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A E e De efe Sexto Tomo. 661 to ,queralfea? ¿parín. 274.vu00.145. 146.) 147.) P42.277 4 MMPLÓ Y adr6s. Y alli vna graciofa inftancia , que fupone aver da. do a wnarelpuella mia? num. 162.) 163. Bien COMU. - El bien cómiun de la Igleña ha de fer preferido al particular de las Religionesza pagiv.578.4 nar, 1166.44 1194» Y alli, quan mal ha entendido el Padre Olmo, el cap. Mntabiones,? « queji 1. Y el cap. Bone,de po- Jfrular Pre!atoram,a num.1178.4d 1194. Dize el Padre Olmo , que en dichos Textos no le infinúa , que el bien de la Tglefía aya de fer pre ferido sal particular de las Religiones , y que entiende menos , qual fra el tal bien comun dela Iolefiaz Y le le refura, 3 pagin.58 1.4 num. 1195.(veante ran bien los antecedentes, d num; 1190.) ad 1215. : Es fallo , que lo que refiere de wi el Padre Olmo, lo: ordene yo al fin del comun de la Iglefia?a pan 8 n.627 anum.i59S .4d 1607. Pregunta e! Padre Olmo, fi avrá avido algun Pon= tilice, que prefiera el bien particular de las Re- ligiones al bien comun de la Igleha ¿Y [ele las * visface? A pagin. 630. 4 numero 1648, ad 1648. : Bula de la Cruzádas., La Bula de la Cruzada aprovecha ¿los Regulares para los mortales no relervados? 4 págin.59%. ¿num.1 280. (y donde alli me remito )ad 1285: fea; ad 1 189. 1 ds Regulares cltin comprehendidos en las Bulas dela Cruzada , que han concedido los Pontifi- cespotteriores 4 Vibano Oétavo? 4 parin.7. e vam. 49.461. Escafo exprello en la mifma Bula 3d p gin. 16: 4 942 mero 115.4d 121. “5 , y las probibiciones Pontificias anteriores, para que losgR e gulares no puedan elegir Confellor para los relervados , Te revocan por la general revocacion2d pagin.9. n4m.6 2.63) 64-y 4 pag: 35.4 num.268.4d 275. La tercera fentencia, de que los Regulares pueden en virtud de la Bula , elegir Confellor para los refervados, lolo la- di por probable en mi Tomo de las Propoliciones Condenadas : y la que alli llevé ablóluramente por mas probable", fue la quarta, contraria 2 la dichaY por la tercera citó mas de lelenraAutoresid pag. 40.4 únm:1 ad 16. vide, opinion. El valerfe de la opinion, que defiende vale la Bula a los Regulares para los relervados, no trae detrimento grave , antes bien, mas congruen- Elasiue inconvenientes : y el Confellor debe cónformaríe con el penitente, que lleva dicha bpinion* pe 479 NAM 5700975 Qual fea el fin de las concefsionesde la Bula? Y 6 aya faficiente cauía para las grandes gracias, y privilegios que concede?-págin. 166.ammt. 1028. y 1029. Variaciones que ha, avido en las concefsiones Pon= tificias de la Bula de la Crúizada? 4 pagin,203. 4 uum.231.4d2.40. Reípuefta á los improperios de Lumbier contra los que llevan , que la Bula de la Cruzada aprox vecha a losRegulares para los relervados?paginy 244.4 num.58 3 .ad 583. La Bula de la Cruzada no concede cofa efpecial acerca de la aprobacion del Confellor que ha de fer elegido'en virtud de ella, fino folo en or den a la jurifdicion?p42.3 77.mum.98 3.) 984. Bafta la aprobacion de. los Prelados Regulares, paz ra quelos Regulares puedan 'olr las confelsios nes de Religiofos, y Religiofas en virtud de la Bula de la Cruzada? 4 pazin.3 81. 4num.995 ad 1006 .exclufíve. Es falío , que la facultad que dá la Bula de la Cru< zada para olr confelsiones , NUNCA fue concedi. da á los Religiolos? Y que la tal facultad ceda en grave detrimento de citos? 4pqgin.4 17 «4 04 mero 1305.4d 131 5. Vide verb.Ca/hro Palao, Lo que yo dixe agerca de aquella queftiou del Paz dre Leandro : An faltem per Bullas Cruciste e fu cejjoribus concedendas poterunt Regulares ¿lb/que li centía fuorám Prelas orum Confe/Jor cm eligere, O 1 refervatis abfolvi. Y lo que contra mi dize el Pa die Olmo, y fu refutación? 4 pagiñ.42 1. 408. 1346 ad 1 368. Silos Pontifices pofterioresa VibanoOfávo,ayán concedido la Bula, con intencion , valga á los Regulares para los relervados ? Lo que acercá delto dize ol Padre Olmo, y lu refuracion?a pagy 481.4 núm.371.0d 411. Si las conceísiones Pontificias ¿ que conceden el vfo de la Cruzada á los Regulares, tedan en dex trimento grave de los Religiofos , como ex Miy tanda quiere el Padre Olmo? 4pagín 5 44.4 núm S58.4d369. Si (can verifimiles dichas concelsiones? Y lo qué ácerca defto dize el Padre Olmo, y las refpueta tasa ello? 4 pagin.546.4mum.883 ad 901. Y en ordei a aquello que dize dicho Padre Olmo* Que aviendo ingairido ¿y comfuleado milvezes alos Pontifices , han re/pondidofrempre , no aprovecha la Bula 4 los Regulares para los relervadosá 3 que es fimdada , reípondiera lo miímo el que oy Reyna? Veate 4 pagin. $49. 4nam. 902. 4d 916: Conttá aquello que yo dixe: Que tampoco faltan congruencias m0 pequeñas con que poder coboneftar dichas cóncefsiones de la Cruzada: Veate lo que dí ze el Padre Olmo, y lu refusationzá pagin.53 1. ¿num.9012.4d 916. Si el dezir quela tal concelsión no cede en derrí. mento grave de los Religiofos , lea contra lo dicrerminado por Inocencio Oétayo , Pio IVy K K $ Gres A RR yFE 50 Ne O se EA AR y Le y 7 AA ¡e Ne NE HE N *H *" * "e ” NE : yo NY y y, y Y

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