BCCPAM000508-1-06000000000000

1243 Notandam ef! tamen 3 quod f; Summas Ponsifex andita communitatis fupplicatione taceat, € non refpondeat diéte Jupplications , prefumitur confemtire:, Y legis obligationem tollere. 1244 'Delodicho , pues , confta , que lo que yo dixe en dicho numero 122. conviene á laber, gue refponderán d la dicha abjecion y nega do el ana tecedente y que lo refponden a/sí Leandro , y Chrifo soval de San Fofeph , es relfpuelta de los dichos, como yolo refiero , y no relpucita mia. 1245 Y fe confirma mas de lo que digo en los numeros 123. y 124. tranícripros arriba , pues alli digo de mio ,lo que dichos Aurores podran añadir á la lu lobredicha refpuelta, ibi: 4 gue po- drán añadir , 7, Imb y podrán añadir , 7c. En lo qual pudiera conocer el, P. filo mirara in pal- fion,que no es lo meímo referir yo en el num. 122. lo que re(ponden los dichos , que reífponderlo; y dezislo yo de mio , y como re(puelta mía : pues en los numeros (guientes , donde no refiero colas, que dichos Autores relpondan , lo pongo de mo- do , que todos entiendan quelo digo de mio , ex- rellando , podrán los dichos [ (1 gultaren ) añadir au relpuelta lo que digo en ellos : y lo mimo ¡e confirma , de la relpuelta tercera , que yo doy de mio , 7 queda tranÍcripta arriba , en elnam. 1224. donde le puede vér , y los fundamentos en que la fundo, adonde alli me remito. 1246. Mas: Que aviendo elR,P. Olmo, en lu Tratado Moral, pag. 97. num. 25. dicho lo que le ligue : En el mum. 122. dize el P.M. (7o- yrccilla ) que no dió la Santidad de Vibano VII. Decrero revocatorio , por ler diflonanteá la ajo ridad de dicho Sumo Pontifice,$cc. "1247 Y aviendole yo redarguido de defedo de legalidad en lo dicho , en mi Apologetico , ¿4g. 1141. vum. 238. en elta forma ; Mi Padre Micl- tro , yo no digo aquello , fino lolo digo , que ref- ponderán Cc, y que afsi refponden a la dicha bje= cion , Leandro ; y Chriftoval de San Fofepb. Ni dis go , que dizen , por fer , lino: por. parecer fer, (Veafe el tal numero tranícripro, 4 la letra /apra, mam. 1232.) Digame , pues , Vuela Paternidad, es lo mimo dezir yo, que re/ponderán , que tel- ¿ponderlo yo? Y es lo milmo dexir., por, parecer fer, que fer diffonante ? Yale vé que no ¿Pues porqué Vuela Parernidad no refiere con legalidad las co- las, Sic? : 1248 . No obítante la dicha mi redargucion, buelve dicho P.M. Olmo a repetir lo milmo, y del meímo mado , en cíta lu Relpuefta Apologetica. paz.9o:mum.17 1, Pero en clte num.1 74. enmendó elto legundo , diziendo , por parecer Jer difonante, Que era. como yo lo dixe. “2:49 . Acerca. de lo qual repregunto aoraa dicho P.M.Olmo,]lo figniente:Si V.P,R .convenci- do de y redargucion,en efte mum. 17 4.quitó aquel por fer difonantey pulo:por parecer fer difJonante(que fon los terminos con que dixc yo, que refponde- rán, y relponden dichos Aurores ) porqué no hizo Pars 6, NúMero 147. 411 lo miímo en el sam, 17 1. pues avia vito ya mi rex dargucion, y conocido por configuiente , que alte rava lo dicho , y faltava á la legalidad en ello? Y enmendo elto fegundo en éfte num. 174, porqua no enmendó tambien lo primero , pues tanto falta a la legalidad en lo primero , como en lo fegundo como coníta de lo dicho? No , rio:es facil apear di. chas colas , ni acabar con dicho P.M. que fiquiex ra vna vez refiera las colas puntualmente como ellas fon 3 pues fizenmienda yna de dos, le dexa la otra con el melo defeéto de legalidad, que an; gres tenia : y aun delpues buelve a repetir el miímo defeéto de legalidad cn el num. 17 5. como alli vea remos, Y con eJho pafJemos aora a vér,qué es lo que in/ta el R.P.Olmo, contra la dicha re/pue/ta de mi uum, y 224 tranferipta arrida,0um.1232. Profiguefe el dicho num.x74. 1250 Profiguiendo dicho Reverendo Padre Olmo, en dicho num. 174.pag. 91. contrala di, cha refpueíta de mi ham. 1 22. dize a la letra lo que le ligue : A-que fe le fatisface breve , y compena diolo , diziendo , que debe probar lo que fupona muy mal, que le fuplicó de la Bula; y quitelela ello de la cabega , y andar diícurriendo frultrancas conjeturas paraiu probanca , que es malvaratar el tiempo; y tan ociolo empleo , como cl Alriopena de albar:. Elteesconfejo de amigo, no le caníe mas. Y con elto pallemos 4ver algo de lu gran dottrina. 4/34 a la letra dicho P.Olmo, INSTANCIAS, Ed contra lo primero : Porque la de mi numero 122, era relpuelta a la objecion fegunda , que era del Padre Mena do :. y contra las relpueltas le infta , í ay que, noi pupro le relponde ( y menos fe fatisface cor chufleras J tomo es eltilo comun de todos los Elx eritores ,que eferiven con la propriedad que (4 debe : pero efto, ya veo es dificil el confeguitlor del Padre Macítro Olmo , porque con las mu chas repeticiones en lemejante abuío , ha engena drado habito en el ; y elte yá le labe que es, difficia Jemobilis a fubicito. 1252 Contralo fegundo: Porque la dicha rel ueíta de mi num. 122. era pelpuelta de Leandroy y Fray Chriltoval de San Joleph , como «alli: dixey y confta de lo dicho drriba ¿4 num. 1235. ad 1244 inclufivé; y los dichos Autores hablan ex JSuppofitione des avetle hecho la tal fuplica , la qual creen , y tieven por verdadera , por la, depoliciom del Unftrilsimo Señor Araujo , que lo relpondid aísi ,confulrado. fobre el punto 4 dicho Reverena do Padre Leandro del Sacramento ; y con mud cha razon la tienen por verdadera : pues no pares ce puede dudarfe de ella fino es que le ponga do lo en la vgrdad de tan grave ,Religiofo , y Santo Prclado , de quien ng debe prefumiríe quiliefla Mam 4 Sar; 1251

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz