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390 | el fin 5 leg. Si pro parte , verf. Verfum Ho de mm rem, verf. leg, Quidquid calore 48. ff. dé regul. suris > leg. Qui cum nato maior. $. Acufaffe» f. de bon, liber a 45. y de otras. Gongalez , ad rogul. 8. Cancelar. Clof]. 63. 4uum, 24. Mexia , tu Pragmat. tax pan vis ,concluf. 5. vam. 61. Colta ,de faéti fcien. E ignorans. in/peét. 11. por toda ella , que lo exor- na abundantiísimamente , Surdo , de eliment. 152.7. gueft. 20. 4num. 9. Juan Maria Novar. queft. Fo. renf. lib. 1. quajt. 28. mum. 4. Angelo > c0uf. 34» Vicente Carrocio , de remed. contra praiudiciales fensent. vel.damnof. execub. exce)» 21. HUM. 17. y otros innumerables. RESPUESTA SEGUNDA. 1051 Efpondo lo fegundo : Que aun- que €s verdadero aquel Axio- ma ¿que ExpreJum vbi reguiritur, von fufpicis haci yum, neque prefumptum , nO €s al intento , ni le adapta 4 cl: pues como queda dicho en la pri mera relpuelta-, fegun la lentencia comunilsk- ma , quando el Papa , oidala fuplica , calla, y no rcíponde , le prelume que confiente , y quita la obligacion , los quales Doétores lienten por con- liguiente , que aqui no le requiere lo exprello, Lino que balta lo tacito y0 lo prelumpto , para que le tenga por quitada la obligacion de laley, de que fe luplica. : ax 1062 Adémas: que tambien es vulgariísimo en Derecho , que de lo tacito , y exprello , fe haze vn meímo juizio ; cap. 2. de referiptes , Cap, Quam- vis paétum , de paétis ¿in 6. y lobre el Covarrubias, leg,Cum quid, y alli los Doctores ,//./4 certum pen totur , leg, Cum quid , ff. de rebus creditis , leg. vltim, C. qui bon, ceder. poJunt, y de otras muchas; y lo tienen , ¿a fimili , con Sauto Tomás , San Buena. ventura , San Antonino, Torquemada , Navarro, Cordova , Sylvcftre , Arágon, Abad , Imala, Bar- tulo , Corneo, Fulgofo ¿Angelo , Rolella, y otros innumerables , Tomás Sanchez, in Decalog. tom.2. lib. 7. cap. 19.num. 4) 11. y nucítro Murcia , en lus Seleótas, quell. 5. Sobre el 6. de la Regla, mum. 3 . Y la razon 4 nueítro intento , es: porque quando razonablemente fe prefume , que el Sumo Pont1-. fice confiente á la fuplica , y que quita la obliga- cion de la ley , no le dize tranígrellor el que no la obíerva , ni que le yá en ello contra la voluntad de dicho Sumo Pontifice: Ergo,3cs RESPUESTA 11, y 1. 1063 Elpondo lo tercero: Que aque= llo ,de te/himonio autentico , que demue/fre dicha taciturnidad , es requiíito inepto pa= ra el fuero de la conciencia , y querernos tercera vez repetir aquella tan extravagante doétrina , que lu Paternidad Rev.fue fervido querernosla períua- dir en el num.5. Acerca de la qual te yea lo que dj. Ximos,/mp 546.8 pam.8 .ad 244 pag.L 16, Subfeccion acerca del Articulo 3: 1064 Reípondo lo -quarto : Que áunque 'es verdad , que Votuntas ( omnino ) in mente retenta, mibil operatur. Pero efto no le adapta bien á mueftro calo, en la lupolicion que le vajdiíputando: porque en él , no tolo no cíta la voluntad de Vrbano VIII, Omnins in mente retenta , lino que antes bien cíta clara, y manifica. 1065 Pruebale efto : Porque la voluntad fe declara , y manificíta por conjeturas; ex lez. Lices Imperator , donde lo nota Bartulo , um. 10. ff. de. legat. 1. leg. Cum proponebatur , ff. delegar. 2. y de otras muchas, y lo tienen Surdo, decif.7. num. 12. El Cardenal Mantica , de conjebtur. vltime volura sat. lib. 3. tit.3. num. 12.0 1ib,8, tit. 1. nan, 25. donde llama evidente ¿la voluntad , quef? des duce de conjeturas ; y lo miímo repite en dichg lib.8. tit.q. num, 5. y tic. 11 .num. 8. y Menochio, de prefumps. lib.1. mm.5: dize ; Quad talis voluntas conteóturata, dicitur manif: fa, y lo miímo otros. 1066 Proligo , y concluyo : Sed fic ef, que aviendo fuplicado de dicha Conftirucion Vrbana la Mageltad de Felipe Quarto al memo Vrbano, el callar elte, y no reíponder, es conjetura graviísima de que dicho Sumo Pontifice confintió , y quitó la obligacion de la dicha ley ,legun la comunifsima fentencia ,Como queda dicho en la primera rex pueíta, Y la razon la di Caítro Palao , con Bonack na, y Salas , á quienes cita , tom. 1. trat. 3. punt, 13 2um. 1 5. por las figuientes palabras: ( Mutatis mutandis, para acomodarlas al prelente calo) : Quia Pontifex tenebatur legó imfpjtere , O ad illius obfervas tionem »rgere , /6 ánimum babebar obhigandi: cum ¡gún tur nicil Lerum fecerit , cenjotur petition Philipá Quarti annuere : lo. qual fe confirma mucho mas de lo que dirémos á la vltima claulula del P. Olmo; en elte napa. 23. Ergo,óc. RESPUESTA QUINTA 1067 Efpondo lo quinto : Que aunque el P, Olmo no trae teltimonia de la tal Bula Vrbana, no obítante ello la creemos: porque el teftimonio autentico , folo es neceflario para que fe la de entera fé en el fuero externo; pero no para que fe crea en orden al fuero interno , cos mo malamente nos quiere perfuadir ( Gn probarlo, ni poderlo probar ) aísi en el mum. 5. ¿omo en el mum. 17. pues porque ha de pedirnos nofotros pa- ra el fuero interno de la conciencia ( en orden al qual es nueltra prefente difputa) teftimonio auten- tico de la ral fuplica , y de la tacirurnidad de dicho Sumo Pontifice: pues para efte fuero, bafta el reftia monio del Ilu(triísimo Señor Araujo ¿que teftifico al P. Leandro de la dicha fuplica ( y lo Ínpone claw ramente el mefmo en íus Decifiones Morales, coa mo veremos en lu lugar ) y para la tacirurnidad, baltaria, y baíta , que no aya infiftido endo contra. río, manifeltando de nuevo (defpues de oida la di cha (uplica) fer fu intencion ablolura el obligar 2 lu obleryancia?Ergo, Sc, $

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