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En e Ed . $ AP A EA, es e pra AÑ ITA Pa o EN nn! od 66 qe puede vno confellarle con aquel, que no es lu proprio Confellor , lib. 3. Cap. 15. 041m.7, dize: Cum quis haber Bullas -, ant diplomata Apoftolica: guam>is engm habtenus derogsta fint praserita quan. sum. ad hoc, tamen fi qua in pofterum dantur iuxta preacedentium tenorem , sunc per ea homo haber facul. tatem confitendi cuiliber Sacerdoti apto ad comfefsio mes audiendas , etiam nulla habita licentia tpfims pro- prij» De lo qual [e infiere , que aunque la Bula de la Cruzada eltuviele derogada por el Motu pro- prio de Vrbano , en quanto al poder los Religio- los elegir Confellor , que les abíuelva de los ré- lervados ; pero por quanto delpues fe ha concedi. do la Bula de la Cruzada fuxta tenorem pracedena tium, liguele, que el Religiofo haber facultatem sonfitendi cuilibet Sacerdos; apto ad confefsiones ada diendas , aunque no tengan licencia de lu Prelado, etiam nulla habita licentis 1p/4ms proprio 874 Lo miímo tiene en terminos, el P.M.Fr. Juan Antonio Baco, en lu Suma, impreísion legun da, enla refpucita quinta, 4 pag.3 6 5. donde dize lo que le ligue, 875. [ La quinta; porque quando Vibamo »» Octavo vivia , podía aver en elto alguna duda, ss Por ello Elcobar, tr.1.ex4.17.nam 42 que el- »» Crivió viviendo Vrbano , dize, que la Bula no s valealos Religiolos ,faliem dam vivit Vrbanus, »» Pero aora, ni vive Vrbano, ni ha concedido la » Bula delléaño 1667. fino que la ha concedido 3» Inocencio X. y la ha mandado publicar Alexar- s+ dio Vil, luego en elte tiempo , fín duda alguna, s» *vale la Bulaa los Religiofos para elegir Con- s» fellor , que les abíuclva de los relervados ¿C0- »» Mo valeálos demás Fieles, Porque Inocencio s» Concedió la Bula (in limitacion alguna, y con s» las miímas clauíulas, que los Religiofos puedan »» gozar de todaslas gracias , y facultades conce. s» didas 4 los otros Fieles: con lo qual queda dero- »» gada la Bula de Vrbano Octavo. | AJsi dicho Mucjtro Báco y «uyo es tambien el difturfo anteces dentes $76 Lo milmo enfeña, con. otros muchos, Machado, traníeripto en mi Apologetico, pag. 33. mm. 45. Y lo miímo prueba nervoluniente , y la- tisface a los argumentos contrarios , el Doéto Pa. dre Maeítro Eulebiode Herrera, tranícripto , ibi. dem y ¿pag 221. ¿m0 198. adi12. y lo miímo probé yo abundantemente, contra Portel ,»y el Pa. dre Olmo , y refpordi á los fundamentos de dicho Olmo (lo qual lu Paternidad Reverenda no ha hecho a los mios, ni dadoíe por entendido de ellos ) ibidem, á pag.1 97.4 num.38S.ad 76.donde le puede ver, 877 Vea, pues , aora qualquiera delinteref- lado ( yá que el Padre Olmo no lo alcance sÓ no quiera vetlo ) la gran difparidad , que ay entre las dichas dos Bulas, y Ves manifielta: pues ay tantos Doétiísimos Varones, que deípues de la Bula Vr. bana, lieven lo que queda anotado, q num.368. (in aver Doctor alguno , que aya llevado.; ni fe atreva Subfeccion acercadel Artículo 3: a dezir cola lemejante en el calo de Clemente Oc. tavoyáeipues de ¡a dicha Clementina declaracion? Acerca áe lo qual íe vea tambien, lo dicho arriba, a4num.770.4d782., 878 Y wea tambien, lo que me podia apretar el tal argumento del Padre Olmo > Pues relpon- diendole en forma: Concedo el antecedente ; y niego el Jupaejto de lo que VuejfJa Paternidad dize fub la confeguencia ; y afsimifino ¿micgo la confequencia , y la paridad. 879 Y de aqui podra inferir dicho R.P. OL mo , que tal [ea el calor de dicho argumento (de quien dize,que huyendo de ¿di en las bralas)pues con folas aquellas breves clautulas , quedaria tan apagado el dicho calor , como Li huvieran echado lobre él , yn eltanque de agua fria: y enordena relponderle yo en eftetono , le luplico ; le acuer de de aquella antoridad de Plauto , QUe Con tanto magilterio nos adminiftró fu Paternidad Reveren. pa, pag. 57. num, 36. Qui quod vals dicit, quod von dalt , audit. RESPUESTA TERCERA: Al mmm, 138, $809 L num. 138. refpondo , pregun: tando al P. Olmo : Coni que vera dad puede dezir , que fe conoce bien lez yo per tranfes vam la bula de Vrbano Oétavo ? Quando de lo textual dela dicha Bula Vrbana , pruebo yo, y defiendo, que la Santidad de Vrbano Octavo no declard alli que los Regulares no fe comprehendian eivla claus Lula de la Cruzada , fino que lolo declaró fwinten.; cion particular, lin entrometerte en fi lá tal clanfula de luyo los compreherndia, ó ño; /mo, dixe,refpon- derian (los Autores que voy defendiendo alli) por conliguiente , que dicho Vrbano VHL en dicha Conftitucion, folo declaró, que no les avia valido, ni valia la conceísion de la Cruzada , hecha por dicho Vrbano , d que huvicile de hazer por el tienipo de lu vida, fin meteríe en 4 les avia vas lido ,ó no la conceísion hecha por los Pontifi ces lus antecellores : ló qual probe, y defendi, en mi Apologetico , 4-pag. 60, ¿ mum. 8: ad 30% y alsimilmo probé de lo textual de la melma Bula, que tampoco declaró alli las intenciones de los Pontifices,que le avian de luceder,ividem,a par. 81. ¿num.138.ad 146. $81. Pregunto mas ; Con qué verdad dize dichio Reverendo Padre , queno me hago cargo de lu argumento , ni le lacisfago 4 ¿1? Quando el ral arguwuento le tranícribi a la lerra , en mi Apo logetico y pag. 127. num. 103. y es el reperido artiba , num. $63.) y quando le farisfago a el tan abundante , y fobradamente, en la relpueíta lexra ,ibidem , pag. 131. (esla que queda repe- rida arriba , dla lerra mm. 864. y 865.) y quan= do proligo alli : Na fer muevas femejances fuplin cas eu Efpaña , y lo prucbo eficazmente , ¡bi dem , um. 137.) 138% Cierto que no alcango, Dn

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