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Numero 121. 55 Las figuientes. La primera es : El primero que da «co e luz ejta opinion ( habla de la condena. da ) fue Geronimo Rodriguez, » refol. Mar. 77» a numero 45. el qual afirmo , que probablemen= te fe podia defender efhar revalidadas dicóas In- dulgencias + La legunda propoficion la trae en el numero 19. del miímo capit. y dize alsi. Defierte , que jamás La avido duda entre » dos Doftores , ws la puede aver de que la opinion », condenada fue e/ta de Rodriguez, y y San Juan, wi que los fundamentos ayan ido otros mas que las +eforidos y que /0n la Bula citada del año de 1609. y la teffificacion y 0 dicho de Fray Luis de San Juan. El elerivir deíta fuerte inquic- ta mucho Jos animos de los interellados que sy leen, y alsi me parece Giempre mejor echar ,, lo dudolo a la mejor. parte que le pueda. Yo en efto elpero nueva declaracion: de la » Cabeza de la Iglelia, y alsi halla verla lulo »» pendo mi juizio enallegurar el lentido, en que », fue condenada elta opinion. Hyla aqui dla letra dicho dottifiimo y y cuerdi/stmo Padre Mac/tro Diazo 1276 Conlidere , pues ,+de elpacio el Re- verendo Padre Olmo, la fobredicha doctrina del muy erudico Maeltro Diaz. , de lu Sagra- da Familia, y yá que no apruebe” opinion que era tan comun , á lo ménos no la echara tan abloluramente els fallo de condenada. por la condenacion de dicho Alexandro Septimo , lí no, que fufpenderá el juizio aviendo razon de dudar en qué fentido le condenó la tal pro- poficion 37+ fiquierá por fer la tal opinion de muchos Autores de fu S agrada Familia. 177 Pero aun mas.es : lo que lleva el Padre Gavarri de la Regular Obfervancia: pues del dicho Decrero. de Alexandro «Sep= timo, , en lu Libro de Inftrucciones Predica bles , imprello el año de 1674» enfeña , y lle- va "muches de las Propoficiónes Condenadas por dicho Decreto . Acerca de: lo qual fe ves lo que diximos , enla quellion Proemial de las Propoliciones Condenadas , dificult. 3. 4 nu. mero 7. ad 34 fed a numero L. ad 33. Y. vea. fe delpues mi féntie + 4 numero 34. ad 53. Y wea el Reverendo Padre Olmo. , como, há de falvar 4 dicho Padre Gavaii ¿ dela Regolar Obfervancia , que lleva: dichas Prepoliciones en praética , sabuc delpues de avéerlas condes nado dicho Alexandro Septimo en fu aicho De. crero ? Y mo parra tan de recio , contra lo que dize el Padre Fay Antonio del Efpiricu Santo, con Martin de San Joteph,Geronimo Rodríi= guez,y Ámico. 1 con c/to pajJemos a los numeros 122. y 123. A >» » > 2 > s 3, » a a a) a? 3> delpues Part. 6. $91 Numero 122.y 1235 1178 Profiguiendo el Reverendo Pádre Ola mo, en eluam.1 12. pagin, 122. dize lo que le Kia gue : Dize elte Padre ( habla de mi el Padre Ola mo) Que dos Regulares para ninguna obra co/a mew cefvitan de la Bula de la Cruzada , fimo folo pará la abjolucion de los «cafos refervados por- mas qué diga el Padre Olmo ( lo qual nos dexa yá ada vertido, y nos lo repite con las milmas vozesy papin.3 39. numera1 3. ) Sentado ello inficro dé fu doétrina eíta contequencia: luego los Religios los, y Religiofas, que no profeflan calos releta vados, no neceísitarin tomar la Bula de la Cry zada, puelto que ( per te ) para ninguna otra cola lesaprovecha, La coniequencia: €s fotmalilsimas Subíumo : Sed fic ef? , que las Sagradas Religiones de nueltro Padre Santo Domingu , del Carmena Noeftra Señora de las Mercedes , y de ladan= tifsima Trinidad (Calgados* y Delcalgos dellas tres ) nilas Religiolas de todas las Ordenes (ex= cepto las Francilcas ) no profellan, ni tienen calar alguno relervado por fus Superiores : luego (ino les aprovecha la Bula para otra cola , 0 no la tomarán , 0 bien proceden con ignoranciag (que fuera gran temeridad el dezirlo ) 4 la toa man. 1279 Y enel mameró 123. cadem pagin. prolia gue dicho Padre Olmo aísi: Mas, Lucie objetara me muchas vezes contra mi doétriva , que ella; lupuelta , le figue grave inconveniente , Y CS que fino les aprovecha lo Bula , para los releca vados, fe rerraerán de tomarla ; y cílo es defraud dar mucho el fublidio temporal del Rey: Nuné ¡tar Sed fre ef, que los que le valen de la Bus la para los relervados , fon no mas que alud mos ( como dize Vrbano Oétavo) y los que le ajuflan 4 fu obligacion (en las, Religiones que los “ay ) juntos con los mencionados de las qua tro Sagradas Religiones. dichas , y de todas las Religioías , Lon qua ipnumerables : luega: no tomando eftos la Bula ( pues para ninguna otra cola les aprovecha per te ) Lera contidea rabiliísimo el menoícabo; ¿ y demimento del (ubidio Real. Toda eta contingencia pueda padecer 5 pot el falío prelopuelto del Padra Torrecilla , que es contra todos los Theolox gos (-nullo excepto ) y «Contra la practica de hombres doétiísimos , que toman la Bula lin tener calos relervados + luego es falííísimo , el ue no aprovecha para otra cola. Af d la lerra dicho Padre Olmo , en las dichos dos nú- metros.
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