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tojado , y quedan referidas , y refuradas en lus lu- gares ; y aquí le Íuplico, fe aplique a si* proprio aquella autoridad de Plauto , que lu Paternidad nos adminiltró , con lu gran Magifterio , en la pag. 57.num. 36. (y nos la repite abaxo , pag. 98. mum. 13. aplicandomela leganda vezá mi, quan. do tanto la ha mencfter dicho Padre , y es laítima echar de lu propria cala alhaja , que le viene rana pedir de boca , y que tanto la ha menclter para si ) Nemapé : Qui quod vult dicit , quod non vule aus : Y con elto, pallemos al mum. 14. Numera 11. 57 Profiguiendo el Reverendo Padre Olmo en el mum. 11. 4paz. 97. nos repite lo que nos avía dicho en lu Tratado Moral, pag. 83. enlos mumeros 6 y 7. que aqui los junta en vno (quizás poz equivocar mis relpueltas a ellos ) pero yo, que deíco la claridad , y que te lepa lo que le relpondi á cada vno de ellos , los referiré , como tu Paterni- dad nos los pulo en lu Tratado Moral, para que delpues campeen mas las inftancias de dicho Pa- dee Olmo, contra la relpuelta que le di a ellos : lo qual yá hago. 58 Enclnum. 6. pag. 83. de (lu Tratado Mo- ral, nos dixo el Reverendo Padre Olmo lo que le ligue : En dos principios funda el Padre Torrecilla esprobar , que la Bula Vrbana no obiiga , y esco: mo ú no le huvieca expedido : El vno, porque na 1c promulgó en Elpaña; y el otro , porque le luz l1có de cila al mimo Pontifice Vrbano. Efte es rodou el Aquiles , y fundamentos de etta fentencia, muchas vezes repetidos por dicho Padre Torrecis la en la Coníulta; y alsi lo haré yo en las rel puel. tas , lin tozarme , ni complicarme en ellas (foplico á mi Lector la tolerancia) impugnemos lo primero coh doétrina del mitmo Augor. 59 Aísi á la letra dicho Padre Olmo en ía Tratado Moral en dicho mum. 6. y nos lo repite aqui en el principio del mum. 11. pag. 97. Verdad es , que lo tranímuta aquí , por lo que yo le dixe en mis refpueltas al dicho numcro:Al qual relpon. di en mi Apologctito, 4 pag. 118. ¿uum, 26, ad 38. lo que le gue, RESPUESTA PRIMERA, 60 Efpondo lo primero : Que ño fe ha- lara en toda mi Contulta , nien los dos modos , de que folamente hago yo .men- cion (dexadas las demas pruebas, como lo advier- to yo al principio de la talContalra,n. 10.pag.1 17.) donde funde yo (cafo negado , que fuellen funda. mentos mios , los que yodigo que alegan dichos Autores, de quo poftea ) el que la Bula Vrbana no obliga , porque nofe publicó eu Elpaña: y fino, mueltrenosel P. Olmo donde funde: yo en dicha Conífulta, 0 ponga la fuerga de no obligar en El pañala dicha Bala, en cl defecto de no averle pus Seccion quarta al Articulo 4. blicado en ela? Y lino lo mueltra , coma no lo hará , figucíe , que cl tal no pueda (er Aquiles mi Heétor , wen manera alguna fundamento mio eS no ideado (por no dezir conficto ) por tu Parerni. dad Reverenda , y que mele arribuyeá mi, por= que quiere , O porque le parece que en el ha de fundar vna gran mina de inftancias, ad hominem contra mi 5 las quales ( dado , y mo concedido lo dicho ) lerian adone de poquiísima , d ninguna lubítancia , cama veremos , relpondiendo 2 ellas en lus lugares. 61 Dira el Padre Olmo : Que en la legun. da prueba le haliarán dichos dos principios, en que dize lu Paternidad , que la fundo, vempé. El vno , porque no fe promulgó en Elpaña; y el otro , porque le fuplico de ella al mitmo Pontifice Vrbano. 62 Sedeontra: Porque el Padre Olmo no ha entendido la dicha prucba , 0 afcéta el no en. tenderla ¿para hazer de vn principio dos, y de. zir ,que yo tengo por Aquiles , y vano delos fun. damentos , para que no obligue el defeéta de publicacion en Elpaña de la ral Bula 5 y para que elto fe conozca mejor , lerá bien reperie a la letra la dicha prueba, que es del tenor fi. guiente. 63 Pruebanla lo fegundo : La dicha Conftis tucion Vibana no le ha publicado en Efpaña, ni intimado 4 los fubditos , ni fe aceptó por la Ma. gsltad Catolica , ni por lu Supremo Confejo, ni por el Comiiario de la Cruzada , fino que antes bien el Comillario de la Cruzada, de orden y mandato de nueltro Carolicifsimo Rey Felipe 1V. luplico de ella al miímo Pontifice Vrbano VilLpor que no le dilminayellen las limo(nas, que le fuelen dar por tomar lasBulas: Sed fic e/+,que la Ínplica, que te interpone con cauía juíta., acerca de algu. na Conftitucion Pontificia , fuípende lu valor, hala ta que conte, que la voluntad de íu Santidad pala a abíoluta , maniteltando de nuevo fer fu inten- cion obligar a tu oblervancia, y en el inrerin fe quedan las colas en el meímo eftado, que el. ravan antes de la dicha Confticucion : Ergo, Sc. 64 . Vea, pues, aora el Padre Olmo( y juzs guelo qualquicra medimamente inteligente ) Á fe funda , O pone la eficacia de dicha prue ba en en el defeéto de publicación en Elpaña, O lolamente en el efecto, y fuerga de la ral (us lica. 65 Coníidere aquella Mewor , y verá, que no le dize en ella : Sed fic ¿/? , que no baíta publicaríe en Roma para que obligue en Eflpaña , (ino que neceísita de publicaríe en ella, para que en ella obligue:Ergo,dEc. 66 Ver2,digo,que no le dize en ella lo dicho, ni lo equivalente a-cilo, fino lolo; sed hceA, que la Ínplica , que fe interpone de alguna Conftitucion, fuipende ly valor y Sc. «Y que en todos los parragraphos , que le figuen , todo el conato n le

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