BCCPAM000508-1-06000000000000

sia RE | 784 Dirálo fegundo el Padre Olmo, que ya dixo: Que aquellos medios eran pay di/tintos. Bien. Bueno esla cilo; pero aquel adiramento , y di/para- fados,no efta bueno;y para que lo Conozca, arguyo 2du Paternidad Reyerenda como le ligue ; Per ¿a- torrogationem, 735 MiReverendo Padre Olmo , V.P.R. en fa Tratado Moral, 4 pag.120.4d 130.prueba (u len. tencia con cinco medios, tomados de diverlos Átl= tores (acerca de lo qual le vea nuetro: Apologeti. CO, PaZ.193.104M.6., Pag.:197 «NUM. 32. Pag. 199» mum.5 1.y pag.201.0um.60,)Pregunto,pues, aora á V.P.R. li yo le dixelle (0 qualquiera otro) que los tales medios eran muy diltintos, y di/paratados , CO» mo llevaria V¿P, ello ? Qué juizio-haria del dicho modo de hablar > Que 4. me parece no le haria bucn eltomago : /m0, me parece diria V.P.. Que el VHamar difparatados a los tales medios , la tallocu- cion era la que fola merecia el apellido de di/para= tada,y de dislates confiderelo bien V.P. y faquele la confequencia, 786 Padremiocariísimo,los medios del muy docto Juan Martinez de Prado , que yo tranícrivo endicho num. 99. aunque lon diitintos el vno de otro, ambos empero (y cada vne de ellos) (é orde- nan a vn miímo fim,que es aprobar elallerto de la menor,pueíta arriba,num.77 4» y aísi ambos tienen congxion en orden al meímo fin á que te ordénan, btex fe palet. Y ¿on cflo, pajjemos a los numeros 82.y83. Numeros82. y 83. 787 Profiguiendoel Reverendo Padre Olmo en el num.S2. pag. 113. dize lo que fe ligue: Toma entre manos nueítro Padre Fray Martin ( pa2.15 5. ánum. 32.1.) elte argumento (agregados á dichas Bulas,contra folicitantes, vn Decreto de Clemente VIll.al miímo fin, y vna Bula de Gregorio XV, ) y Je preocupa en liquidar la diferencia , que ay en las mencionadas Bulas, en razon del modo (como hizo invtilmente en las pajJadas ) y dize, que la Bula de Pio Quarto,y el Decreto de ClementeO étavo,eran folo para Efpaña;y la Bula de Paulo Quinto era fo- lo para los Reynos de Portugal, y de los Algarves; pero la Bula de Gregorio XV.es para todo el Orbe de la Tierra,como conlta de ellas miímas, Hec Ton precilla, 738 Yenelnum.S3. ¿4 pag.113.proligue di- cho Padre Olmo. como fe gue: Yo fiento mucho ejte barloventear , huyendo el norte de la dificultad; porque elto, y lo demás, que acumuia, de que elta Bula de Pio Quarto (e diferencia de la de Paulo Quinto, y dela'de Gregorio XV. en c/20,aguello, y lo otro, Ge, (fiendo el motivo, y fin de lu Inftitucion el miímo en fubltancia en las vnas , que en la otra) que haze en contra de miargumento ? Xo confidea ra,que fe reiran duos, y admiraran otios Porque quien no admirara fu propolicion, que dize: La Bula de Paulo Quinto era folo para los Reynos de Portugal , y de los Algarves; pero la Bula de Gregorio XV. (hzc nota) Seccion quarta al Articulo 4. es para todo el Orbe de la Tia 5 Con que ( mi Prdré Torrecilla) era tambien contra los folicitantes de Turquia, Mofcovia, Tartaria , Grecia y Tranfilvania Gre, porque eftos Reynos fon del Orbe de la ei rra ; y a qué Inquilidores de aquellos Pañles man: . daria dicho Ponpiíice ditigir la Bula? Padre mio, leala ( pues dá d entender uo la ba vifto ) y hallará,que no dize , para todo el Orbe de la Tierra (que no cabe elle abíurdo tau ridiculo en vn Sumo Pontifice JG no in guibufvis Chrifkiani Orbis partibus ; y las partes del Orbe Chriltiano,no fon rodo el Orbg de laTie. rra , pues ya no fueran partes, AJsi d laletra dicho Padre Olmo en los dichos dos numeros. RESPUESTA PRz3e A ? 789 PRefcingiendo de los chocolios del Reverendo Padre Olmo, y dela Religiola vrbanidad, y cortelana politica de efte Padre (palabras lon luyas contra mi en el principio del num. 80. y alsi no podrá reprobarlas en mi, (e. gun aquel principio tan recibido en Derecho : Ne- mo pote/k reprobare in alio,quod in fe aprobatyacerca del qual fe vea mi Apologetico , pag. 492. in princip. y paz.614.1mum.1 12.) relpondiendo á ellos, digo lo que fe ligue. 7390 Digo lo primero ,en orden á aquello que dize entre parentelis: Que me preocupe imvtilmente em eopiár las pafJadas; que liacalo habla de los fraga mehros, que copic de las Bulas a favor de la Puril lima Concepcion ¡( de que habló en lu num. 59. ) quefe vea la relpuelta arriba, e mum. 630, ad 6344 ¿inclufive, 791 Y ( habla de las Bulas contra Liroloros Fudiciarios,y de las Bulas contra celebrentes N caíe lo dicho en mi Apologetico,d p42.152.4n4m.294. 4d 3To. (tranicripro arriba, ¿mum.s95.4d6 13.) que de ello melmo confta, que el liquidar aquella difes rencia conduce para conyencer con evidencia a din cho Padre Olmo: que los tales esemplares que aleY ga, nada evacuan del argumento del Padre Mael= tro Prado,que era el intento de dicho Olmo, en fia Tratado Moral, pag. 99. num.2 8. ibi: Mucho beef timado al Padre Mazftro la obfervacion , que evacuaram algunos exemplos. ' 792 Y enordená lo que dize: Que me preocua po (idelt,invtilmente, como fe infiere de lo que dize en dicho parentelis) en liquida? la diferencia que ay en, las dichas Bulas contra folicitantes. Digo lo fezundo: Que la tal liquidacion conduce afsimiímo para convencer á dicho Padre, que de las tales Bulas no puede (u Parernidad Reverenda inferir cofa contra el argumento , d indicio del dicho Maeltro Prado, acerca de la reiteracion de las Bulas de Clemente Oétavo, Paulo Quinto, y Vrbano Oétavo, que ex. cluyentodas á todos los Regulares del indulto de la Cruzada , en orden al articulo de elegir Confeía for, que en virtud de ella les abíuelva delos relera vados,fin que contenga la vna mas que las otras, (1, no que todas ellas lon generales , y acerca de vn mil,

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz