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Numero 165. y 166. en ordenal privilegio,tocante 4 los Regulares, que difpuramos , es materla agena de toda razonable duda: y lino, veaníec las variaciones , que ha avido en las concelsiones Pontificias , acerca del poder los Regulares elegir Confellor en virtud de ella para los relervados, en nueftro Apologetico, d pag, 90.4 mum.18 9. 4d 198. y alli, que el melmo Vrba= ño varió voluntades, en el primero, y fegando inquenio. A 1 84 Lo otro : Porque en cafo de la fisplica (¿que es nuéftro prelente caío') veante los muchos exemplares, que fe alegan en N.Apologetico, pág. Y (2. dum.2 1. en los quales los Ponrifices han mo- derádo, reformado, y tetrotraido tus Breves, per- fuadidos de la fuplica , y reprelentacion de los" int: convenientes , que teluleavan , o refultarian de lu obfervancia: lnego aquello, / oluntas Principis debes dle comftaas ¿firma , 7 vera , nio le ha de tomar, ni enténder como el Padte Olmo quiere entendeclo, finñio como bien lo entiende el lobredicho Eutebio de Herrera. ?: rizo Y lootro Porque alsi coníta expre(sif. fimamente del Derecho Canonico,, y ettá canonk zado por la Santidad de Alexandro HL, im cap. Si quando ,de referiptis , donde le dize alsi : Si quando aligua tue fratgruitati dirizimus , que «sima Bue exajperare videntur, ¿ur bari non debes: Sintra: Dualiz fatemnegotij pro quo ribi feribitur , diligester eonjide: Yans, aut mandituim no/truín reverenter adimpleas (no. tele lo que le figue) aut per libteras tnas, quere adim. plere von pofsis, rationabilem caufam pratendas. Quare patienter fuflinebioms-, fimon feceris , quodprava nobis Juérit infinnatione fuezeftum. 1171 Y alli la Glolla,verb.Onia patienter fuftia siebimus , dize ; Que no títamos obligados á cum. plir el mandato del Prelado , hi te dá caula para ello, y cita orros dos rextos Canonicos: y esde ad- vertír mucho en las fobredichas palabras , las qua- les dicho Sumo Ponficé pulo advertidamente , y ño fin grave mifterio: en las quales dize , no qué revocaráel tal refcripro politivamente , por otro nuevo re(cripro, fino tolo , que lo tolerará con pa: ciencia, guia patienter fuftinebimus, en las quales lo- lo (e infinúa vna tacita revocacion,oyendo la fupli- Ca, y no infiftiendo de nuevo én la oblervancia del tal refcripto de que fe fuplica:Ergo;£c. RESPUESTA TERCERA. 11712 En quanto 4 aquello, que dize el R. P. Olmo: Como aviade in- terponer lu Real antoridad el Señor Felipe Quar- ro , fiendola voluntad del Papa Vrbano confinee, Firme, y verdadera? Y (1 lo que pronunció por lus la. bios, no quiere irritarlo , d deshazerlo , porque di. xcra; Quod feripfr, feripf rc. 1173 Reípoñndolo tercero : Que además de no er efte el fentido en que el P. Enfebio de He- rrera toma las dichas autoridades , como coníta de la relpuctta antecedente por toda «la; lino que es ra ' 403) la inteligencia , con que malamente quiere enteny derlas, y víurparlas dicho P.Olmo, , FI74> Además, digo, de ello :efto no es del intento , que de prelente vamos ventilando : pues lo que fe vá ventilando >€s, ex fuppofitione , que le aya hecho la dicha lu plica. Las palabras del Padre s» Qlmo fon: [ Y qué fabemos (cal8 quB le hizief 57 Te la: (oplica ) 1 el Pontifice reípondio : Quod 33 Seripfi, feripfi, que es lo mas verifimil, pues no le s» Obtuvo de lu Santidad Decreto revocatorio, y» fiendo tan necellatio, como confta delaum, 17, s) Supra. | 1175 Eftoes lo que fe vá ventilando ,y lo que yo impúgné en mi Apologetico ,4 pag, 1 43. a uum.218. 4d 233.y queda tranícripto arriba, d num. 1072/44 1078, 4que no ha relpondido cox la el P. Olmo ; folo alegó la antoridad del P. Car. denas y acerca de la qual , le vea lo dicho arriba dnum. 1141. 4d 1 E 5 1. y en quanto a lo que le di. xe, tocante al Decreto revocatorio, que era tan nece/fJam rio, tranicripto arriba, mem, 1 077.y 1078.n0 le dá por extendido en manera alguna, 1176 Delo dicho en citas re(pueltas, y carcas das dichas doétrinas; Purpura iuxta purpuram(legun el Proverbio) veo, que el argumento del R.P. OL mo, no folo no es demón/lrativo, lino que conficílo ingenuamente , que cOn fer yo vn pobre Lector Provincial, me corriera , no lolo de guaduarle con dicho titulo, pero aun de proponctle para el inten to ; pues por vna parte , es falíísimo aquel per ¿e, como conta de la primera relpuefta : por otra par= te , el P¿Olmo ,'no ha entendido el fentido en qué dicho Eúfebio de Herrera tóma , y entiende las di. chas autoridades que alega , y bien, para el inten. to , como coníta de la relpuefta legunda : y pog otra , lo que de'ellas pretende inferir dicho P. OL. mo, no es del intento, que de prefente vamos ventilado , como coníta de la tercera re/puelta, Y en quanto ado de la carta privada ( que nos rez pre aqui tercera vez) veale,donde me remito arti bajen el fin del num, 1 138, RESPUESTA QUARTA. 1177 Y E En quanto alo quedichoR. P. Olmo nos advierte aquí acerca del Doéter Machado (y esrepéticion de lo que nos avía dicho en efta melma Reípuelta Apologé tica, 4 pag.25 en los nnt.39-40.41 ) 42.) Relpony do, que esfalíifsimo , que dicho Machado no llevé lo que yo digo que lleva, en el fentido, y como yal lo digo, y le cito : y tambien es falííísimo , que na hable derefervados alli. Acérca delo qual fe yea lo dicho arriba ¿enla fc. 2. ¿ mum, 515.4d 5434 Y con efto paflemos a los números liguieñtes , el los quales dize dicho Reverendo Padre Ol. MO , que tiene bien que examinar, J difenrrir, "$ Na
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