. Ré PS e e Ne ES e ATA > Y RR ” de ES Y E GAR RE Ñ Y 2 Nor

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