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€ ze SS A a o tio a+ RA do ia rd AA A A e A Dan É y e A _ z > pu ua z A zx o eo qe Es vd e dB as ¿A 526 Seccion quarta al Articulo 4. la qual todos hablatnos »no ore, tám privatim, quim publice , y por ella cauía ha cellado yá larcitera- cion de Conftituciones lobre el punto. 702 ¿Perono le como pueda verificar dicho Padre Olmo aquello , que Jerian quatro ( lo en- tiende faxativé como parece )'ni como pueda componerlo , con lo que dize Sixto 1V. en el $. Sane, in princip. tranícripto arriba, mum, 580.ni con lo que dize la Santidad de Alexandro VIL en el $. tercero de lu Bula , de que los Obifpos cafí todos de das Efpañas , con fus Capitulos , y la Mage/ftad de Phe- hipe Quarto , fe quexaron de que los A/Jrtores de la opi- mion contraria ,no cefJavan todavia contra las antecen dentes probibiciones ,túmm privacim , túm publice, de impugnar , ¿vellicar la [entencia pia , y por e/Ja can- Jafuplican ¿fu Santidad provea de oportuno remedio, pues aquel querellaríe de'lo dicho los Obifpos ca» 11 todos de las Elpañas , con los Capitulos de lus Igleñias , dá á entender , que en cali todos los Obiípados de las Elpañas , y en lus Iglefas , avia motivo pata la ral querella; Ergo,Sc.1 con e/lo paf- Jemos al num, 704 Numero 70, 703 Profiguiendo el Reverendo Padre Ol. mo , enel num.70.pagin.111. profigue aísiel Pa. dre Olmo : Digame mas el Reverendo Padre To= rrecilla , y los tales , que con efcandalos predica. van , y efcrivian contra la pia opinion , no pecavan mortalmente , y «¡ás incurrian en excomunion /a- de fentencia , relervada al Romano Pontifice: Sc. Y profigue ,diziendo lo que yo re/pond.ris , y haziendo bna inflancia a paridad del duelo, RESPUESTA. 704 Efpondo :Que ello que me pres : gunta a miel Reverendo Padre Olmo, fe lo avia de preguntar en aquel tiempo 4 los doétiísimos Padres Maeítros de 5 Sagrada, € inclita Religion de N. Que yo folo reípondo, que la tal pregunta que me haze, noes del cafo que vamos ventilando , porque lo que ventilamos, es: Silas Conftituciones anteriores 4 favor de la Puril- fima Concepcion , eftavan recibidas en vío , ó no, por los que llevavan contraria fentencia ála pia: y lo que yo digo es, que de las Conftituciones pof- terjores á la de Sixro IV. efpecialmente de la vlti- ma de Alexandro VI.confta, que no eftavan toda- via recibidas en vío de losde la contraria fenten- cia, con los quales folamente hablavan las tales Conftituciones , y á ellos fe dirigian , y que por no eltár las anteriores recibidas en vío de los tales, fe multiplicavan , y relteravan las rales Conftitucio. mes : haíta que (gracias infinitas 4 nueltro Señor) con la Bula virima de Alexandro VIT. celfaron,y fe extinguieron totzlmentelas ralés riñas , y penden= cias literarias , que eranla ocalion de que (e origi. nayan las ofenñiones, y elcandalos , como fe lo 1ea prefentaron dichos Obifpos ; y los Cápiralos des lus Igleñas, y la Mageltad de Phelipe Quarto 4 dicho Sumo Pontifice. Yon e/to pa/Jemos al numero 71.72.)73+ Numeros 71.72.y73. zos: Profiguiendo el Reverendo Padre OL. mo ,en el numero 71. pagin. 111. nos repite lo que nos avía dicho en lu Tratado Moral , a pagín.. 99.wm.29. lo qual ala lerra es como e ligue: Sixto Quinto , manió expedir aquella grave Bula: Celi , (9 terre Creator, contra Ajtroiogos Faudiciarios, año de 1585. y la innovaron Gregorio XV. año de 16212. (eo omitió aqui el Padre Olmo, convenci= do de mi refpuefta) Y Vebano Oétavo,año de 1631. le deduce delta reireracion; luego” no fe admitió, y es como lino le huviera expedido. 706 Afridicho Padre Olmo : Y refiere trunca. damente ( y con mucha truncacion ) lo que yo le reípondi a lo dicho ; pero yo le lo relumire legal. lnente ¿como fe lo relpondi , para quefe vea la fuerca de lo que dize contra mi en los dosnime- ros Íiguientes ; Lo que yo, pues , le refpondi á lo dicho fue como [e Ligue. Bulas contra los Aftrolagos Fadiciarios. 707 A dicha Bula de Sixto Quinto, es¿ contra los que exercieren el Ary te de la Altrologia Judiciaria, y orros qualeíquiey ra generos de adiyinaciones , y contra los que rey tienen , 0 lecá los tales libros. Y la Bula de Vrbano Oftavo , es, contra los Altrologos , que hazen Juizios y Pronolticos, acerca de la Republica Chriftiana, 0 de la Silla Apoftolica , 9 de la vida delS. Pontifice exiftente pro tempore , d delos conlanguineos defte hafta el tercer grado incluffvé + y contra todos, y quale(= quiera Leyos , de qualquier fexo, condicion, quax lidad , y dignidad, fean Marquefes, Y Duques», que confultaten ¿los dichos ,d recibieren los jui zios , pronofticos , 9 precogniciones de los rales, aunque tftos te las ofrezcan,0 que víaren de ellas; O las retuvieren conligo á labiendas , d las enfeñas ren á otros : y á los milmos Aftrologos,que hizie.: ren dichos juizios , y pronoíticos ( aunque protefy ten que no lo afirman de cierto ) que los hiziereny dretuvieren los hechos por si ,d por otros: á tos dos los quales a mas dela defcomunion mayor la te fontentie , les impone pena de reos de Leila Mas geltad, pena de muerte , y confifcacion de todos los bienes , aunque fean fendales, $c. coninnos vacion de la Conftitucion ¿del Papa Sixto Quin» to. 708 Vea,pues, el Padre Maeftro Olmo( y veas lo qualquiera ) que es lo que pulle inferir delta fegunda Bula , contra el indicio, d argumento del Maeltro Prado , acerca de las Bulas que ventilas mos; Xada,cierto , porque Prado habla de la rcites racion
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