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Numeros 118.119.) 120. 'Gue no fe aceptó en Elpaña la tal Bula , que le lu. piicó de ella al miímo Vrbano fea improbable , co- imo mal la cenfura de ral dicho Padre Olmo? Reípendo lo quarto, quéhe vito lo que di= cho Padre Olmo nos dize en fu Tratado Moral, en los lugares que nos cita: Y lo que nos dize ch el numero 3. ¿pagin. 20. eslo figuiente: En el Ca- pitulo Generalde Roma de 1639. fe inftituyeron; y renovaron las Conftituciones de las Religiofas, que cltán á la obediencia de la orden. Y en el cap: 3. de ellasfa/.70, citando las Bulas de Clemente, y Vrbano Odtayo , dize afsi : Mandamos , y declara mos , que añugue las Relizio/as fe puedas aprovechar de la Bula de la Cruzada , para fer abfueltas de los cafos de la Bula de la Cena , y de los refervados 4 JinSantidad; como tambiempara ozar delas Indulgencias > que por virtud de la Bula fe concedeb; pero no en manera alga. napara elegir ConfefJor fuera de la Orden, ni en ella confejfarfe fin licencia e/pecial de los Prelados , mas qué con los que e/ludieren feñalados pára eJbe minijterio, ni tampoco ellos ( notefe lo que e ligue) podran ab/ol. ver por virtud de la Cru zada delos dos cafos refervados; que tieven por la Religion , fino es, que para abfolver de ellos tengan licencia de los Provincieles. 587 Y efto,Ueque cón licencia de los Provín2 eñales pueden ler abluelros de los cafos refervados validamente, aísi los Religiolos, como las Religio- las, en virtud dela Bula de la Cruzada, con liceni ela del Padre Próvincial(la qual no es necellaria en tiempo de Jubileo) confta de las leyes Municipales de la Provincia de Cartagena ( que es la del Padre Olmo)que fe refiere tambien en dicha pag. 20. lo qual es expicflamente contra dicho Pádre Olmo, que dize,que ni con la licencia adbue exprella de lus Prelados,no pueden ler abíueltos en virtud de la Cruzada. 588 En clfol.18.1um. 5 lo que fe dizt,es,que en el Capitulo General de Roma, año de 1612. le declaró , que eltava in viridi obfervansia la prohibi- cion de Clemente VI ne liceat Regálaribus, vi Ban lle Craciate privilegio. Y que afsimulli licét (pretex- tuillias)vel eligere ConfeJorem, vel a cofibus refervatis ábfolvi. Efto es, lo que (e contiene eit diclio num. s. . 589 Aora,pues, pregunto al Padre Olmo,que tiene que ver lo dicho con lo que le va ventilando? Nada cierto , ni con cien leguas , y fino digame fu P.R.le parece fe figuen bien eltas confequencias: LaReligion de San Francifco en los dos Capitulos Gene- rales celebrados en Roma,admitió la Bula Vrbana (aun- que el del año de 1612 no habla deftá,fino folo de la de Clemeñte VII. luego la 14) Bula Vrbana fe ba publicado en Efpaña? Luego Je ba imtimádo a lós fubdi- tos? Luegofe acepto por la Mageftad Catolica, y por fu Supremo Confejo? Y por el Confejo de la Cruzada? Luego mo fe ba fuplicado de ella de orden de la Magc/tad de Fez lipe Quarto , al mifino Pontifice Urbano VI11, Buenas Confequencias por cierto, de vn Leétor General! Y muy conformes a las Reglas de la Logica Ariltote- Lica, y vínal. 390 Mas (porqueaun no baftaya lo dicho) Part, És ' 927 pregunto alP.Ofmo,( ferán buenas las conlequenz cias figuientes: Los Capitulos Generales de la Religion de Sau Francifco celebrados en Roma,admitieron ls Bula, Vrbana : luego es improbable el dezár , que la tal Bulis Vrbanano fe ha fuplicado en Efpaña , m6 fe aceptó por. de Magolhad Catolirazui por fs Supremo Confejo, mi por el Confeja de la Cruzada, fino que autes bien el ComifJario de la Cruzada de orden , y mandato del Rey NS. Felipe Quarto,fuplico de ella: al mifmo Poptifice Vrbano Détaw do,porque no fe difminuye/fen las limofnas que fefuelen dir por tomar las Bulas 2 Que esla leia do que yó dixe(y los fugerosque refiere cl P. Olmo) P. mio, tan malas, y peores lon cítas confequencias (0 con fequencia , (1 quiliere que (ca vna lola ) que las ana tecedentes , como aun el mas cegatolo Sumulitá conocera:Ergo,óc. RESPUESTA Y. Pl. Y VI, 591 Elpondo lo s.que tambien he vily : to, que los PP.MM: Santo Thox ma,Prado,yGallego,dizen,que la Religion de San to Domingo , en va Capitulo celebrado en Koma elaño de 1601. aceptó la Conltitucion de Clea mente Oétavo; pero ninguno de ellos dize,que aya admirido , ni publicado dicha Sagrada Religion lá Bala de Vrbano Oétavo , que €s la de nueltra pre- fente controverfia, Que,pues,puede inferir de aquí al prelente intento elP.Olmo?N uda,náadu,nada,vs cx fe parir. 592 Y fino pregunto dá dicho P. Olmo, li lez tan buenas eftas conlequencias; La Religion de má gloriofo P.Santo Domingo , admitió en »nC apitulo de Roma ls Bula de Clemente Oétavo; luego aduwitio la Bula de Vrbano Oétavor Luego la Búls de Vrbano Oétavo fe ha publicado en Efpaña? Seba intimado a los fubditos> La acepto el Rey N-5 «y fu Supremo Confijo? Luego no fe ha fuplicado de ella al mi/mo Vrbano? Luego lo ¿ue dizen Torrecilla (y los demas que menciona el P. Qlmo)de. qué m0 fe ha publicado en Efpaña,Te.es improbable? Lindas conlequencids cierro,para ynLeétor Gencrál:Ergo XC. : 593 Refp.lo 6.que elP. Lumbier , en lo que rranterive de el el P, Olmo, folo habla dela Bala de Clemente Oétavo;pero niel, sii el P.Lezana, di. zen fe aya publicado,y admitido en la Sagrada Rex ligion del Carmen la Bula Vrbana;y mucho menos, que efta de Vrbano le aya publicado enElpaña,que la aya aceptado la Mageltad Catolica de N.Rey, A la Supremo Conlejo,£c.Saguefe,pues,€l P¿Olmo, la confequencia, y hnorelpondame , l fe figuerk bién das de arriba, que reproduzco aquí de aquél antecedente Lindas conleguencias por cierto! 594 Preganto cambien aqui ab. P. Olmo», porque V.P.Rotranícribiendo cl nm.1.476. pagina 95 5. de losfragmentos del P.M.Lumbier, delpués de aver dicho, que las Monjas del Carmen foh las que menos clcula podrán tener en el Tribánal de Dios,omitió V.P,las palabras que fe Íguen: Si cons wa la voluntad expreJa de Jus Prelados f: valieren de lá Ecaz Bl a

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