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OS HKy BR dd Ei Ty ——_———_———— E A peo e «Y Y im 388 Subfección acerca del Articulo 3: el num. 15. que latal Conftitucion Gregoriana no obliga en Elpaña, por no eftar en Elpaña recibi. da en vío( la qual prueba , no lolo es baltantifsi- ma, fino doétrina del memo P. Olmo, en lu Ira- tado Ephimcrico, acerca de cierto Decreto de Vr- bano VII. ¿ fol.32. uum.z 5. donde dize, fer comun opinion , y lo prueba conmuchos exemplares ) pude yo muy bien alegar en el mamero 16. para mayor abundancia , y corroboracion de que no obliga en Efpaña referir lo que Lezana dize; De que por par» de de las Religiones de los Reynos de Efpaña ,fe Jupli- eo de dicha. Conftitucion Gregoriana , y que fe obtuvo Breve fufpenfivo de ella de la Santidad de Vrbano VII, porque, como alli pruebo, en los numeros Íigaien- tes'¿ la abundancia no daña , fino que firve de co- rroboración , aun quando alsás elta baltantemente probado lo que fe pretende: y efto, aun quando ay Autores:en pro , y en contra , que elto no podia ler obítaculo para lo dicho. 1043 Además: que yo no sc que aya Autor alguno , que politivamente diga , elle recibigla envío.en Elpaña : porque aunque Juan Sanchez, y Baíleo, no dizen politivamente el que lo ette (que fue la cauía-de poner yo aquel parentelis ) Creen, empero , el que todavia no eltava pueíta cu execución. , 1044 Las pa labras de Juan Sanchez en di- cha difpat. 49.in fine ,par. 484. fon las figuien- res: Pol hac feripta editum efh Sanilijsimi Domi mi -nofbri Gregori PP. XV, Decretum, quo decernit Confi/fJarios monialium non aliter pojJe earum con- Fifsiones excipere miff approbati * fut: ab Epifcopo Ditcefano: á quo Decreto pro parte Regularino ha. bentium Menaflería monialium fibi fubicita fappli- catum eft , € credo bacfenus nom e/fJe executiont mandatum, Aísi el dicho Sanchez. 1045 Y las de Ballgo , tom. 1. verb. Con. felfarins 3. num. 5. delpues de aver referido , lo que contiene dicha Conllitucion Gregoriana , y la fobredicha fuplica, four 4 la letra como fe (- guen: Vnde credio Sanétias, inSelettis , dilp. 49. num. 16. Haltenus non e/Je execution mandátun tale Decretum. 1046 Y aísi mi Reverendo Padre Olmo, buclvo 4 dezir-, que yo no “alego las: palabras de Lezana , para probar fue/le necellaria la fu. plica, y obtencion del dicho Breve luípeníivo, para que la tal Conftitucion Gregoriana no obli. galle en Elpaña ( en quanto al fuero interno ) fupuelto el no eftár recibida en vía, como yo dexava dicho : y aun, en quanto al fuero exter mo , veale lo que dixe en dicho Apologes ICO, am. 1so. pag. 134. y lo que aqui queda dicho arriba, en los vAM. 940.y 941. Ao Ek YA OJO DICHO QVARTO,Y VLTIMO. 1047 y por vltimo dicho R.P.Olmo, en dicho sum, 151.10 que ¡e figue : En razon de las confequencias que ibfero, y la fuerza del argumento ( que tanto valdona, ¿ impropera ) lo remito al juizio del defapaísiona. do ,y verá, l1estodo formal , y peréntorio, Ajsi á la letra dickoP.. Olmo. ; 1048 Relpondo : Que yo tambien lo remito de muy buena gana al juizio del defapalsionado, a quien fuplico te firva de regilirar lo dicho en mi Apologetico ,'4 pag. 134.4 nem. 154. ad 169. y verá, de qué calidad fon las confequencias , que dicho Padre Olmo llama formales 3 peremptorias? Y lc (uplico afsimiímo., le licva de ver lo dicho arriba ¿dnum+ 920. ad 941. y Conocerá aun mas claramente lo dichtb : y tambien le luplico te firya de ver lo dicho arriba , 4num. 941. ad946. y verá vna bien afeétada folapacion de dicho R. Padres y con cíto pallemosal num.1 52. Numero 152. 1049 Proliguiendo el R«Padre Olmo, en el tum. 151 .pag. 86. tefiere lo que yo dixe en mi Apologetico, pag. 13 5. num. 163, (y es-el tranl eripto artiba , mum, 913.) y delpues de algunos chocolios de que me haze merced, quiere dir ¿entender ¿4 los que nó huvieren viíto mi dicho numero,, y loBre lo que apela, que es fuera del in- tento , y nos repite aqui lo que nos dixo antes, en cinum. 146. 1050 Acerca de lo qual (uplico al curiofo Lector , fe lirva de vér lo que queda dicho arriba, anum. 950. ad 962. y verálo que dicho Padre me lupone ;y que mí relpuelta, no es acerca de de las dos fuplicas , que le hizieron de la Cónititu- cion Vrbana, y Gregoriana ( como mabdize dicho R. P.) lino acerca de la prueba ¿ frmili , con que el dicho Padre prueba lu confequencia fegunda;y vez rá, li es del intento, 0 no? Y fipudo darle mas for. mal refpuefta al argumento E de dichoPadre, que la que yo le di Y con efto paflemos los num. 153) 154 Numeros 153. 154. - 1051 Profiguiendo el R.P.Olmo,en los nan; 153.) 154.4pa2.86 .nostepite lo que nos avia dí. cho eníu Trarado Moral, 4 pag. 95. ¿d 97. enlos” num. 23. y 24. y porque defpues infta fobre mis relpueltas , los referiré á la letra cómo alli nos los puto(anotando lo que aqui omitiere de ellos ) y las rel pueltas que yo le di a ellos,para que lobrefalgan masíus inftancias conta las dichas , y fon del tenor Íiguiente. 1052 En muchas partes de fu confulra repite el P.M. que las Bulasalegadas arriba no fe pro- mulgaron en Efpaña, y que la de Vrbago no le in- - im)

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