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- - > Des E EEE E Numeró 140.y 14Yo 5; veria, O donge difffcillima , vt Trinitaris, Incar- y, nationis, Sí Euchariftiz. Et ex hac parre exte. hy, Hior víus Sacramentotum , e/f lónge difficilior, , y» quía poltular magnam fidem,8z lanctitacem, Se v> di(politionem ad illam, in quo Jpecialis difficultas ef? inconvenienti »fu Euchari/biz. Deinde-in Sa.* cramento confelsionis mazas quedam difhicultas invenitar: vam balde repuenas mature , vt per fe conftst. Preterea in didlolubilitare Macrimonij, ¿nvenisar hec lex gravior , cin abloluta prohibi- rione víurarum. Denique quo magis eradicat omnia vicia. co difficias impleri potejh, 1505 ,, Verumramen hec omnia eandem babenr relponlionem, fatemur enim ex parte atuum internorum , 32 aliquorum externo- run, quatenus ab interioribus pendent ( »osefe bien lo figuiente ) banc legem e/Je difficiliorem ; nos exion poterat e/Je perfeétior , quin e/Jet difficilior 29- mini fecandum fuzm nsturam expeítato. Tamen; quia hec lex lecum afkere Ípiricam gratix, Se charitatis; ideó relpeétu huias flarus ell luavior, 8c facilior , quam*lex vecus elec», relpeéta (uorym fubdirorum. Er hoc modo dixie loan. 1. Canenica, cap 5. Mandata Chri/hi nou effé gravie , vtique amanti, ve dixic Augu- ítinus de Natura , Sc gratia, cap. 9. quía omnia feva , GF immania, favilia, 9 orope nulla efjicie amor, vi idem Auguítinus dixir, ferm.48. de tempore , Gt ira eciam hoc explicuit Hilar. Cano, 11. ¿n Match. 8 oprime Author imperfeóti. Ao. mil.28.05 Mattb.]Hafta aqui el exito P.Suarezo ¡506 Detodolo qual le infiere claramente, que por aquel lagara meum fasve efh, q nos ale. ga el Padre Olmo, fe entiende , que la Ley nue. va es mas Íuave, y mas facil que la Ley Antigua, lo qual para mi es certilsimo , ablolutamiente ha. blando. Lo vno, porque contiene menos precepa tos , y mas faciles (aunque en el modo fegun San- to Thbmaás, Suarez, y la comun, tiene algunos, que Íon mas dificiles.) Lo otro,porque en la nueva an: da mucho mas abundante la gracia , que antes de la venida de Chrifto , y la gracia alivia la carga delos preceptos. Lo otro, porque nos rige con amor,como 4 hijos; y no con temor, como a ler. vos , como lo hazía la Ley Antigua. Lo otro,por= que la gracia no abria las puertas del Ciclo duran. re el citado de aquella Ley. Lo'otro , porque en el'eftado de la Ley Ancigua ¿ le movían los hom. bres ¿fu oblervancia , pot el premio de bienes ca- ducos,, y temporales ; pero en la Ley Evangelica, fe prometeá tus oblervadores, no menos que la gloria , el qual premio endulga los trabajos, legun aquello de San Pablo : Qwia non funt condigne paf- fones huius temporis ad futuram gloriam ,que revela- bitur in nobis.Y por otras muchas excelencias,que tiene la Ley Nueva, fobre la Antigua : Acerca de lo qual (ce vea lo que dixe en nucitro fegundo To. mode Comultas, pagin. 111.112.) £13./f0b num, 67. Y veante alli las margenes. > 1507 Peroclto no quita, que 10 lea de diñi- Part. 6, > >» 2) bo b» » >» ” > » 3 >» » »> » »> >» > 3» ” »» > >» > > 6 617 cil obítívancia, atenta la Maxima fragilidad de la naturaleza homana (que lon los terminos en que procede nueítra queítion ) pues antes bien al con= trario, quanto mas perfeóta es la Ley Evangelica, es mas dificil ala fragilidad humana, pues coma bien el eximio Padre Suarez ; Non pote/t e/Je perfea ¿lior , quin fit difficilior bomini , fecunda fuam nas turam [peétato. Y lino (como yá tengo dicho) de- nos el Padre Olmo vn Autor fiquiera, que diga, ná Ser de dificil fu obfervancia ( no compararive á la Ley, Antigua , lino da/Pipfs Jpectata ) propter maximam bumene nátare imbecillicatem , Gr fragilitatem ? Dea mie , buelyo á dezir , vn Autor que niegue fer difia cil lu oblervancia en dicho lentido?. Y que digay que el dezirlodicho , es ageno de Catolico : y muy, ageno de aquello que dixo (1 Mageltad Divinas lugum imeum faave e/l2 Ergo, dc, RESPUESTA QUINTA, rso8 pr contrayendoloá los terminos en que procede nueltra queltions que es, fi el Sexto Mandamiento de la Ley de los , lea difficilis obfervantieypropter maximam hue mane nature imbecillezatem, Co fragilitatem , prefera timin fexw femineo, que lon los terminos , en que el Padre Ólmo, lo difpura, y nos haze la lobredis cha inftancia ( contra la Autoridad del dodtiísimo Trullench ) en los numeros 1 39.y 140. 1509 Relpondolo quinto , que me admira mucho en vn Lector General, que diga : 2 yi fe ve, quan ageno es de Catolico , el dezár, quod ft difficilis obfervantie , y muy ageno de aquello que dixo Chriíto nueftro Bien : lagun meuw Suave ef? , la qual alienidad no prueba el dicho Padre ( ni lerá facil la pueda probar. ) Jmmo, ni prueba, lea fa» cil la ral oblervancia , atenta la gran fragilidad humana, Y propter illam , y principalmente en el (exo fémineo : y lo conrrario. dexo yo probado abundantemente ( y no fuera arrojo derzir concli. jentemente, y con evidencia ) fupra, a num, 1446.ad 1470. donde fe puede yér. Á que añado aora lo que fe ligue: 1510 Porqué pregurito á dicho Padre Olmo, parecele á lu Paternidad Reverenda , que ferá fan cil la oblervancia de dicho Sexto Mandamiento de la Ley de Dios e/pecialmente (terminos en que lo propone dicho Reverendo Padre ) en las. imugen ves , y doncellas Seglares , que por menos mortificadas, y mas proximas a la ocafion > y peligro, tienenmas fas cil incentivo para tán debil fexoz Claramente nos da á entender que si, en el fin del num. 1 40. 1511 Sedcontraef?. Lo yno , porque enel Sexto Mandamiento dé la Ley de Dios, no lolo f4 prohibe la fornicacion , lino tambien. el delcatla, (que esaéto interior del animo ) por ter el deleo medio para el tal vío , como confía de aquello de San Matheo 5. Qui viderit mulieren ad concup1/cem dam cam , ¡iommechatuseft tam. in corde fo. Y lo miímo proporcionadamense le debe dezir de la ff my-
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