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RATA E ==uE 164 Y ns 7 pr > ARA A 626 Seccion quirta al Articulo A. folo diículpa, fino aprobacion en el gran juizio de $ ¡NGErobimo,que dá¿ la provocación toda la cul pa, pues elcriviendo a San Aguítin , en la Epiítola 14 .dizc: Sy ¿in defenfonern naci ( few illorum, addo eg0y quorum doct, ¡aam d:feado , 7 quara acriter impugnse Paternitas veftraR_) aliqua eri fero,em te culpa ¿ft qui me pruvocafit,uon yu me qu re/pondere compulfus fumo. Y enla Epitola 137. dize alst: Necezo bibi, fed same Ja csufe rejponder,7 fa culpa ¿ft rejpondi/Je, quejo , ve patienter audias y multo máñor e/h provocajJe. 1579 MikKeverendo Padre Olmo, quando yo elcrivi mi Tomo de las Propoliciones, ni conu- cia a Vuella Parernidad Reverenda , ni labia que eltava en el Mundo, y alsinada pude dezir, que fuelle contraVuella Paternidad: y llevando la quef- on que yo de fendial ¡por probable, pallados de Íetenta Autores, vnos ablolutarmente, orros como mas probabie , y orros a lo menos como probable, ( y muchiísimos de ellos depues de las Bulas de Clemente , y Vrbano Octavo ) dexandole Vaclla Paternidad á los demás, aslclta contra mi , nomina- sim , todos los tiros de lu impugnacion , con rigu- rolas cenluras, pondetando las comas , las (yla. vas , y los apices : imponiendome fallamente, pago 2 9.1mum. 5. que yo le levanto al Padre Remigio, lo que refiero de el, y' efto con muchos picantes , y claululas diéteriolas , como lo conocerá qualquie. sa que Ica lu Tratado Moral, que todo el,clta lleno delto : Qué mucho, pues, que alsi provocado ( ha averic dado yo motivo a/guno para cllo,pues elcrl- vi fin conocerlo ) encuentre Vuella Parernidad en mis telpuellas, alguna cofa que no le [ea Muy Agra» dable , 9 que le fea defapacible? Que hicmpre es mucho mas templadá ( por atender á la obligacion de mi Habito ) que lo que pedia la tal acre impug.- nacion; Ergo,ÁC. RESPUESTA. TERCERA. 1580 Efpondo lo tercero , que es ver. dad, que algunas vezes eltraño tanto lo que dicho Padre Olmo dize , por [er con- era lu gran lireratora, que la tal cllrañeza me haze prorrumpir en algunas dozes,que mo quiliera (que es lo que llama zumba dicho Padre) vamos viendo algo delto, 1581 Enel Articulo 9.de fu Tratado Moral, va probando dicho Olmo , que ni la tacita , ni cx» prella licencia de los Prelados,es baftante,para que tus lubdiros puedan ler abíucltos de los relerva, dos,pof virtad de la Bula, 1581 Y enclúam.7. par.2 54. dize lo que (e figue. No le evidencia menos nueltra fentencia, Á le atiende biená lo mandado por tantos Pontfices; conviene á laber ¿Nojtre intentionis fuif]e , To efe, quod idem Fratres,7 Moniales, quarturs ad Sacremen» tum Penitentia, Jen confefsienis adrrinifh ationemn Oro ainmaria difpofitioni fuerum Prelátorum fint fubicótis Luego es neceffaria la exprella licencia del Prela. do,alsá: fuera ¡ulloria la autoridad que tienen pog - dilpolicion Pontificia. Prucbolo porque fegnn De. recho : Difpofisio, non deb:t ese illuiforia we, 1583 Alsia la letra dicho P. Olmo , en dicho lug 1: Que mucho,pues,me cautalle lo dicho tanta eltrañ=za,por fer conrrala grán literatura de dicho Padre, que le relpondicile a lo dicho en mi Apolo. getico, 4 poz 43.40.13.1 la lerra lo que lc gue, 1584 . Miren qué buenc! Los Puntifices dizen en fus Bulas, que los R ligiotos , y Religiolas , en quanto al Sacramento de la Penitencia ,etén (ujes tos á la ordinaria diípolicion de los Preiados: luevo esnecellaria la expreilla licencia del Prelad >.Miten, qué confequencia de vn Lector Genera!? A demas, que de ay le infiere ¿que con licencia exprella de los Prelados podrán los tales Religiofos,y Religio. las,valerte del indulto de la Bula como es cierto, que pueden ; pero es contra el P Olmo. 1585 Pero pregunto al P. Olmo, por qué no baítara la licencia tacita de los Prelados para ello? Y a lo dize, porque alias feria iluoría la Bitotidad, que tienen por ditpolicion Pontificia:y como prue- ba que feria ¡lulloria?Porque legun Derecho:Difpos Jurio uan debet effe ¡llfforia. Tan bueno es elto , cos mo la confequencia de arriba, Quiere el P.Olmo, probas,que la ral autoridad feria ilaforia , Y trae por prueba, que el Derecho dize; Difpo/1tio non dei bes e/Jr illJoría. Admirable prueba por cierto! 1586 Alsiyoalalerra endicho lugar: Qué mncho., pues , que llevado de la eltrañeza que me hizo vna confequencia » y Caufal , tan agenas de la gran literatura de dicho Padre, prorrumpicíle yo en aquellas vozes, que dicho Padre llama zumba? 1587 — ltem,en el miímo Tratado Moral, pag. 129.num.8. pone dos propoliciones , Que. dize (ler Jrictifsime contradictorias ; liendo aísi, que lobre no tener opoficion alguna , ninguna de ellas tiene mas, ni menos vnivertalidad que la otra. Acerca de lo.qual fe vea N.Apologetico, ¿p.219.4n.185.4d 1 94:1mclufóve. Qué mucho, pues, me hizielle lo di, Cho tal eitrañeza.en vn Ledtot General ¿que le diz xclle, [er Dialeética nueva la que nos queria intro ducir? 1588 Ttem,en la pag.195.emel fin del mum. 5 xs porque fe le antojó al Padre Olmo, que yo abia citas do mal vn Texto del Derecho, Pretende inferir de ay: Que no fe le debe dir credito al Padre Leandro del $4 cramento, en lo que refiere le pafíó con el feñor Araujo, Acerca de lo qual le vea nueltro Apologetico, « paz 20.393. 4uum.106.ad 110.inclufive, Qué mucho, pues , me hizielle tal eltrañeza, que le dixelle, lee confequencia indigna de vn Leétor General , Sc? Vide ibi. y 1589 Omito otros muchos argumentos , y confequencias , que dicho Padre Olmo llama dez monftrativosyineluttables,CcY quede mucbás cons tradicciones,que Íaclen antojartele 1 dicho Padre? Sino que a qualquier fugeto medianamente doéto, le caulen lemejante eltrañeza,en la gran lite» satura de dicho Padre? Er. go, Sc, RES-
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