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> A. . e xl el Maeftro Prado, el Hluftrifsimo Araujo,con otros, y Trullench,, fino les aprovechalle la Bula de la Cruzada para los relervados. Ácerca de lo qual le vea lo dicho arriba, numero 120, 121.) 122. 1290 Micariísimo Padre Olmo, todo lo qué yo digo aqui en refpuefta alo que Vuella Parer- nidad alega, en el lugar citado de lu Tratado Mo- ral, lo pruebo baltantemente , como te puede vér en lo tranícripto arriba , d memero1223.4d 1235- Y ía Vuella Paternidad no le parecer congruos los tales fundamentos , porqué rehufa el referirlos? Y por que los omire totalmente ; tra nicriviendo folo lo que digo , y no los fundamentos en que lo fundo? Por qué no relponde a ellos? O por qué no los refura (¡le delagradan? Por qué? Porque no le debió de ocurrir cola congruente con que poder impugnarlos , aviendo le yo impugnado quanto dize enel fobredicho numero , lobre que apelan las Re(pueltas de mi Apologetico , 4 pagina. 155. 4 vnmero 4440 ad! 458. lo qual queda tranléripro aquí, y añadido algo mas ,, fupra 4 uumero 121 S: ad 1235. Y enorden a lo que dixe acerca de las Indulgencias , veale lo qug infla aqui el Padre Ol mo , en el numero 120. y las refpueltas á ello, 4 nu= mero 1241.44 1266, Y con elto pallemos al mus mero 124. Numeto 124: 1291 - Profiguiendoel Reverendo Padre Ol. mo, eu el numero 124. 4pagin.122: hablando con frigo, dize 3 la letra lo que le figue. Padre ca- riísimo , reforme toda elta doétrina, y principal. mente, la que pone ¿numero 446. citado; mire que fe opone a lo definido por Alexandro VII. como dexo:anotado; y en eltorro punto , "cargue la con fideracion , y tefleéte bien loque dize , y no de: fraude ( por fu diétamen ) el opulentiísimo teloro ue nos franquea la Igleba por la Bula 3 ni ponga en mala fee 4 los Religiofos indodtos , y a las po- bres Religiolás; y lepa que Paulo Quinto revocó todas las Indulgencias «niverlalmente , menos las que lu Santidad exceptua. Hafta aquiá la letra di- rho Padre Olmo. RESPUESTA: i carifsimo Padre Olmo, en lo que yo digo , a nam.446. no hallo cola que necelsite de reforma , porque es doétrina comun todo lo que alli digo, acerca de las Indulgencias , que podemos ganar lo la Bula, or los Privilegios Pontificios los Regulares: y lo mimo loque digo en orden a los Altares privile- iados ( y acerca de eftos además de lo dicho alli, ycale en dicho Apologerica, 4 pagin:408. ad 451: la coní. 3. portoda ella) y acerca del merito de los ayunos. . 1293 Y que no €ellé revocada por Paulo V. la concefsion Pontificia de Sixto Quarto,Leon De- PartiÓs 1192 Numero 12 4 AO O ns E a p 593 zimo, y otros Pontifices,que conceden 4 los Rolls giofos,poder ganar todas las Indulgencias plenas rias, y no plenarias , que ay en Roma ,'en qual quiera dia, d tiempo , concedidas 4 qualelquierá Igleñas ( ¿def? a todos los Fieles que ván á Roma, Jerufalen, Santiago , y Porciuncula , como Ñi pera fonalmente fueramos 4 los dichos Lugares, rezans do teis Padre nueltros , y fcis Áve Marias, con leis Gloria Patris,$c. es doétrina comunilsima de los Autores de la Regalar Oblervancia , y de otros dé otras Religiones, como fe probg alli, numero 448% 449.) 450. Veale tambien lo dicho arriba,d munt, 1242. 4d 1262; y le verá , que no folo no elta res vocada, fino que antes bien eltá confirmada de nuevo por Clemente Dezimo , y por Inocencio Vndezimo , y que afsi lo lleva, y teltifica de la Res gular Oblervancia el doétilsimo Padre Arbiol,Cos mo, pues, el Padre Olmo dize: Que Pawlo Quinto rebocó vniverfalmente las Indulgencias , menos las que fu Santidad exceptáa? Como: Como otras muchas colas que Íucle dezir, fin probarlas, dicho Pax dre. ] ] 7 1294 Tambien es falliísimo lo que dicho Pas dre Olmo dize : Que yo me opongo 4 lo definido po+ Aexandro VlL. como (dize ) dexa anotado. Acerca de lo qual le vea la anotacion de dicho Padre Ol mo , y lo que yo le relpondo 4. ella , /upra , 4 na mero 1267. 4d 1277. y le verá que tal lea lu anos tacioñ, 1295 Siellobredicho confejo: fe le huvicra aplicado 4 si dicho Padre Olmos, y 4 lus doétriW nas ( y pueltole ín praxi ) no huviera errado el cia to ye hiziera cuerdiísimamente en ello. Padre mio cariísimo , Luplicole á Vuella Paternidad Reveren, dile lirva de reformar las cenfuras que dá álos dichos particulares de Diubal, Chriltoval de San Jofeph , Hozes, y Remigio (y tambien contra mi, aunque lo que es contra mi, yo le lo perdono , e quanto eltnviere de mi parte ) contra vn precepto de Santa Obediencia, impuelto por la Santidad de Inocencio XI. fanto ,julto , € impuelto por altos fines, io tener por donde poder clcularle de la trár(grelsión del tal precepto. Acercá de lo qual le vea lo dichío arriba , en la fublecion acerca dell Articulo tercero, 4 num.546.4d 562. y veale tama bien todo lo antecedente ¿ ibidemy 4 numero 476; ad 517. : 11296 Y rambienle fuplico le firva de rafor= mar el modo de hablar con que trata, afsi en lu Tratado Moral , como e efta la Apología , y en otras lus obras , ¿odos los- Autores que no llevar lu diétamen; ó que no dizen lo que lu Paternidad Reverenda quilicta que dixcllen (de que queda hecha mencion en divetías partes delta mi Apolo gía ) precilandomé con ello a que le reíponda al gunas vezes lo que no quihera. 1197 Y tambien puede reformar aquello que dize acerca del Ingrello de las Meretrices en el Caltillo M. y lo qué dize: Que pará el fin de per- mirir vna de dos colas ( exfuppoftione , que le aya d3 de
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