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Numero TA. pales Pulas nofo han notificado a los Religigfos ; y yo puedo deponer , como lo depongo , que en la mia nole ha publicado. 190 Pero dado ,y no concedido, que la tal le huviclle publicado, no folo en Roma, fino tambien en Elpaña,y en las Provincias, y Conventos de Res ligiotos, fino elta en ellos admitida en vío , quid ima de:Nada,cierto, feguo la comun doétrina, y fundas mentos,que le alegaron en mi Apologetico, 4paga 15.4 num.68, ad $5. y ltegun la doétrina del Padre Olmo,tranfcripta arriba, d num 159, 4d 163. 191 En confirmacion de lo qual , fe añade lo ue dicho Padre Olmo nos enteña en dicho íu Tratado Ephimerico, en que expone cierto Decre» to de Vibano VIIL en el qual, fol, 28. num. 30. delpues de aver dicho , ¿ue log) toca d todos , debe Jer aprobado por todos, y probadolo con la Regla 2 9.del Derecho Canonico,gued omnes, y con dos Gloflas,y con la Bula de Clemente VHIL, no admitida, dize á la lerra lo que fe ligue. 192 3, [Y en nueltros dias lo tocamos en la 33 Bola, que a peticion de la Cato¡ica Mageitad de Filipo LV. dió Alexandro VIL.. ad reformationem Claufura Monialimen : y aviendofe promulgado entodaslas Ciudadesde Caltilla , y lus Monal- teriosy;con efpecial orden de nueltro Rey Ca- »» tolico, poniendo para ello tan grandes medios, 3, comotodos laben, con ardiente, y zelolo deleo 3, de que fe oblervafle, para que influia tambien el 3» Nuncio Apoltolico , con autoridad elpecial del »» Pontifice , $c. Y no obítante vimos , que nola 3» ACEPLaron, ni admitieron; como fucedió tam- ¿» bien Bonifacio VIIL conorra Bula , que dió al »» memo Án;que comienga: Perscalofo,detefabili, y 3, le refñere in cap. Periculofo, de Stat. Regul. in 6. de »; Monial. clauf.y defpues la innovd, y revalidó y, el Santo Concilio de Trento, como confta de la ¿»Jeff.25. cap.5 . y Pio V. en la Conftitucion, que 3, comienca ; Cura Pafloralis , y Gregorio XIII. en ss la fuya,que comienga : Deo Sacris. Y no'obltan- y, tecllo ,multis in locis Santlimoniales clamfuram non fervant , pretexentes eiufmodi Conflitutiones, non e/Je vfa, 7 more receptas y at Azor citat. cap. 18, queít. 10, vide Barboíam in Colledan. /u- 3» per Concilium ad fefsionem ciratam. Halta aqui á la letra dicho Padre Olmo. 193 Veafetambienlo que dicho Padre OL. mo dize en cl melmo Tratado, fol. 33. ¿n fin.acer- ca de otra Bula deBPio V. y lo que dize 4 fol. 39, mum. 45. acerca del Decreto de Vrbano VUL que expone. Ñ Añado mas en confirmacion de lo inefmo: Que el Dottifsimo Padre Henrico Henriquez,de la In- clita Religion de la Compañia de Jesvs , en fu Su. maylib.6. cap. 16. in comm. litt.P. delpues de ayer dicho, que enel Concilio Lareranente , Extrabaga Inter cunitas, de Privilez. León X. prohibe, lo pena de Excomunion a los Minorites ( nocefe e/lo >> junto con lo de abaxo , y lo del número fizuiente ) el que por la Bula de la Cruzada ( ado: por las que fe dieren $3 33 3, »> 3 > >» Ex in futuram) elijan ConfeTor : y delpues e. ferido,que Alexandro VI. Sixto IV .Inocencio VIH. Julio U'Gregorio-1X.Celeítino V. Pio V. Gregorio XIII. Leon X. y otros Pontifices,prohibieron, y dea rogaron para los Regularésel dicho Privilegio de la Cruzada; defpues, digo, de lo dicho, dizc dicho Henriquez lo que le ligue: 4e praxis oJtendis, videna tibus,7 tacentióus Prelatis, omnes feré Ordines Mena dicantinm, tacite renuntia/Je lopic Jiritto Privilegio, 6, gsudere Cruciat. 194 - Y el miímo Padre Henrico Henriquezy; lib.7de Indulgent.cap.22.num. 4. dize alsi: Pofted apad quofáam Ordines Mendicantium per premifJuna Prelatorum , cum fapientiuon hominum Cov/rlio fabtuma efi ex tacita prediéti Privilegi] reuuntiatione,vt accepa ta Bulla licear Regularibus eligere ConfefJarium , etiam pro refervatis. Y enel Cómento, litera X. dize; lta confulti Salmantice, Cr" alibi Magifbri Tbeologi, > ex omni Seré Monafterio B.Dominici, Eraucifti, Augutia pits, Dottifs imiac Prelati ¡pfr, O confuetudo role rata 1la miberpretatur. 195 -Aísi el tobredicho Henriquez , lo qual debe notar el Padre Olmo; pues delpues de lo que le eltableció en lus Capitulos Gencrales , celebrax dos enlos años 1520+1521.1516.y 1553.10 rex lolvió en Salamanca , y en otras parres por log Macítros Theologos , y por los Doétiísimos Pax, «res , y por los Prelados miímos de cali todos los Conventos, entre los quales le anuméra elde nuelx tro Padre San Francilco,que los Regulares que tox man la Bula , pueden en virtud de elía elegir Con« fellor ; etiam pro refervatis, y la coltumbre tolerada: lo ha interpretado aísi , legun dicho Doétiísimo Henriquez con los fobredichos. Veaníe también las vlcimas clauíulas , que ván de baltardilla en el bum 193. 196 Haze tambien á lo dicho lo que dize el Doétiísimo Machado,tom.1. lib.K, part. 2 traót.5., docum: 1. unam. 2. donde delpues de aver referido muchos, y graves Autores , que defienden, que los Religiotos ,aabue los Mendicantes, puedes víar del Privilegio de la Bula de la Cruzada, en orden á los releryados , Concluye el dicho mum. 2. cómo le ligue. 197 [De donde inducen los miímos Dodtox res , quelos indulros concedidos por los Sumos Pontífices,y principalmente por Clemente VIIL a. las Religiones Mendicantes, para que lus Religio., Los no puedan, en virtud de la Bula, clegir Confefa . lor , in licencia de lus Prelados , eftan derogados por la miíma Bula; y para que ellos tuvieílen fuera ga, era necellario , que delpues de cada concelsion: de ellalos bovielle a revalidar el Pontifice; y revas lidados, los notificafien los Prelados a lus fubditos, y ellos los acepratlen,y oblervallenzy con eltás cons diciones quedaria totalmente cerfada la puerta a que los Religiofos Mendicantes pudiellen aprove- charte de la Bula, para elegir Confellor contra la voluntad. de lus Preiados. v4/3i 4 la letra dicho Doc tor Machado. Haze

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