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e E De A AS 4 1 ÑS 424 Subfeccion acerca del Articulo 7. dicha inttancia,por aquel per teme attibuye Vueffa Paternidad por dos,_vézes, que pido por requill- to , para que vn Autor pueda hazer opinion pro- bable que aya de ferobsiico, ibi: E tan verídico; y delpues : para efto es muy verídico , Fe, liendo aísj, que cal cermino no ay en dicho minumero 22, coma le puede vér en el. z : 1368 Y aora yo; Aqui, fi, Padre mio, que viene bien aquello, que Vuetla Paternidad me dezia á mi , que le lo quiero bolver , por no quedarme con alaja fuya , que le hara falra, y que le viene a pedir de boca. No confidera, que le reirán: los Doétos ? Padre Fray Júan del Olmo ,'la verdad no tiene mas que vn cami. ño , y elle real, y lin tropiczos ( y no fon pez gueños tropiezos , la falta de legalidad , la po- ca lilura , y mucha lolapacion » las truncacio= nes , y lupoficion de terminos , que no ay en mi numero ) y veredas elculadas fon peligrolas, y nada leguras, Kc. Y con ejto pafjemos 4 los núm meros 180. y figuientesa Numero 180. y 181. 1369 ProliguiendoelRe verendifsimo Padre Olmo , enel nam. 150, paz. 92. dize lo que fe li- gue : Quiero ya cumplir con lo que ofreci poco ha, y es, cunvencer al Dock: (simo Padre Fr Mar. únde Torrecilla defte punto , y proponer las mu- chas inconfequencias , que he anotado cn lu doc. trina; impojsibles de coordinar , aun en mi Logica eltrafalaria ; mire como lo hará con la luya Aruto- telica, : 1370 Yenel num. 181. cadem pagina , proli= gue aísi : Dize , pues, pag. 146. num. 247. que el no dar Vrbano VIIL Decreto revocatorio de la Bula ,fue , por parecerle dillovante a lu autori- dad , revocar con inftrumento publico , otro he. cho pos el miímo (y tan inmediatamente hecho , dize Torrecilla ) con que dá por lentado > que la fupli- ca (que lupone ) fue inmediara á la expedicion dedicha Bula. Y en la paz. 162.mum. 162. dize: Que fe interpufo el mifme año , que fe promulgo la Conftitucion Vrbana , para Jfufpender fu efeóto. Sic Torrecilla, con eltas formales palabras, lo qual repite muchas vezes: Elto fupuelto » Como cllen- cialiísimo para mi Íntento, digo alst. Hajta aqui a la leira dicho Padre Olmo, en dichos des mume- , Sr 371 Antes de rcíponder a cfte uumero 181. digo, que me alegro mucho aya llegado yá la oca- lion de convencerme , que nos ofre lÓ en la paz. 77. num. 117. y convencerme demonttrarivamen- te , como alli lo ofreció , por las palabras que yá refiero, E : 1372 Dixo,pues, alli lo figuiente: _ Y cafo no lo huviera dicho otro alguno , no fiera mara. villa eftuvicra relervado pata mi , ¿a individas , cos mo lo ban eítado las prucbas , inflancias, y recon= venciones , que ha vilto; y mas ,Que hallará muy en breve, con tal demor.flracion , que lo tengo de convencer , no lolo de eto, fino de muchas in. contequencias. Pre/lo lo verá. ] 4/si á la letra di cho P.Oimo y endicho numero 117. pa.77. 1373 Con que ya fe me hazia que tardaya la tal demonfiracion , con que promete ha de conven. cerme , no folo de elo , lino tambien de muchas inconfequencias : y puesha llegado ya la ocafion de la tal demanftracion convincente , me ale gro mu- cho, como ya dixe. 1374 Y en quantoá aquello, que añade aquí en eíte numero 180. Que las muchas inconfoquena cias , que ha notado en mi doélrina , fon impofsibles de coordinar , aun en fu Logica eftrafalaria , y que mire yo como lo haré con la mia Ariflotelica. Digo , que como yo foy va pobre Leétor Provincial , no pres umo competencias con vn Leétor General : pero puedo dezirle , quelo que le fundare en Logica Ariftotelica , lera mas bien fundado , que lo que fe fundare en Logica E/trafalaria.Y con elto vamos, alnum.181. ? RESPUESTA PRIMERA. 1375 Refpondo lo primero:Que aques la clauíuia, y tan inmediatamena te becko , no la debe tomar el Padre Olmo tan maz terialmente , como parece que la quiere, enten= der (arañando filaterias infubítanciales a faltade piucbas folidas, para Lazer demonttracion ) :la vnO , porque no es mas eltrecha, ni mas apretada la palabra inmediatamente para lo pallado , que la palobra //atim para lo futuro ¿y con todo ello, aquel fe dize , que haze vna cola latir, quela haze dentro de vn año ; ex cap, Puella 20. quel. 2. (que es del Concilio Triburiente ,6ap. 24. ) don= de le dize , que li dicha pacla por fu voluntad re. cibiere el velo antes delos doze años, que podran los Padres, 9 los Tutores Mtatim id faétam irritarez y entiende alli el dicho texto, por aquel fatim, ina fra anuum ¿coma te colige delo que fe ligue delo pues. Veale tambien alli la Glolla , verb. 4% JE annum, y lo que dize Hugo cirado alli. 1376 Lootro : porque aísi como no le debe tomar el /fatim , con el rigor , y nimiedad de tiempo , que fuens la dicha palabra eu fentido gramatical rigurofo ( como el Padre Olmo quiere tomar aquel ¿mmediatamente ) ino con fu tempe ramento prudencial de tiempo, como confta de la ley Reatum , y de la ley Quod dicimus , ff. de Salut. donde le dize : Quo heres fidein/Tri teftatoris , hoc quod ante aditam hereditatem folvit pro defuntto, Jatim folvere deber. Y luegoexplica aquel hatima, diziendo : Scilicet. cam quodam temperamento tema porís , mec enim flatim cum Jacco paratus venia re debet ; alsi proporcione lervata , (en mutatis mue tandis , puede dicho Padre Olmo aplicar aquel ¡n- midiatamente , que refiere de más Lo

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