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cis sie Es A a E 4h 4 378 fobrelaliente , y aventajada a las demás, podra po- nesla deluerte ¿que valga el precio , que porella. le dán,, fin que en ello agravic 4 ninguno : Ergo, Sc. ; 971 Añade, empero , Lefsio, lib. 2. cdp.21, dub.1 1. u4m.85. que los tales pueden fer .caftiga- dos , como adulteradores de las elpecies , que han de vender, y engañadores de los compradores, orque las tales mezclas lon muy oalolas en la Re- pub'ica,y lus Autores infames. 972 Halta aqui yo en dicho lugat , de que podra inferir, lo primero el inteligente ¿ quan mal podra aplicar nueftro doétiísimo Padre Maeftro Olmo , a elta doétrina mia”, aquella difparidad, O diftincion de fueros , jaterno, y ¿xterno ,que dicho doétiís: mo Padre Leétor General inlmua en lu 24» DLr-1470 sl 97+ Podrá inferir lo fegundo el inteligente, nó ler tan dillonante mi referida doétrina , como nueflro Padre Lettor General quiere dár á enten- der con aquellos tan ponderativos encomios , con que la elogia : y mas , endo tantos, tan gfaves, y tan doétus Macltroslos que la llevaron antes que yo, á los quales (Igo yo como difcipulo luyo:y mas fundandote et los fundamentos que dexo referí. dos (4 los quales no farisface nucítro doétiísimo Padre Maeítro Olmo ,mi le dá por entendido de ellos, que pudiera hazerlo, para demoftrar la gram diflonancia que le haze la tal doctrina. Á que le junta lo que digo por vluimo, ex P. L:f4o, num. -97 1. en que doy baltantemente á encender, ie aunque Íalyo la conciencia , no apruebo el hecho de los taless 974 MiRevertndiísimio , y carisimo Padre Oltmo , dichos encomios con que Vuella Paterni- dad Reverenda quiere engrandecer mi doétrina, vinietan mas ápropiados á la fuya del Tratado,que imprimió en Catanea el año de 1677. enque de- licadamente dize, lerle fegurifsimo en conciencia al Caftellano de cierto Caftillo, permirir el ingrelo de las Meretrices en el, pará folazar malamente á los Cavalleros que eltavan en prifion,á fin de evi- tar otros pecados mas graves: y de Adeala, que no pelfan mas en lu eltimacion de Vuella Paternidad, (para la evitacion, mil pecados mortales de forni- Subfeccion acerca del Articulo; | 73 do Moral, en que nos d2 baltantemente entren. det, que opinio probab:lis ( y a de la Obi. % ble ) non fufficit ad fecuritarora confeientie ¿la qual refuto yo en dicho mi Apologerico, d paria 122, ánum.53: 4d 59.pagin. 163. d nur.387. ad391.y paz. 384. 1um.2. y pudiera tambien dicho Reve- rendiísimo Padre Olmo , acordaríe de aquella au- totidad de Plauto ,quecón tanto magiíterio nos adminiftra lu Reverendiísima, en efta Íu Reípuel- ta Apologetica, pagin.57. nuor, 36. Qui quod valé dicit , quod non vult , audit. Y cón elto pallemos 4 losnumJ48. 149: 150. Y 15lo Numeros 148.149. 150. y Ifis 976 ' Proliguiendo el Reverendo Padre OL: ino”, en cl num.1 48. refiere lo que queda trank cripto arriba,cn los mpyy.S 94:) 895.donde le pue- de ver. 977 Yenclnum.i49: eadem pagin. 8 5 «Lalo dize , que las dichas mis re(pueltas , fon vn infub» * fiftente cfugio ,que yo diícurri eltreéhado dedu argumento Ad hominem, que me pullo:y para pro= bar que dichas mis téfpueltas 1. y 2.no fon mas que vn efugio , pará falirme de la dificultad que me cotvencia , pone los dos numeros que le uen, 978 En cl mum.150. eadem pagin, 8 5. para probar que dichas mis re(pueltas , enla verdad no fón mas que efugio dize 4 la letra lo que fe (12 gue. 979 Supongo, que en la Confulta Quarta referidá, pregunta: Si »n Reliziofo aprobado por fa Provincial y para conf. Jar Reliziofos , podrá confefjar Religiofas; particularmente fujetas al OrdinarioY delo pues de algunos principios, que eltablece para fen= tár (u opinion , reíponde á la pregunta afiema:Ivas mente (advierta el Leétor, que cfta opinion eftá ya condenada ) y á la objecion que le priede hazer con la Bula, 9 Conftitucion referida de Gregorio XV. dize ¿que la dicha Conftitucion(calo que el» tC in viridi obfervantis ) no puede obítar a la Bula, Kc. Y defpues en el mum. 14. proligue asi ; Porlo dicho , tengo dicha fentencia por probable,y es comunifa Jima entre los Doctores,ex fuppo/itione, mo e/4é en prac= tica «icha Comflitucion Gregoriana , como indican no eftarlo , Ba/]eo , y Sancioez, citados , y cafo que lo efPia vie/Je , lo han de tener para ir confighientes, re: Dele pues cita a Thomás Hurtado , Leandro del San= tiísimo , los Salmanticenfes, Diez de Prado, y 4 cación , que vn vnico pecado de adulterio, ) Acer- ca de lo qual le vea lo dicho en nueltro Apologe. tico, 4 pagin.274.4mum.60. ad88. Y para que le conozca vendrian dichos elogios mas apropriados alli, veaíe el Decreto de la Sagrada Congregac.on 4. Prat? > =p6 ms AR A e del Indice , en que fe prohibe dicho Tratado, que lz trahe Don Analtalio Marcelino Vverte Vala. guer, en lu Tratado , cuyo titalo es: Noticia de la yufta y fanta yy xelofa probibicion del libro de Cátaneas por la Sagrada € ongregacion del Indice contra el Padre Fray Juan del Olmo, d 34 . de Margo de 168 1.y publi cado d 1. de Abrilde 1681.40um,1.0d 7. 975 Y pudiera tambien dicho Reverendo Padre Olmo , apiicar los dichos encomios(y vinica” fan mas apropriados ) á otra doótcina de la Tratá- nueítro Diaz en /u E/pejo Seraphico , los quales din zen, n0ctar recibida en Efpaña, dicha Conf utucion. Y para mas bien zanjarlo alega la' fuplis ca, que refiere el Padre Lezana , fe hizo por parte de las Religiones. Y á vnas inítancias, que fe pué- den hazer ,.y haze , entre orras refpueltas queda; al num. 27. pone elta: Lo otro , porque. como dicha Cou/fisucion de Gregorio XV. efde retenida , prevocada, 4 inflancia de la Mageftad de Filipo Quarto , que efd en gloria , ex cayo nombre hizo dicha fuplica Don Ron ? diia
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