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Numero (e pone en probar la dicha fuplica , poniendo en ella todala fuerga ¿y de ninguna manera cn clue- feto de publicacion en Elpaña, como le puede wér en el $. antecedente ,¿uum. . sd 24. 4 paz. ad 113-Ergo,%Xc. 67: Imó ¿enla fobredicha Menor, fe di bal tantemente a entender (+eltando á cite legundo modo de defender dicha cercera fentencia ) que baíta la Íuplica hecha en Roma para que obligue en Eipaña (quetenus ejh ex parte publicationis ) alias mo fe dixera, que la laplica lulpendia lu valor. , CO= mo de luyo parece claro, 68 Yaísi, Padre mio, enla dicha Mayor, lo fe pretende : Que aunque la ral Bula: Viba» ma no fe ha publicado en Elpaña , ni intimado a los lubdiros , la Mageltad , dandole por en- tendido de ella , ha fuplicado de elia antes de la aceptacion: y luego en la-Memr., le dize , que ela luplica luípende el valor de la dicha Cont- útucion < con que en dicho argumento no ay mas que va Aquiles y y vo vnico fundamen. to , que esla luplica de la fobredicha Conlti» tucion. 69. Dixearriba en el mumero 26. ( que 47ui es el 60.) Queci soda mi confulta , mien los dos mo» dos, Ge. Y en clnumero 33. (que aqui es el 67.) Ejlando 2 efté fegundo modo , co Porque los An- tores de dicha tercera fentencia fuclen defen- derla de otros diveríos modos , y con otros diverlos,. y gravilsimos fundamentos : y entre ellos es vno, y harto fuerte, el defeóto- de im timicion á Jos Religiotos , que teman la Bula en las Provincias de Elpaña , los quales fien- ten, que no baíta la publicacion hecha en Ro» ma, acerca de lo qual le vea lo dicho en eita Apología quarta , fec» 1+ $. 3.4 00m. 54. ad 60, duclufive ¿4 pags 13» RESPUESTA SEGUNDA. Elpondo lo legundo : Que dicha Padre Olmo me prohijg34 mi di- chos fundamentos , porque le le antoja , d por los fines que dixe arriba ; pues claramente digo yo noÍer mios , ino de los Autores , que deficaden dicha tercera lentencia, por eltelegundo modo, que yo refiero de defenderla ; y no, veaníe arri- baenelf. 5. el nuns. 1. el principio del 2. y el prin cipiodel 8.p12. 109. yleverá claramente ler aísi, enlo que digo, y modo con que procedo : Fl. ara y de que no llevando yo en dicho Toma di- cha tercera lentencia, lino la quarta ,-folo era mi intento el referir las razones, que alegan los Patronos de dicha rercera fentencia , en com- probacion , y detenía de ella, como dixe num, 10. pag. 17. Immo , adverti alli, que me dexa- va muchas, y que lolo queria hazer mencion de dos modos de defender la dicha opinion, que pa- rece pueden tener alguna probabilidad , O VE Ti. Port, 6, 70 LL 449 militud , y hablé afsi con efta templanca de la dis cha tercera lentencia , por lo que te dira en fu lus gar , quauido el Padre Ólmo nos precilea ello : y tu eu elta Apología he referido todos los fundaa mentos , que voluntariamente emiti en la dis cha Confulta , es por lo que dexo dicho en la fea 1. $. 3. mum. 3. y SS, pag. 1d. 71 Alo de lasrepcuciones , que me atribuye; el Padre Olmo, fuplico al curiolo Leétor fe fra ya de ser todo elf. 5. y verá quan volintarias mente me atribuye dichas repeticiones ; pues no hallará vna , que lea viciola , O que le pueda, elcular ; pero no haze poco( legun el cómun ada4 gio ) quien fu detecto hecha á oiro: y quizás dix cho Padre vsó dela dicha maxima , como de jas rave diípolirivo ; d-excularorio?, para las muchas repeticiones viciolas , que en adelante nos ha da hazer confequente en ello, á las hechas en lo ans tecedente. Y con e/lo , pajfemos al mumero 7. que aquél ( por aberlos juntado en pue ) es tambien cl x da El meímo numero 11. 72 Proliguiendo el Reverendo Padre Ola el melmonam. 14. 4 pag. 97. 1os repite lo quel nos avia dicho en fu Tratado Moral , 4 pag. 83 y; num. 7. queesá la letra como le ligue , vá tratan do dicho Padre (ide? Torrecilla) en la queítion proemial del mimo Tomo , difficult. 3. num. 46, dela Decretal de Alexandro VIL. en que le cona denan aquellas 45. Propoliciones , y dize : Quel mirando aun como ley prohibitiva , no necelsicl de publicaríe en Elpaña , para que obligue en ellag porque baftd la que le hizo. en Roma para qual obligue en roda la lglehña , y 4 todos los Fieles: Chuiltianos< lo qual prueba con quarenta Doc« tores ¿ y bien graves argumentos : Él vno esy que el Decreto de Clemente Oétayo , en que conx denó la opinion de poder ablolver al aulente , na fe promulgó en Elpaña ; y lin embargo , dela de eutontes madie le ha:atrevido 4 enfeñarlay ni leguicla, lino que ha ado obedecida de to= dos», ¿on fola la publicacion , que fe hizo em Roma; de luérte, que ningun Theologo de:ed Mundo fabemos aya imprello cola. en contra- rio de dicha condenacion 3 Hec ¿lle ex Lum. bier. Infiero, pues : luego el miímo juizio le debe hazer de la Conftitucion prohibiriva de Vibano Oétavo: Aliás fuera falla la doctrina: luego aunque no fe promulgaíle en Efpaña, por la publicacion que le hizo en Koma , obli. gara en ella , como prueba de la Conlftiracion referida de Clemente Oéravo : Prucbo la cons lequencia .con vn Axioma bien vulgar del Dex recho : Cafus deo , quando funt equiparati in in. re, difpofitum in vno, in alío ceuforur difpofitum. Cira por el tal Axioma en la Tratado Moral tres Glolas , y muchos Doétores ( aunzue aqué omisio las des Glojjas , y los Doltores , quizes por» PP3 qu
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