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A AS a a 42 grave injuria,como qualquiéra cuerdo confefara: ErgojSec. 12 Ylo mifmó fe ha de dezir de los cinco hombres , y muy Doctos , con quienes dize nuel- tro Léandro de Murcia , que lo contuitó,y fuerori de elle diétamen : y lo mifmo del orro varon de tanta opinion ¿como Antolinez , Curiel , Sec. que cita el Padre Fray Juan Enriquez , porque en to- dos milita va melma razon, alsi de credito exi los referentes , ¿omo en la antoridad de los con. fultados : pues el hombre doéto, no lolo haze opt- nion en lo que elcrive, find tambien en lo que confultado aconfeja ¿ como bien el Dotto Cara. imuel, en fu Theología fundamental ¿ delpues del fundamento 45.en el titulo fnth.fes Regulares,9um. 112 qipaz.mibi 402. donde pregunta, y reluelve l6 que lefigue. : 13 Pregunta, pues, (1 los Theologos vivos pueden [er citados , aunque no hayan cícrito? Y para probar que li, trahe por primer _exemplar al Padre Fray Diego de Quiroga , gloria de mi Sa. grada Religion Capuchina , que liendo vn varon tan grande ( Maximo le llama en la. nota margi- nal no efcrivió cola, fus palabras [on : Sed cur vivos allego , o maltos ,que libris valzatis mon cla- rent ; maxime cum multis bodie Authoribus citaré Juperfiitem Religio fit? Quia ficut multi funt Scripto- res indobli ; fre esiam fut viri Doclifsimi , quimon li benter movent ¿alamum, Reverendifsimum Patrem Didacum de Quiroga , inter intimos habui dum viene diveret ; Ge modo , dum trinmphat inter celites ( fe Jpero)intér maximos Patronos veneror; Subtilifiimura, Doétif¡imum , Ingeniofifsimum ( y delciibe muy por menudo lu grán licetatura , y proligue ) At quiá confidebat memorié ,etiamin silla erate prodigiofe,mis bil fevibebat ommnino. Obije , 7 Wu ip/0 vusver/a; Sunt etiam alij rule Quiroge fimiles 3 qui doéti/sims Junt ¿0 tamen non feribunt libros : quorum mens, fe quidem elibris nowpoteft, e confulrarionibas debes ba- berí. Y enel figniente partafo , pone por fegun- do? exemplar al Doctiísimo Angel Manrique; Doétor , y Cathedratico de Prima en Salamanca, qiie aunque diétó muchas materlas en laCarhedray bingúna quito dar á la Prebía ; luego no porque ño ayan imprello , ni efcrito letra alguna en el punto que ventilamos, los Dottiísimos Macítros Anroligez , y los deínas mencionados ¿ fi conful. e. - de la Suma,pag. 58. tados lobre el, dixeron , que valia la Bula a log * Religiofos para los refervados , como lo teltifican tantos Áutores ; tan fidedignos , que embarazará pata citarlos por la dicha opinion benigna, el no aver elcrito acetca de ella? Nada cierto, para qual. quiera cuerdo:Ergo, dec. 14 Elto miímo fe inferé de la doétrina del no fMénos doétto Lezana , en Ín tom, 4. confhlt. 48: qué nos cira arriba el Reverendo Padre Olmo, donde en el mum. 43, dá la melma autoridad al Doétor , que da diétamen in voce, que al que le dá por eferito , vá hablando de quando vn Doétor, qui confuli tur, vel qui opiuionem fingularem dores con A A - .» a Seccion 13 acevcá del Artículo 2. rá COmMmAncra y le deberá tener por probable 'u opinion , y entré Otras condiciones que alsigno, dizc en dicho numero lo guiente. 15 —¡ Proccdit quozue tradita doilrina , quando Dottor qui confiliam ass ; vel fersbit, efi veritatis ama- for 5 non bavitátis , aut alicuiusinanis gloria cupidas, Qui euim deritatis amator efk , lucem Labet in escn. dis Jpecialem, rc. Y Aísi dicho Lezana, donde le ha de notar aquello : Qué confilium dar , vel feribit, en que manibicíitamente dá la melma autoridad al Doctor, que dí confejo , Odiétamen , que al que efcrive, Kc. Ergo; Sc. 16 Lo Gbrcdicio eslo que yo refpondi á la letra ( menus eltos dos vlrimos números de Leza- na) en mi Apologetico ; 4 Pag.27.d 040.1 .adi 3. al lobredicho numero primero del Reverendo Pa. dre Olmo : Veamos; pues, aora , que eslo que lu Paternidad Reyerenda ; iníta contra las rales rele pueltas: Numeto 2. y 3. 17 Profiguiendo el Reverendo Padre Olmo, pag. 17. en el naméro legundo, lolo refiere el que yo digo. Que la opinion que lleve <bfilutamente (en el tomosde las Propoficiones Condenadas ).es la contraria de la que me atribuye el Padre Oleo : como esvetdad , quelo es, y que repite elatribuirme. lo infinitas vezes , como-en lus lugares le lo ano- te: :18 Yenclnum:3. 2 pag. 17. queriendo in- cerarle de dicho defeéto de legalidad ; con que tan repetidas vezes me la atribuye , dizelo que le figue : Y para que le vea mi mucha legalidad , y el verdadero fundamento que túve, y tengo para acribuirle dicha fentencia , me ha parecido forzo= lo , tranícribir ,lo qué trahe en lu Suma, donde ¿mum.291. elcriviendo contra el Padre Corella, (qué lleva nueftra fentencia) y 1e impuéna, y le le opone exdiametro dicho Revecendo Padre To. trecilla, en elta forma, Afsi dicho Revtrendo Pa- dre Olmo, y el num. 91. que cita ,es en mi /0m.2. Numero 4: - 19 Proliguiendo lo dichó tl Reverérdo Paz dre Olmo, en cl num, 4. cap. 18. dize lo tic fe fi. gue: Dize, pues, Cotrella ( sit Torrecilia ) lo pl mero , enel num. 16: pas. 187. hablaido de la Conftitucion de Vrbano Oétavo, me haze tal fuer- Ga ; y me da ral pelo , que no mé arrevo á ehrrar en la cpinioíi contraria (ide/h enla mis) ni a le. guirlá , ni aconfejarla , pues dize en ella fu Santi. dad , relpecto de los Regulares, que el privilegio de la Bulla ( locum miniine bobuifJe , veque habere,nés negue ¿llis Vllomodo fufragari potui/Jr uegue poffe,Wc;) en que parece déclaro la mente , con que Cle. mente Oétavo , lus Sucellores, y demás Punti £ices concedieron la Bula , que fue fiempre cnin- reli
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