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Numcro49. y 50. refpondj yo tan eficazmente en los numeros tranl. cripros acriba 363. 394» Y 365. que no tiene que replicar , ni replica enia alguna conira la dicha mi legunda relpuctta , ul la menciona; qué neccis did tenid yo de bufrar caliajuelas 2 O para qué podian ler as tales cal ejuelos y que á lu Paternidad te le anto- jan? No te re, que ello que dize dicho Padre Olmo es de la miíma calidad (9 fariña) que otras muchas colas que fucle dezisme, lolo por hazerme fayor, 0 por lo que tu Paternidad fe fabrá mejor? : 419 Dize lo /egundo el Padre Olmo en dicho unm.49. pag. 106. in fine : Que en lu inftancia 4pa- . ritate, no entra en probabilidades, (ino en demonl- trar, que aísi como las Bnlas, que yo traygo contia duelos , y delafios , fublilten, y obligan en Elpaña, aunque no fe La conocido muracion de coftumbre, aji pariformiter aunque le experimenta la miíma inmu- rabilidad en ellas delpues de la Bula Vrbana ( repa- refe aqui cómo yá el Padre Mimo apruzba la Propoficion, que en el principio del num. 48. refiere de mi, y con la mifima vniverfalidad que refiere la dixe yo , y dixa fer falfifiima; perovojon nueva: en dicho Padre Olmo /e- "mejantes nec) equencias;) no por eflo fe puede de- 215,que no le aceptó,ni obliga en Elpaña. Ajsiile Odetra dicho Pad:e Olmo , wenos el parentefas , que Vá de baftardilla. 420 Miren que bueno! Y qué freícura derx- culacion, para no inflar contra mi legunda relpaef. ta! Ciertamente, que concluirá con ello al másbo- quirubio; y (1 no,remitome al juizio de los pruden- tes Leétores , a quienes fuplico fe lirvan de ve;.el argumento d paritate del Padre Olmo, que formi en los numeros 46. y 47g8ranÍcripros arriba,num. 3 $6. 9 357. y miretpucififflegunda a dicho argumetto, traniciipta en los numeros 363.364. 1365. y coho- cerá palpablemente la razon que me alsiíte para lo dicho. Y con e/lo, pafJemos al num. 50, Que es laflima, y perdimiento de tiempo detenernos mas en dicho vume- ro , y eu ponderar lo frefco de la tal evafiona Numero $0. gar pros. el Reverendo Padre Olmo en el mw. 50. pag. 106, nos repite lo que nos avia dicho en fu Tratado Moral, dé a ¿ Le p4g- 93. mum.21. y esa la letra del tenor Íiguiente. 422 Y lielno averíe conocido múracion de coltumbres,en quanto ál vío de laCruzada,ha fido de la praxi de muchos Religiofos(como dize 149.97 ,) No obíta, porque Íi conforme á fa doétrina, en el citado Tratado del Declo,num.2 3. debe preferiríe la ley dela Igleña á la aceptacion del Duelo , por Cu- ya obediencia no le puede perder la honra : Porque en efta parte (dize) no/: ha de atender d lo que dizen los malos, fino á lo"¡ue fienten los buenos, e. Luego quando mauda la Igicha , quelos Regul:res. noe: walgan dela Cruzada , note debe arender lo que plactican los inobedienres , y relaxados , lino a lo que lienten,y obran los buenos, y E Moratos: luego . €l no averíc conocido mutacion de collumbses ep $] ellos,no es afgumento para inferir, que la Bula Vra bana no le admitió (mi acepto por los fubdisos.em Ef paña, ) Buen apoyo gs por cierto alegar la. praétical de los no oblervantes, para probar ae infubliltente vna Bula Apollolica, la mas circunftanciada, que ía ha expedido , quando de los rales íe lamenta Leort X. en lu Conftitucion citada (y aqui añade, in Bula, que incipit: Nou fwue mentis dilplicentiayapud Rodrid guez, pa2.671.) que con el prerexto de la Cruzada viurparan la juriídicion delos Prelados: »2 dicera pofsáns ( exclama el Santo Pontifice ) laguens congrio tus eft, (7 nos liberati fumas. Mucho pudiera redara guirle con la miima Ley de Jeíu Chrilto R.N. (pues Jrendo infalibla, vemos por nuejtros pecados ninguna mua, sácion de co/lumbres eu muchos. ) 423 Alsialaletra dicho Padre Olmo en efte mam. 50. y es repeticion tambien á la letra del num. 21.4 paz. 93. del Tratado Moral ; menos los tres parentelis , que ván de letra baftardilla , que eftos cltan añadidos aqui : A lo qual relpondi yo cn mi Apologetico,d p42.1 37.4 num, 180.44 189,2 la los tra lo que le igue, y RESPUESTA PRIMERA. Efpondo lo primero;Que lo que ya digo con la comun de DD.en dix cho Tratado del Duclo,mum.2 3.es; Que quando fe toma, d acepta el duelo en defenía del proprio how nor,porque no le tengan por »a cobarde, ¿por vn gas llina,€s ¡licico, y lo prueban aísi : lo yno, porque el honor no pende de la aceptacion del duelo ; pues no puede perderfe honor (lino antes ganar mucha honra) por obedecer a la Ley de Dios,y de la Igle hia , elpecialmente labiendo.eftán decretadas tan graves,e infames penas contra los dueladores. 425 Lootro:Porque en clta parte no te ha de atender 4 lo que dizen los malos hombres, y mun. danos, fimo a lo que fienten los:buenos : Lo orro, porque (in aceptar el ducio , y lin faltar á la Ley de, Dios, y de la Iglelia , puede demonttrar el delafia- do,que no lo dexa por timido,o de cobardia, como veremos delpa es; y lo otro, porque elle duelo és el que condenó en rerminos la Santidad de Alexana dio VII vbi fupra,en el lupuelto tercero; Ergo, Ao»; Ejto es lo queyo dixe a la letra en dicho vum, 23.4 que añado aora , que depues de la digha condenacion de Alexandro VIL. no ay Autor «que diga lo conx tario, 426 Pero que fealicico á los Religiolos, yRez ligiolas vlar de el Privilegio de la Bula de la Cru= zada, en orden a la ablolucion de los calos relervas dos en virtud de ella , lo tienen adhuc delpues de la dicha Conftitucion Vrbana, el leñor Obilpo Arau jo,el Uloftritsimo Acacio de Velalco, el Padre Juni= pero de Deprano , con catorze Calificadores de el Santo Oficio, y otros muchiísimos Religiolos gm ves , timoratos, y Sapientilsimos Macltros , que quedan citados arriba €n la Secs1 + $.2.4 440.2. ad 20.4 P98+ 30 424 Prea
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