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> > Nomero 116. 80 Relp8ndo lo tercero : Quelo dicho, no folo le prueba allí con el dicho del Lluftriísimo Se. ñor Araujo, fino con otros graves Indicios , y pre- fumpciones,no folo vehementes, (ino violentas,co» moÍ. puede vér arciba,Sec.2.5.5.4 unen. 11. ad 1 Si Apag. 110. Sed fic efh , que la prefumpcion le tiene sor verdad , y le equipara á la elcritura en Dere- cho; le, .Quicumgar, C.de apoch. public. lib.1 Jalon sin $. Facrat ,uum. 59. in/titut. de abtionibas. Surdo conf. 540.mum. 3 GsFranciíco Beecteon/.52.1m00m.9 $3 OLLOS. : 681 Im0,la prelumpcion le releva de la car- ga de la probang: á aquel a quien alsilte , y traní- fiere la dicha carga en el contrario ¿ex leg. fo du princip. f. quod met. cauf. leg, Sive wuptura , ¿1 fin. ff. de iure dot. leg. Sive pofsidetis ,C. de proba- tion: y de otras. Maícardo de probation, conchuf. 1237. 4 mum. 5. Rolando con/- 49. num.56. lib. 1 Natta conf: 5 £ 4. mum. 28. y otrós muchos. 682 Imi, la prelumpcion grava al contras rio á quelo aya de probár con mayores , y mas duras probangas , como lo tienen la Glolla,y Dottores, in leg. Tranfact. C. de tranfaét. Partió ¿mf 135. num. 12, lib, 2. Graveta conf. 75: mum. 12 .Surdo conf. 61.num. 21. 922. y Otros muchos : Sed fic e/t , que el Padre Ólmo no prue» ba lo contrario en manera alguna, pues folo ales 2 vnos Axiomas mal penctrados, y peor aplica. dos ,como defpues veremos : Ergo, Kc. 683 De lo qual le ligue, ter fallo aquello que dize dicho Padte Olmo: Sin aber mas razo, fundamento , ni autentico veftimonio ¿ que eflo, ps» ra la veracidad de tam grave ajerto. Immo , di- cho Padre Olmo en aquel; wi autentico teflimm fio , parece querer repetir aquella tan admir:- ble , quanto eftraña doétrina , que pretendió vendernos en el num. 5. pag. 82. Acerca de lo qual le vea lo dicho arriba , en elte $. 6. ¿num $; Ad 24. 4pag. 1165 RESPUESTA QUART A: 684 Rms, lo quarto : Que aquellos Axiomas : Referenti non creditr: Vox vniás : Dictum vuins , que nos alega el Padre Olmo, no los ha entendido bien, y los aplica peor al prelente caío, lo qual pruebo aísi. 685 Lo primero : Porque dichos Axiomas folo tienen lugar para el fuero externo , y en las colas criminales , y en las de grave perjuizio: y aun en eltas hazen femiplena probanga , co- mo lotienen Alexandro , com/: 89. num: 5. lib. 5. Menochio de arbitrar. lib. 2. cafu 99; mum: 19. Farinacio de te/iib. que/t. 63.c4p. 1: prafertim ,7. 15.016.) cap: 2.num. 65. y Matcardo lib, 1. queft. 11. num. 141.) concluf: 269. num. 30s Con que aun los miímos Autores , que nos cita el Padre Olmo, hablan lolo para el tuero externo, y no para el fuero de la condtencia , y cn el lentido dicho (y por efa ponfa uo quijo e/pecificarlos aqui Parts Os 339 aviendolo hecho en fu Tratado Morah) De qué le vé , que dicho Padre Olmo , ó no los ha vilto, o no dos ha entendido : pues lo que cllos dizen acerca del fuero externo , nos lo quiere aplis car el Padre Olmo para el fuero de la concien= ela , acerca del qual es nueftra prelente contro verla: Ergo,ócc. 686 Y pudiera faber el Padre Olmo , qué fegun Ariftoteles , lib. 1. Ethyc. cap. 1. in prima rip. 7 cap. 7. circa finem, y allí Santo Thomásy leét. 3.0 11. el hombre erudito no ha de pres tender, y bufcar igual certidumbre en toda may veria , fino fola aquella , que fe proporciona a la cola de que fe trata. De lo qual infiere Santo Thox más 2.2. q44//. 70. art, 224 quien todos ligueny que para el juizio humano , balta vna probable certidumbre ¿ que de in plaribus deritasem attina gut , E fi in paucioribas 4 veritate deficiat. Sed fic efk , que no le puede negar lin grave inju= ria, y temeridad , que lo que teftifica en lu dicha el llnítriísimo Señor Araujo , fea defta calidada y mas aviendo enleñado el milmo dicha tercera fentencia , defpues de dicha Conflitucion Vrbay na, y aviendola alsimilmo impreflo delpues er lus Decilsiones Morales , como además de teltifiia earlo Moya, y Hozes, veremos en lu lugar pues no le debé creer de tan doéto ,Religiolo , y tia morato lugeto , quele atreviefle á enteñar la diz cha opinion defpues de la Canttitucion Vibax na (y mas viviendo todavia el dicho Vrbano) a no contarle , que le avia fuplicado de ella ; Erx go,8c. 687 Confirma efta doétrina grandemente el Doétor Don Juan Solorgano , en lu Tomo Latix no, de lnre, Indiarum , lib. 3. cap. 2. num. 345 paz. mibi 666. donde confirmando vn pulcro con tejo de Alexandro, prueba, que cl que cree 4 vn Varun grave, y fidedigno , cita teguro en conciencia. Sus palabras lom del tenor figuicas tc; 688 [ Confitmari porelt ex alia doétrinaz 3 que haber lecurum elle ¿6 exculandum cumy 3» qui alicui vito gravi, notabili, $e fidedigna ¿, crediderir , 8 ab eo de luo iure , vel faéto cer ¿> tior efcóttis fuerit; cap. De capitulis , vbi notat iy Dominic. diflinét. 10. Glofl. in Extravag. Intep s, nonvullos ¿de verb. figvificat. $. 1 verb. Drincepsy is 8 Larius profequirur lallon , én leg. 1: in fins »» fede co per quem fact. eric. Titaquelusd. cam/.5 1: 53 feré per totum: Corduba lib: 2. quejt. 1. verfa 3» Quod fi homo: Ex Silva Nuprial , que lariísimé s» loquitur , lib. 4.ex wum. 55. ) Flajta aqui dis cho Solorzano ,en dicho msm. 34. que amplia lo dicho en el num: 35. donde alega vna Glotla , 2 Panormitano y Inocencio , Felino , al Argobifa po de Florencia, 2 Navarro , y al Padre Ribádex neira , in Princips Chrift. lib, 2. cop. 2 2¿donde, di ze, que alega muchas colas. Veaíe tambien er dicho Solorzano, el num.37. 689 Además , que la praxi quotidiana - eñ e Ft 2 1044

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