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Numeros 153. y 153: tum) a los fubdiros : y que (i bien no reípondió el Pontífice á la luplica mencionada , que con la taci. turnidad Íetiene por revocada,y como Í1 no fe hu- viera expedido.Sic num. 178. Pero aunque dexo en parte (arisfecho (en el num, 1 7.e/ha cita omitió aqui) me ha parecido hazer mas viva demonitracion, porque es bien eltraño , inferir de la taciturnidad del Pontifice,que la dicha Bula eftá revocada, y co. mo li no le huviera expedido , quando nos enfeña el Derecho,que Expre/Jum voi requiricur,non f uffeis tacitumpnegue prefumptum,cap. 2 «de Prebend.cop. fin de procurat.liv.6. (Cabedo Lulitano, desif.1 2. mun. 7 past.2.tambien omitió eta cita ) Cardin. Tuích. tom.3.lit:.E.coucluf.6 5 4«S alij relati per Valalcam de parti.cab.14. num.1 3. Y calo fuera a(si, con qué teftimonio autentico demucítra ella tacirurnidad, ni de ella la revocacion? 1053 Locierto es,que Foluntas in mente, mibil operatur(leg, Sirepebendi, [f. de condiót, ob canfa, Br. wor. d fole, in locis commnunib, verb. Propofitum, tam bien omitió aqui eltas citas ) Rota Roman. ex col. letf. 4 Farimac. decif. 3 54. num. 6.tom. 1. part Ta Surdo, confil 321. num.56.Además, que de la Bu. la coníta antenticamente, y no de la tuplica, ni de la tacirurnidad del Pontifice , en cuyas circunítan- clas determina cl Derecho , que Certa pro incertis dimitenda non junt ( leg. Cum Litia y ff. ad lez, Falcid, Non quemadmodum, ff. de iudic.l.Si [lipularas, f, de Jidesu/Jor. tambien omitió eftas citas) Srephan, Gra- Uan. di/cept, forenf.tom,5.conf.8 $ qunum.2 8. Y que labemos ( cafo que fe hiziefle la fuplica ) Ki el Pon- tifice relpondio ; Quod /cripfs, feripfi, que eslo mas verolimil , pues no te obtuvo de lu Santidad De- creto revocatorio , liendo tan necellario (como coníta del numer. 17. fupra? Tambien omitió elta cita. 1054 Porque (¡ para jultificar , que la refe. rida Bula de Gregorio XV, eítava yá revocada, fue necellario demonftrar 4 Inorencio X, el Bre- ve de Vibano VIII. ( que coltó tanto cuidada el buícarle ) porqué quiere el Padre Maeftro Torre- cilla perfuadirnos , que la Conltitucion Vrbana elta revocada , como fi no fe huviera expedido, Íolo porque le fuplicó declla(que es mera gracia el allento) a lu Santidad? 1055 SifuP. M, R. quando Provincial , hu- viera mandado defpachar vna Patente circular por fu Provincia , ordenando con precepto for- mal a (us lubditas , que en tal, 0 tal tiempo, no le permiticlle el ingrello de Seglares dentro la claufura , por eltár aísi mandado por leyes , d mandatos de los Superiores , ficado dicha Paten= te vna confirmacion, 09 declaracion de las ante. riores ; y la SantaIgleña de Toledo ( v. g.) fupliz calle delte mandato , haíta que conitalle de lu «rez vocacion , no fubíiftiria la fuerza del precepto? Y en calo de taciturvidad en él Superior , darian los tubditos por derogada la Patente , y como úi no fe huviera expedido? Bien fe conlidera, que no, Luego las Bulas Pontificias fon de, menor cali Part.6. 389 dad , y caradter para nueítra obligacion: (Toda efte apartado omitió aqui el Padre Oímo ; para l, qual mo parece pudo tener otro motivo , que lo que yo le refponás á el enla refpuefa fexta, y parecerle for la dicha paridad , indigua de vu Macftro , y Leétor Genes ral , como d la verdad lo es, 1056 + Aísia la letra dichoR. P. M. Olmo, en lu Tratado Moral, en los lugares citados: y lo mif Io nos repite aqui, en los num, 153.) 154. ¿pago $6. (menos lo que vá anotado en los parentelis ) a lo qual reípondi yo en mi Apologerico , á pag, 141. 4num,213.4d 236.4 la letra lo que le figues RESPUESTAS, 1057 Nres de relpondet , fuplico al Leétor repare eñ aquellas clau. lulas del P. M. Olmo en el mam, 23. pero aunque dexo en parte fatisfecho, en el num. 17. me ha pad recido hazer más viva demonftracion, 1058 En las quales nos dá á entender y que o alli demonttracion , pero que ferá mas viva la demonftracion que hará en efte: y vea luegolo dicho arriba,deíde el mum. 1 38 hala el 169. (4 pagu 132, 4d 136.) y conocerá los primores de la de monttracion que alli hizo , y lo lucido de fufatisfas cion;y de las relpueltas que le (iguen,elpero le pO= dra tambien conocer lo más vivo de la demonttras cion, que aqui nos ofrece hazer, (Y de aqui fe pueda mferir,que el aver omitido aqui dicho Padre Olmo aquea lía primeracita,del num.1>7 «quizas fue 4 confilio,para que no fupie/fJen los Lectores , donde avia berbho la tal dea woujtracion, quedize, y fuefJen á reconocer, enmis ref pueftas, fi erademonftracion,o no, la que dicho P.M.Ola mo gradúa con e/Jo titulo, hiz RESPUESTA PRIMERA: 1059 Efpondo lo primero: Que la lena tencia que dize, que fi el Ponti fice , oida la Íuplica , calla, y no re/ponde directas mente a ella, le prefume que confiente , y que quis tala obligacion de la ley y lt no conítare otra cola. Es comuniísima de los Doétores ; pues lo tienen alsitodos los citados arriba , en eltajer. 2.9.5. num, 19..( pagst 11.) y otros muchos , que fe citas tán acelante , lobre el num. 34+(¡def?, a pag. 160. avum. 360. ad 411.) donde le probará de nuevo? con que mi Padre Macíftro Olmo , mucho mas el traño es, el que V, Parerhidad diga , que es bien ef traño inferir de la taciturnidad del Pontifice , que la dicha Bula eflá revocada: pues es quanto pue- de ler de eltraño , llamar bien c/traño , ¿lo que es lentencia comun. 1060 Y no es menos cltraño ; que luponieña dola revocada porla taciruridad , le haga miltes tio de que le diga ¿(er en tal calo , comoJi no fe bu Viera expedido , pues es vulgariísimo en Derecho, qne corren parejas cel no averle hecho la cofa, que no perleyerar hecha ;,ó fino le leva halta KK 3 el

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