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Numero 10. Numero 10. su Profiguiendo el Reverendo Padre Olmo enel mam. 10, pas. 97. dize a la letra lo que le hi- gue: Plterius. Sies verdad (ve a/feris) que viviendo Clemente ¿y Vrbano V 111. uo pudieron los Regulares p/ar del Privilegio de la Bula , para elegir ConfifJor , y Jer obfueltos de refervados : luego en virtud de lus Conítituciones? La confequencia es forgofa: luego ad minus, por el tiempo de fs vidas, obligaron dis chas Conftituciones Pontificias á lu complimien- to , enlo que ordenan , y mandan? Para ir coníl- guiente , me ha de conceder tambien elta jlacion: luego eftas propoliciones ( tantas , y tantas vezes repetidas porel R. P. Torrecilla) Nempe : las Conflituciones de Clemente , y Vrbano VIIL. uo eflan recibidas , wi env/o en E/paña ; wi la de Vrbano VIIT, Je ba publicado , ni intimado d los fubditos ; antes bien fe fuplico de ella al mifmo Pontifice , en tviombre del Rey; y fupueftala fuplica , fe fufpendio fu valor Lon falías , y fon verdaderas : luego la otra lu propo- licion , Nempe : viviendo Clemente , y Vrbano VIII, no pudieron los Regulares v/ar del Privilegio de la Bu= la, para elegir Confe/Jor , y fer abfueltos de refervados, es lupuelto fallo ; porque legun lus doétrinas , y principios , no obligavan dichas Conftituciones * Pontificias. De que te infreten muchas contradic- torias ; Nempé : Que dichas Conftituciones le ad- miticron , y no le admitieron; obligavan , y no obligavan; le promulgaron, y no fe promulgaron, éc. Porque li viviendo Vrbano VIII. obligava lu: Conftitucion a los Regulares , como dizc-Torre- cilla , num. 100 (y nos lo repite en lu Apologia muchaas vezes) que no [e ha publicado, ni intinía. do a los fubditos ? Y fi no (e intimo, vi promulgó, como obligava? No alcanga mi infoficiencia,como concordar cítas dodtrinas. Hajla aquí a la letra di.. sho P.Olmo en dicho numero. RESPUESTA PRIMERA. Isa Efpondo lo primero : Que fi el R. Pa Olmo no confundiera los dos mo» dos ( y modos tan diverlos ) de defender la dicha tercera lentencia , no hallará dificulead alguna en cócordar lo que dizen lus Patronos de cada vno de ellos; pero (1 dicho-K. P. los confunde , y lo que toca 4 vn modo de defenderla , lo atribuye al otro diverío modo de defenderla , como quiere alcán. gar el concordar colas tan diverías 2? MiR. P, dil- tinga V.P. dichos modos, y vea lo que dizen los Patronos del yno, y los Patronos del otro, y el fentido , y fupoficion en que hablan, aísi los vnos, como los otros , y no hallará fu fuficiencia en que tropezar (ino es que voluntariameste fe quiera imaginar los tropiezos ) como qualquiera de me- diana fuficiencia lo conocerá de las reípucítas dadas al numero antecedente. ICRS Parto Es 447 RESPUESTA SECUNDA 55 R Efpondo lo /2grndo : Que fegun el primer modo de defender dicha tercera fentencia ( viviendo Clemente, y Vibano Oétavo ) no pudieron los Regulares víar del Pri- vilegio de la Cruzada, por fuerga de las dichas Conltituciones , y eltando en lu vigor; pero (1 las tales no etuviellen recibidas en vío emER paña; 9 fi le huvielle fuplicado de la Conflituz cion Vrbana (que es el legundo modo de dex fender la dicha fentencia ) ninguno de los Pa tronos de la tal fentencia dize , que en tal caz; lo , no podrán los Regulares valeríe del Priviles gio dela Cruzada, para elegir Confeflor en orx den á los reyeríados: pues adbue los que defiena den dicha tercera fentencia por el primer modo, no niegan elto , ni hablan en elte lentido , fino fos lo atenta la calidad de las rales Conftituciones , en calo de no averfe interpuelto fuplica de la Vrx bana , y de eftár recibidas en vío en Elpaña: y er elte lentido lo entenderá qualquiera que no tenga vna luma inluficiencia. 54 De aqui es ( refpoudiendo en forma ) que la primera confequencia es verdadera , eftanda: al primer modo de defender la” dicha fentena cia, y en el fentido que hablan los*Patronos de el tal modo; pero es falía , eftando al fegundo modo de defenderla : porque los Parronos que la defienden por efte modo, afsientan , que las Conftituciones de Clemente , y Vrbano Ottaval no eftán recibidas en vío en Elpaña; y quede la * de Vibano Oétavo fe ha Inplicado al miímo Ponx tifice ; y que interpuefta cfta foplica , fe fulpendid lu valor + lo qual no niegan «dbuc los que defiena den la tal tercera lentencia por el primer modo , ná hablan en efte lentido, . , RESPUESTA TERCERA. $5 R Efpóndo lo tercero:Que el Revereng do Padre Olmo no mé dará Aux tor alguno de los de dicha tercera fentencia ( ora, fean los del primer modo de defenderla, ora de los del fegundo ) que diga : Que lay: dichas Conti. tuciones fe admiticron , y no fe admiticron en fo en Efpaña : Que obligan , ymo obligawen Efpaña: Que fe promulgaron , y uo promulgarón en E/paña : fi noy mueftrenos alguno el Padre Olmo , que tal diga2 Lo qual no hara”, porque es falifsimo aya alguno, que tal diga. 56 Aora,pues, como puede el Padre Ola mo ajultar , que aya contradictorias, donde no ay: Affirmatio, O negatio vuins de codem , fub ea dem ommino formalitate , loro , 29 tempore ? Como? Como otras muchas, que dicho Padre fuele idear le : Bien es verdad , que nunca las idea legun la Logica Ariltotelica , como coníta no tolo de eltas prelentes , limo tambien de quantas le le han on. Ppa toján

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