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%, ; Numero $. 9.) 10% nes Regulares ¿réconocido de nuevo ¿ corregido; y añadido por el meímo Manuel Rodrigez,imprefo en Salamarica año de 1600; delpues-de la Bula de Cle- mente VÍIL (porque elta lc expidió el de 1599.) qm.e/.2 1: artical, v0.concluf.6. lleva lo mifmo (in li- «mitacion alguna,porque omire las lobredichas; y las omite de intento,como le puede ver alli, 89 -Mis: A mi me*coníla que «doc el dia de oy, delpues de la Bula de Víibano VIH. muchos fu igeros doétos de la Regular Oblervantia adberent , a, : «dicha opinion benigna, y ludefientden : bien expe- rimentó eíto el R.:P. Olmo en Alcala, pues encon- tró alli quienle arguyó ¿ y redarguyó , refpondien- do á todo lo que dicho Olmo alegáva , y lu Parerni- dad R. efcufava dichas difputas y viendo que le em. peñavan en defenderme ( de que les rindo «debidas gracias ) de lo qual rengo-teltificaciones efcritas de propria letra, y firmadas de propria mano, meyores de roda excepcion, lobre avermelo certificado ¿bo- ca, y nofoloámi, fino 4:otros ¿quien lo fabia muy bien. Jmo, cierto lugeto bien: doéto ; y.con grande gráduación ¿ refidente en Madrid 5 mé dixo delante ide otro lugeto grave de mi-Habito : que Cl mefmo avia defendido viribus , € po/Je dicha benigna opi nion,íolo con los fundamentos qué trahe en (u libre, el R.P.Er. Euícbio de Herrera, y go Venle; pues; aora confiderado lo dicho de primo ad vitimura , que eslo que puede inferió el P. Olmosde las conftituciones de Segoviá,que apoye lo que S.F.Rinos dexa dicho en el nam.8.9 queinduz- ga la menor fuerca contra la tercera benigna (enter cia2¿Quando ráncos gravifsimos;y dodtiísimos AA.de la Obferváncia la llevan por probable de(pues de di- chas conftituciones, y Bula. de Clemente VILL.: /mo; quando otros muchos: ;varones: doétiísimos de la meíma; la defienden , q defpues de la Bulade Vi. bano VHI, : Ñ e 4 RESPUESTA TERCERA En quanto4 aquello que añade el P; Olmo en el memo num. 9; acercá de las dichas conítituciones,cotwviene á faber. Eflasy Jemejantes leyes graduan algunos por duras , é inexequi- bles, pareciendo, es lummun ius, mo ddvirsiendo hieren; e. Í 92 Reípondo lo tercero ,que fi lo dicho lo dí. ze por miz quien le encamina toda fu Apologia,es falliísimo,£ impoficiob manifielta , porque yo núnca he graduado por daras la dicha , o femejantes leyes: antes bien,en mitomo de lis Propoliciones conde- nadas , en la confulta que mé- impugna el Padre Olmo, en Ía pag. 140: num. 90. dixe lo que fe figue: »» Sea mucítra legunda condhulion, aunque dicha 91 _prercerafentencia fea probable, extrinferé ¿dr imá 3» trinfecó fpeculative , (- praéticó con todo ello la - 3, Quarta tentencia,es comuniísima,mucho mas pto- »» bable, y mas verdadera, y por tal latengo, y esla Que tc debe aconfejar, in praxi,y la que yo aconfe- »jo-, elpecialmente refpeto de los Religiofos, y Port.Ó, ; ey 35 Religiofasque eftán prohibidos de tómiar Bula,d s» de víar de ella para elegir Confelfor, y para fer ss abluelros de relervados, (nosefe lo que fe fágue) e por >», /msconfl:tuciones; d por los preceptós de fas Prelados; »» los ¿nales preceptos donde los ay fou may jujtos: nofolo - y» porque fe fundan en opinion mas coman, enúcho mas y» probable,y más verdadera , fimo porgar fóx muy confora y Mes d la mente, ? intención de dicnos Sumos Pontifices; y Y 2/5 (notefe taribien lo (¡guiente) dichos Prelados, 3 harán muy cuerda , y muyfantamente ch cafligarcon 1, /overidad á los tfanf3re/Jores de los dicbos preceptos, 4 3» dichas confhituciones, Alsi yo eh dicho tomo. 93 Y ei el Apologerico, atinque. mudo de opi nion;y digo : que el dia de oy , y sebas fe fhantibus; tengo abíolutamente por mas probable , y, mas vera dadero, y aun por mas comun, queen virbdl de la Bala de la Cruzada pueden los Regulares elegir el Confellúr que quiticren de los aprobados por el Or= dinario ( máxime ¿ dentro de lu Religion,como con» viene quefe haga ) pará que los abluelva de los pe- cados relervados adhuc a lus Prelados. 94 Ello no. obítante en el fin de dicho A polos getico, pag. 397: wum;9 5. concluyo como (e ligue; s Nipor lo dicho en elta fegunda conclufion pre- »stendo yo perjudicar á las Sagradas Religiones que ¿ytuvieren, 9 preceptos de fas Preladosy 0 conflit ciones 33 en comtrarios (in biridi obferpantia: pues en eltas ¿5 procederán faricifsimamente los Prelados en pro- ,3 curar convigilaricia fa oblervación ; caftigando, 2 3» los tranígrellores de dichas leyes Municipales, fauna s3 dadas en la probabilidad de la contraria lencencia. Afri yo en dicho Apologetico s fin dezár lo. contrario en parte alsuna; Er ad +95. Nea, pues, acta quálquieracuerdo., la ma -* hiñolta impoltura. del Padre Olmo ( tirando al pare» cera mi, aunque in nombrarmejpor tirar la piedra yy efronder la mañó,como lo fucle hazer ) en dezir... E/ha fentencia;y femejantes leyes graduan. algunos por duras, e inexequibles¿0e, pues hi yo doy la tal graduaciona la dicha , y femejantes leyes (¡nie que aya Autor al, guno que tal hiaga ¿y fino mutftrenos el Padre Ols mo, quien ¿¿0.quienes lean los tales algunos , que las dan dicha, graditación? Y adonde la dam ) antes bien digo, que [ón jultifsimas,y que procedera fantif imán mente los Prelados en procurar con vigllancia fu obfervas cion; cá/bigando a lós branforeflorés de dichas leyes Muni. ripales; fúndadas en la probabilidad de lá contraria fentenz cia: Padlinio muy amado, efto de hablar abulro, fin dezir quieres Íeanlos tales algimos,y +onde ló digans es de mucho ruido; pero de ningun credito, y-mas no pudiendo vetíficarlo ,como no podra-verificarlo V.P.R. y fino veamos coma lo verifica, 96 Padre mio Rereréndo, lo que yo digo en varias pártes ( preciíado de las varias,y múchas pros vocaciones, y repeticiones de V. P.R.) es, no que las tales leyes fcan duras y e inexequibles ; fino, que los Prelados no deben fer dificiics en dar licencia 4 (us fubditos, que la piden para confeñarío con Con. fellor de fu fauisfaccion, y que de apretar demafa.. damente los Superiores á los. fubditos ( que por fu KB fla-

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