BCCPAM000508-1-06000000000000

Numeros 109. 110. Y 1IY. Pia defideria ¡ X favor de la Sagrada Religion de » San Agubin, en que deniega á los Religiofos, »s y Religiofas de ella el vío de la Cruzada, para s» dicho efeéto:, fin licencia de lus Prelados.] 4f- fi dichggP adre Olmo. y De donde , dexando el que las pax labras que aqui en efte numero 109. no fon del dicho Pontifice, ni aun como fe contienen en la nárrativa de los dichos Priores ( como de ella miíma coníta ) pues lasquealli alegan, y nar- ran fon, que: Liberins delingacndi orcafto preberesur, dexado, digo, elto. 942 Proligo , y concluyo como fe figue:: Sed fic eft, que no fe debe atender, d las claululas: que eltán en la narrativa , fino folo a las que el tán , y le ponen enla difpolitiva : luego no dizien- do en la dilpolitiva , que la concelsion de la Bula de la Cruzada ( con la inclafion , y extenfion de la tal facultad de elegir Confeffor en quanto al artis culo de losrefervados ) cede en detrimento gra. vede los Religiolos ( que era loque yo dezía) como no lo dize dicho Inocencio Oétavo, en la diípolitiva de dicha Bula (como de ella mima coníta, ) Nada puede inferir dicho Padre Olmoa lu favar de la tal Bula,vt ex fc pater:Ergo,Sc. 943 La confequencia es legitima , y la me: nor, elto es: Quenoje deba atender 4 las clanfulas ue eftánen la narrativa , /ímo d las que eftan en la dif> pufitiva, le prucba , como le ligue. 944 Lovno, porque aíst lo tiene ton Rebtr. fo , el dodto Padre Fray Luis de la Concepcion, en lu examen , de potefhat. Regular , libr. 1. trab. 2, de claufulis du commavi , numero 3. in fre, pain. mibi x3. ylo mimo tiene (aun en termi. nos mas apretados , nempe del Notario ) con ínt- merables que cita el leñor Salgado , de fupplica, ad Santli sim. part. 2. Cap. 30. $. 4. aánumero 18, ad 23. y escomunilsimo de los Doctores , y Min nificlto de luyo , como delpues yerémos : Ergo, Xc. y 945 Lo otro, porque la tal narrativa «s vna alegacion que le haze a lu Santidad para ob, tener lo que le pretende , fin probar la tal narra. tiva, que fe alega : Sed fic eft , que es lo mil mo : Nibil alegare , vel alegare , 5 allegatum nor probare ,como lo tiene con Báldo , Rolando dd Valle , el Cardenal Tufohio , Pedemontano, Agul- tin Barboía , y otros muchos, dicho Salgado , er. dicho., cap. 30. $. 2. numer. 19. y 20. quelo prue.” ba dela ley 1: in princip. tunéta GlofJa , verb. Decen. ser, ff. de dilationibus , y de otros Textos de ambos Derechos, que (e pueden ver alli; luego de lasra. les narrativas , que no fe prucban, nada pude con. cluir a lu favor el Padre Olmo: Ergo, Xc. 946 Confirmale elto , porque la tal alega: cion contenida en la narrativa , folo fedá al Su. mo Ponrifice , para Íu inftruccion , y para mover. le á que conceda lo que fe pretende , y no para lo judicial ; y poreíla cana nole da copia 4 la parte interellada (como le haze en las alegaciones ju= Port.6, diciales ) como'bien Jalon , iu les. 1. $. Edenda,nua mero 6. ff.de edend. Alexandro , in Autbent. lubea « mus ,Cod. de ludic, Maranta , de ordin. iudic. parta 6; $. de aéforum , ediéf. numero $$. y otros mua chos: luego aunque el Pontifice fe mueva por ella a concederla gracia, quelele pide, ni le igue que la tal narrativa lea verdadera , ni que las tales palabras lean del Pontifice , comio de luyo es evix dente : Ergo,ác, 947 Y fino pregunto al Padre Olmo , esla milmo dezir aquellas palabras los Priores de San Aguítin , que dezirlas Inocencio Oétavor Pregunto mas: Quando en la Nurrativa , para, conleguir vna: gracia , fe ponen. algunas palax bras para mover el animo del Pontifice a que! la conceda , y eftela concede: dirále por ell que las tales palabras Lon del Pontifice cgcéy dente? Ya le vé que no., pues. no porque vna diga , que es noble en la Narrativa, papá obres ner la gracia del Oratorio privado , dea dilpeny lacion , Kc... Y el Pontifice atenta la Narrativaz delpache el Breve, y:conceda la tal gracia, le haze por ello noble , nilo califica de tal, vtex/é Pater, 948. Item, (1 la Narrativa fuelle falía (cos mo muchas.vezes lucede ) dirále por ello , que el Pontifice que delpacha el Breve , y conceda la tal gracia, cometió el tal vicio de falledad? Avrá hombre, de juizio. , que le “atreva á afira mar tal coía > Linda aflercion feria por cier to la dicha! Pues como el Padre, Oímo lo que dizen en lu: Narranva los Priores de San Agua ún , afirma, que lodize Inocencio Oétavo, en elte numero 109. ibi: dize (idelt Inocencio Oc tavo : Quia món modicum pericnlum immines anís marum Fratrum , (c. Como ¿buelvo a pregun« tar á dicho Padre Olmo , Inocencio Oétaval dize ello , (í quien lo dize ( y aun no con día chas palabras , fino cón otras , como coníta de la tal Narrativa ) fon los dichos Priores? Ergoy Ye. : RESPUESTA SEGUNDA. 949 Ntes de relponder 4 lo que el Reverendo Padre Olmo nos ale ga en orden á la Bula de Pio Quarto, es de advera tir , que dicho Reverendo Padre cn Íu Tratado Moral, pagin.27.9, fubmumero 19. Nos dixo , que la ral Bula era Difimicion Pontificia, enque el Papa no puede errar , en la confequencia iguientey que infirió contra mí , ibi: Luego determino mal Pio Quarto , quando dixo : Ne (ub pretextu facula tatis cligendi Confe/Jorem Regularis difcipline inde Jequatur diffolutio , providere volentes , re. O ma ha de conceder»difinió mal el Papa , Ó retratar lis propolicion , porque no fe da medio : luego. 4/44 4 la letra dicho P.Olmo. 950 Pero(corrido quizás ) de aver dichos que la tal ayja fido Di(imicion Pontificia , endo lo : Aaia2 le e E ñ Ñ Ml 4 ANA ll pl AN AA ¡BA INP q pi ñ AN PRO Ma ñ Mel | A MIA de % AA

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz